martes, 17 de diciembre de 2013

Hacienda oculta el nombre de los 88 ayuntamientos que han pedido ser rescatados. Gestión de Tesorería Municipal

Invertia


Hacienda oculta el nombre de los 88 ayuntamientos que han pedido ser rescatados


El Ministerio de Hacienda ha comunicado que 88 ayuntamientos españoles han presentado su solicitud para acogerse a las medidas extraordinarias de liquidez que ha puesto a disposición de los municipios con problemas financieros. No obstante, mantiene en secreto cuáles son estas localidades, ya que de conocerse sus nombres “podrían quedar estigmatizados”.

Inés Calderón / www.invertia.com
Martes, 17 de Diciembre de 2013 - 8:35 h.


Hacienda ha puesto a disposición de los ayuntamientos con problemas de liquidez un programa de ayuda, que les permitirá afrontar sus problemas económicos. En total, hay 314 localidades que se pueden beneficiar de este nuevo plan, cuyo plazo de solicitud ha sido ampliado hasta el 31 de diciembre. Hasta ahora, las solicitudes recibidas ascienden a 88.
Aunque apenas suponen un 1% de los más de 8.000 municipios que hay en España, en el departamentoque dirige Cristóbal Montoro no quieren dar nombres. “Podrían quedar estigmatizados”, señalan en Hacienda, que admiten que la mayoría de los ayuntamientos rescatados tienen menos de 5.000 habitantes.
“Se pueden acoger los municipios que se encuentren en situaciones de desequilibrio financiero estructural, con insuficiencia financiera para atender las obligaciones corrientes de pago y con problemas de liquidez o solvencia, o que presenten deudas elevadas frente a acreedores públicos”, según Hacienda, que estima en 314 los consistorios que necesitan ayuda financiera.
Por el momento, sólo ha hecho público el número de municipios que han pedido el rescate según su distribución provincial. Cádiz (con 12 ayuntamientos) y Zaragoza (con 7) son las provincias con más municipios ayudados por Hacienda.
SIETE MEDIDAS PARA EL RESCATE DE AYUNTAMIENTOS
En concreto, las ayudas que recibirán estos municipios son siete, aunque a cambio tendrán que presentar un plan de ajuste para equilibrar sus cuentas en los próximos años.
-Concesión de anticipos de la participación en tributos del Estado a reintegrar en un máximo de 3 años. Se anticiparía el importe total de las entregas a cuenta de 2014 y se aplicaría el tipo de interés legal del dinero a partir del segundo año.
-Ampliación del plazo de los reintegros de las liquidaciones definitivas de la participación en tributos del Estado de 2008 y 2009.
-Reducción del porcentaje de retención en la participación en tributos del Estado para compensar deudas con acreedores públicos hasta el límite del 25% de dicha participación por un máximo de 3 años.
-Suspender la retención que se aplique a las entidades locales en su participación en tributos del Estado para compensar deudas con acreedores públicos sin superar el ejercicio en que se acuerde la suspensión.
-Concesión de fraccionamientos por la AEAT y de la Tesorería General de la Seguridad Social para la cancelación de las deudas en ejecutiva, por un plazo de 10 años siendo de aplicación el tipo de interés legal del dinero.
-Conversión en operaciones a largo plazo de la deuda viva por operaciones financieras a corto plazo que hubieren concertado.
-Formalización de operaciones de crédito puente destinadas a dar cobertura a la falta de pago correspondiente a subvenciones concedidas por la Unión Europea o por las Comunidades Autónomas, durante el tiempo que transcurra desde la concesión hasta el cobro, sin que computen en el volumen de endeudamiento total.
-Autorización para financiar a largo plazo el remanente de tesorería para gastos generales negativo del año 2012, así como las obligaciones reconocidas contablemente, pero no aplicadas al presupuesto a 31 de marzo de 2013, mediante la concertación de una operación de crédito a largo plazo, sin sujeción a los límites legales.

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


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Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

La expresión « gestión financiera » hace referencia de forma genérica al “dinero” en sus diversas modalidades. Si a esta primera idea aproximativa se añade la de que es prácticamente el único medio de utilizar los recursos futuros en el presente a través del crédito, se habrán configurado los rasgos fundamentales de esta gestión, al menos desde el punto de vista del responsable financiero de una empresa o entidad pública.


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  • Publicación: 25/11/2013
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