sábado, 14 de diciembre de 2013

Hacienda prohíbe bajar impuestos a los ayuntamientos que ayude. Gestión de Tesorería Municipal

Hacienda prohíbe bajar impuestos a los ayuntamientos que ayude


Tendrán que reducir gastos de personal y pagar los servicios con las tasas

14 de diciembre de 2013  05:00


El Ministerio de Hacienda está dispuesto a ayudar a los ayuntamientos que sufran graves dificultades económicas, pero con unos condicionantes que atarán muy en corto la gestión de los consistorios que adopten el plan cuyo plazo de adscripción se ha ampliado hasta el 2 de enero. De entrada, los ayuntamientos que se vean beneficiados por anticipos de la Administración central o vayan a contar con facilidades para afrontar sus pagos pendientes tendrán inexorablemente que reducir como mínimo un 5 % sus gastos corrientes y la nómina de personal. La reducción tendrá que aplicarse ya en el 2014 y deberá, cuando menos, mantenerse congelada dos años más, lo que imposibilitará la contratación de nuevos funcionarios o personal eventual en los próximos ejercicios.
Los habitantes de ayuntamientos acuciados por las deudas y que pidan el amparo de Hacienda también sufrirán los rigores impuestos por el departamento de Cristóbal Montoro. Sus alcaldes no podrán ni bajar ni suprimir ningún tributo de los existentes este año y los tipos de gravamen que se apliquen en el cobro del IBI deben garantizar que como mínimo las arcas municipales ingresen por esa vía lo mismo que cada ejercicio anterior mientras se mantengan las ventajas que Hacienda está dispuesta a conceder a los consistorios para aplazar pagos y recibir ingresos a cuenta.
Impuestos o menos servicios
El Gobierno central advierte en su plan de ayuda que obligará a los ayuntamientos con números rojos a que todos los servicios públicos que prestan sean costeados íntegramente con las tasas y precios públicos que deben abonar sus habitantes, aunque para ello otorga plazos: el primer año los ingresos fiscales deberán cubrir el 50 % del coste de los servicios públicos: el segundo hasta un 75 %, y la totalidad ya en el tercer año del plan.
Hacienda pasará además a tener una posición de control y autorización previa sobre los presupuestos de los ayuntamientos ayudados, posibilitando a sus alcaldes aprobar presupuestos al margen del pleno cuando ya se hubiesen prorrogado una vez, siempre con el visto bueno del ministerio.
La prolongación hasta enero del plan de ayuda municipal del Gobierno era ayer desconocida por la mayoría de los alcaldes y su propia federación gallega. José Enrique Sotelo, regidor popular de Cangas, es uno de los pocos que reconocen haber recibido la sugerencia de Hacienda de acogerse al plan de rescate, posibilidad que el alcalde rechazó tras haber considerado que «no nos hace falta» al haber reducido el remanente negativo de tesorería de menos 17 millones de euros a 3, también en rojo.

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La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


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Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

La expresión « gestión financiera » hace referencia de forma genérica al “dinero” en sus diversas modalidades. Si a esta primera idea aproximativa se añade la de que es prácticamente el único medio de utilizar los recursos futuros en el presente a través del crédito, se habrán configurado los rasgos fundamentales de esta gestión, al menos desde el punto de vista del responsable financiero de una empresa o entidad pública.


La gestión financiera en un sentido amplio constituye todos los recursos financieros, tanto los provenientes del ciclo de cobro y pagos (tesorería), como los necesarios en el proceso de inversión-financiación (operaciones activas-pasivas). Por ello a la Tesorería Municipal le corresponden todos los recursos financieros, sean fondos valores o créditos de un Municipio. 

En el sector público, esa anticipación de recursos se justifica por el hecho de que no solamente se trata de mejorar el presente sino de preparar el futuro.


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  • Publicación: 25/11/2013
  • Editorial: JOSE MANUEL FARFÁN PÉREZ
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