martes, 14 de enero de 2014

Con la llegada de la cuenta bancaria europea, ¿pagaremos por la nómina?



Con la llegada de la cuenta bancaria europea, ¿pagaremos por la nómina?

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La zona única de pagos permitirá a partir del 1 de febrero transfererencias, pagos y adeudos en idénticas condiciones entre países pero abre la puerta a recargos por ingresar sueldos o abonar recibos.


Imagínese que viaja a cualquier país de la zona euro. Se dispone a abonar el ticket para entrar en un museo y, cuando el operario de caja advierte que sus euros se acuñaron en España, demora la operación y carga una comisión. Esta situación irreal está muy viva en los pagos electrónicos. Los 300 millones de europeos pueden cruzar fronteras sin acudir a la casa de cambio desde 2002, si bien una barrera invisible impide verdaderos adeudos electrónicos. La existencia de los mecanismos nacionales, con toda la suerte de cámaras de compensaciones, liquidación y tasas internacionales, retardan y encarecen transacciones como usar la tarjeta fuera o el giro de dinero al hijo con Erasmus en otro país.

Quedará atrás el 1 de febrero. Fecha tope para la migración a la Zona Única de Pagos en Euros (en inglés, Single Euro Payments Area, SEPA) iniciada en 2008, aunque Bruselas acaba de promover una dispensa de seis meses, hasta agosto, para facilitar la conversión. La razón es que las pymes, el grueso del tejido productivo, apenas ha adaptado sus sistemas y contratos a la revolución que se avecina -se acabaron los compromisos verbales y se exigirá mandatos firmados por el cliente-.

Fin del contrato verbal

El efecto más visual será la conversión del tradicional código cuenta cliente (CCC), el cifrado alfanumérico asignado a cada cuenta y que figura estampado en la libreta y recibos, al estándar europeo (en inglés, International Bank Account Number, IBAN). Una suerte de pasaporte que garantizará idénticas condiciones y costes para operaciones dentro de los 33 países adheridos al proyecto SEPA, sean intramuros o transfronterizas. Será el catalizador del pago electrónico único, con el que la Comisión Europea espera ahorros de hasta 100.00 millones de euros por la vía de un abaratamiento drástico para consumidores y empresas, pero también abre la puerta al cobro de comisiones al recibir transferencias o abonar recibos.
Y es que en la base normativa del SEPA figura una directiva de 2009 para compartir los gastos entre el remitente y el ordenante de un pago. Hasta ahora, el gasto recae sobre la empresa que gira la nómina o la compañía que cobra la luz o el impuesto. Es difícil ver a una firma o al banco traspasar esa impopular barrera, pero la puerta está abierta, detalla Francisco Javier Espejo, gerente de la consultora El Transide.
Sí hay mayor temor, hasta el punto de dar medio año más para hacer los deberes, a que la revolución precipite retrasos en el pago de nóminas o, incluso, ponga en apuros a pymes por no poder cobrar a clientes si no se preparan. Y es que el cifrado nacional expira con la implantación del pasaporte europeo. Desde 2001, la banca ha comenzado a facilitar el cambio al ciudadano, incorporándolo a libretas o extractos. Pero en el caso de las empresas, cambia. Es su responsabilidad ocuparse de migrar los contratos con su notificación del nuevo IBAN de clientes, plantillas y proveedores a sus bancos o en páginas de Internet gratuitas habilitadas al afecto. Una conversión incorrecta plantea riesgos de demora en pagos, hasta enmendar el problema. Se descartan incidencias en grandes proveedores -telefónicas, de luz o gas-. El temor se focaliza en pagos menores como gimnasios, colegios, el alquiler del piso, comunidades de vecinos o asociaciones profesionales.

Retrasos en salarios

Según el Banco de España, en junio habían culminado el proceso de adaptación las entidades financieras, las Administraciones Públicas estaban en ello y era mínimo en pequeñas y medianas empresas. En septiembre pasado se habían migrado el 55,3% de transferencias y apenas el 0,24% de los adeudos domiciliados. Según algunas estimaciones, el 70% de las pymes siguen sin cumplir la normativa.

Quedarse fuera es asumir el riesgo de repudio por parte de clientes de operaciones no autorizadas durante un máximo de 13 meses -si carece del preceptivo mandato del clientes-. "Hasta ahora se podía devolver un recibo hasta 54 días después o toda la vida si creías en la invalidez de la transacción", señala Javier Espejo. "Las empresas que tienen negocio fuera están acostumbradas, peor ¡cuidado!, las domiciliaciones también hay que comunicarlas, como el cobro de la luz a un alemán con residencia fuera", alerta. "Una situación draconiana es que si pasas una remesa de recibos, solo con que uno no esté bien, te arriesgas a que la devuelvan toda", añade Sisco Sapena, consejero delegado de Lleida.net.

La consecuencia más tangible será que las operaciones incurrirán en idénticos plazos y costes, con independencia de que la operación sea nacional o transfronteriza. Las trasferencias y pago de nóminas o pensiones se ejecutarán en un día hábil. Un ciudadano británico, por ejemplo, con vivienda en el Levante, no tendrá que abrirse una cuenta local para ahorrarse comisiones en trámites nacionales. Se abre campo a la competencia en banca, que intentará quedarse con las multinacionales, al poder girar cobros y pagos desde una sola cuenta a 33 países.

Otro efecto palpable del cambio es la reducción desde 640 a 140 caracteres el espacio máximo reservado para explicar los recibos. Las informaciones de impuestos municipales -base impositiva, plazos, etc- o de pólizas de seguros serán tan cortas como un mensaje de Twitter, obligando a aseguradoras y Administraciones a agudizar el ingenio para reportar los aspectos exigidos por ley


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PRIMERA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


TESORERIA: CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL f

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La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

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La Planificación de Tesorería y su relación con la Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera 

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


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Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

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  • Publicación: 25/11/2013
  • Editorial: JOSE MANUEL FARFÁN PÉREZ
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