jueves, 19 de diciembre de 2013

El Senado aprueba la ley de factura electrónica y de registro contable para acabar con las 'facturas en el cajón'

VUELVE AL CONGRESO

El Senado aprueba la ley de factura electrónica y de registro contable para acabar con las 'facturas en el cajón'

Europa Press
martes, 17 de diciembre de 2013, 12:31
El PP utiliza el proyecto para cambiar también la ley de Transparencia, la de Emprendedores y el Impuesto de Sucesiones
MADRID, 17 (EUROPA PRESS)
El Pleno del Senado ha aprobado la ley de factura electrónica y de registro contable que entrará en vigor el año que viene para instaurar la factura electrónica en las administraciones públicas, tanto estatal, como autonómica y local. Se confía en reducir costes, erradicar lo que se conocen como 'facturas en el cajón' y en hacer más transparente y seguro el proceso de contratación con la administración.
La iniciativa ha contado con los votos a favor de PP, CiU y UPN, la abstención del PNV, CC y Foro y el voto en contra de PSOE, Entesa y el resto del Grupo Mixto. El texto vuelve ahora al Congreso, donde será ratificado en el Pleno del jueves.
En el trámite en el Senado, el PP ha aprobado una enmienda con la que modifica la Ley de Contratos del Sector Público, con la intención de "facilitar" el acceso a más empresarios y para "dar más transparencia" a los requisitos de solvencia que se exigen a los licitadores.
En concreto, se modifica la exigencia a los empresarios de estar debidamente clasificados para contratar; a partir de ahora, este requisito será obligatorio en los contratos de obra superiores a 500.000 euros (ahora son 350.000) y en los contratos de servicios que excedan de 200.000 euros.
Los 'populares' modifican también los artículos sobre la solvencia técnica que deben demostrar los licitadores: los medios de acreditación serán decididos por el órgano de contratación y deberán estar claramente señalados en el anuncio y en los pliegos del contrato.
El PP ha aprobado una segunda enmienda en el Senado para cambiar el artículo 2 de la ley de factura electrónica. Con ella, quedarán incluidos entre los obligados por esta norma las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
La justificación es que estas entidades son "asociaciones de empresarios constituidas con la finalidad exclusiva de colaborar en la gestión del sistema de la Seguridad Social", a la que se le aplica esta ley, y que "están afectados al cumplimiento de los fines de esta".
CAMBIOS EN OTRAS LEYES
El proyecto de factura electrónica modificará así, tras su paso por el Senado, la Ley de Contratos del Sector Público. Ya en el Congreso, el PP aprovechó este proyecto para introducir cambios en otros. Entre ellas, la Ley de Transparencia, que fue aprobada la semana pasada, en la que se ha cambiado la redacción de dos párrafos referidos a las reglas especiales sobre el destino de los superávit presupuestarios.
Además, el PP introdujo un cambio en la reciente ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, aprobada el mes pasado. El objetivo es recuperar la exención en el pago de tasas de inscripción en el Registro Mercantil para las sociedades de responsabilidad limitada constituidas por vía telemática.
También aprobó el PP en el Congreso otra enmienda que modifica el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En este caso, se trata de incluir a Castilla-La Mancha entre las comunidades que establecen el régimen de autoliquidación del impuesto con carácter obligatorio. Ya estaban en la lista Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Castilla y León, Cataluña, Galicia, Murcia y Comunidad Valenciana.
SIN FACTURAS EN EL CAJÓN
Al margen de todos estos cambios colaterales, el proyecto de ley ha sido redactado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para instaurar la factura electrónica en las administraciones públicas, tanto estatal, como autonómica y local. Se confía en reducir costes, erradicar lo que se conocen como 'facturas en el cajón' y en hacer más transparente y seguro el proceso de contratación con la administración.
El nuevo procedimiento de tramitación de facturas arrancará el uno de enero de 2014, aunque la obligación de utilizar facturas electrónicas se retrasa al uno de enero de 2015 para dar tiempo a todos los proveedores a adaptarse (será obligatorio para todas las facturas superiores a 5.000 euros).
Todas las facturas tendrán un mismo punto de entrada, bien estatal, bien autonómico o local. Una Orden Ministerial fijará los formatos, idénticos para todo el país, y los proveedores podrán empezar a registrar facturas. A partir de ese momento, quedará constancia de la fecha de entrada y empezará a contar el tiempo para que la administración salde su deuda.
La administración deberá sin embargo confirmar y aceptar esa factura, estar de acuerdo con su contenido, un proceso que podría ser utilizado para demorar el pago. Para evitarlo, el sistema tendrá unas alarmas que alertarán del retraso y cada tres meses, además, se realizarán informes.
Esta normativa está a su vez conectada con la aplicación de la legislación contra la morosidad, en la que el Gobierno ha introducido además procedimientos coercitivos para las administraciones que no paguen en plazo sus facturas.
El Gobierno confía en que esta será una importante herramienta contra el fraude, al compartir la información todos los organismos de una misma administración. La otra cara de esta misma moneda es la mencionada facilidad para compensar deudas en el caso de un deudo de la administración a quien, a su vez, la administración le debe dinero por facturas en un cajón.

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El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

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