martes, 28 de enero de 2014

Las Comunidades son las primeras en bajar los impuestos

Las Comunidades son las primeras en bajar los impuestos
Las Comunidades son las primeras en bajar los impuestos

IRPF EN 2014

Las Comunidades son las primeras en bajar los impuestos


Madrid, La Rioja, Cantabria, Galicia y Extremadura inician el año con rebajas en los tipos marginales del Impuesto de la Renta. Ya hay siete Comunidades que gravan este tributo por debajo de la media. Y en varias, se incorporan llamativas deducciones, com


No hará falta esperar a 2015 para pagar menos impuestos, como promete el Gobierno. Al menos, así será en algunas de las Comunidades Autónomas que han estrenado este ejercicio fiscal con rebajas en los tipos impositivos del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF); y con nuevas deducciones que, en algunos casos, pueden aliviar el bolsillo de los sufridos contribuyentes. Aunque se mantiene el «recargo solidario» de la Renta, por el que el tramo máximo del IRPF alcanza el 52%, y el mínimo, el 24,75%, varias Comunidades han aprovechado la oportunidad que les ofrece el régimen de financiación para modificar la parte del impuesto que depende de ellas. 

En algunos casos, como Madrid y La Rioja, las medidas aprobadas confirman que sus habitantes son los que menos IRPF pagan en toda España. En otras Comunidades, como Galicia o Cantabria, han seguido esa misma senda bajista. E incluso en algunas, como Extremadura, han roto con su anterior esquema fiscal, que le había convertido en la región más gravosa del sistema, junto a Andalucía.

Nuevos tipos marginales
La medida con la que algunos presidentes autonómicos sorprendieron durante 2013 iban encaminadas a modificar la escala de tipos del IRPF por la que los contribuyentes pagan la Renta. Y cada vez existen más diferencias entre las Comunidades Autónomas. De media, el tipo máximo de este impuesto se sitúa en el 52%; y el mínimo, en el 24,75%. Pero sólo dos Comunidades, Castilla La Mancha y Castilla y León, se encuentran en esa franja. Ya hay siete administraciones autonómicas que gravan por debajo; y ocho, por encima.

La Comunidad de Madrid y La Rioja han vuelto a modificar, a la baja, desde el pasado 1 de enero, sus tipos marginales. En el caso madrileño, los contribuyentes con menores rentas pagan el tipo impositivo más bajo de toda España (23,75%), después de que el gobierno regional haya reducido la escala autonómica al 11%. Por su parte, los riojanos son los ciudadanos cuyas rentas más altas se encuentran menos gravadas que las de cualquier otro español en sus mismas circunstancias: el tipo máximo del IRPF en esta Comunidad cae al 51,9%. En Galicia, también se han modificado los tipos marginales de la escala de este impuesto (entre el 24,75% y el 52% por ciento). 

En esta carrera por las rebajas fiscales, ha sorprendido este año Extremadura, sobre todo para las rentas más bajas. El tipo de gravamen para estos contribuyentes con menos ingresos ha caído hasta el 24% (el segundo menor de toda España, por detrás de Madrid), mientras que el máximo se mantiene en el 55%. En el caso de Cantabria, su nueva escala determina un mínimo del 23,75% y un máximo del 55,5%.

En el resto de Comunidades, por ahora, no se han aprobado cambios: Andalucía, Asturias y Cataluña son las regiones donde más IRPF se paga (hasta un 56%), cuatro puntos por encima de la media. En el País Vasco, los gravámenes sobre el ahorro (hasta ahora, los más beneficiosos de toda España) suben al 20%, 22%, 23% y 25%, según los rendimientos obtenidos.

Desgravaciones, al día
Además de reducir los tipos, algunas regiones también han estrenado el año con deducciones que será posible aplicar en la liquidación de la Renta de 2014. Por ejemplo, en Aragón ya se pueden deducir los gastos de seguros médicos (10%); y en Cantabria, tanto por ese concepto (10%) como por enfermedad (5%). Se unen así a Baleares. También se amplía la deducción por inversión en empresas de nueva creación en Cataluña (para las creadas o participadas por universidades) y se habilita esa desgravación (20%) por primera vez en Extremadura.




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PRIMERA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


TESORERIA: CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL f

Para poder visualizar el vídeo con las dos ponencias es necesario registrarse previamente en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/6233403354742469634

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La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

SEGUNDA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


La Planificación de Tesorería y su relación con la Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera 

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


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Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

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