jueves, 9 de enero de 2014

Ofensiva de la Seguridad Social para recaudar más a través de las nóminas

La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez. EFE/Archivo
(EFE)

Empresas y trabajadores deberán cotizar más por conceptos hasta ahora exentos

Ofensiva de la Seguridad Social para recaudar más a través de las nóminas

  • Desde el 22 de diciembre cotizan los pluses de comida, los seguros de salud o los planes de pensiones
  • Empleo permitirá regularizar esta situación hasta el 31 de marzo



El Ministerio de Empleo publicó el pasado 21 de diciembre un decreto que aumenta desde esa fecha los conceptos retributivos que deben incorporarse a las nóminas y, por tanto, cotizar a la Seguridad Social. Entre ellos están los pluses de comida, los seguros de salud o las aportaciones a planes de pensiones. Las aseguradoras y empresas de vales de comida alertan sobre el daño que esto hará a sus negocios y al empleo.
A partir de este año empresas y trabajadores pagan más a la Seguridad Social. El Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado 21 de diciembre publicó una ampliación de los conceptos retributivos que son imputables a la base de cotización de los trabajadores al sistema. Así, las empresas deben pagar ahora alrededor de un 30% más por algunas percepciones salariales de sus empleados que hasta esa fecha estaban exentas totalmente o en parte de cotizar a la Seguridad Social. Por su parte, el trabajador también tendrá que aportar algo más del 6% de esos conceptos retributivos, con lo cual esa cantidad le será detraída de su bruto anual de estos pluses.
¿Cuáles son exactamente las partes de las retribuciones que las empresas estarán obligadas a incluir ahora en las nóminas y, por tanto, deberán cotizar por ellas, pagando el empresario un 30% de su valor a la Seguridad Social y el trabajador poco más del 6%?
Los conceptos más extendidos entre los trabajadores que hasta ahora estaban exentos de contribuir al sistema y desde el pasado 22 de diciembre ya cotizan son: la mayoría de los pluses de comida; las aportaciones de las empresas a planes de pensiones para sus trabajadores; los seguros de salud para empleados y sus familias; los cheques guardería o las ayudas de estudios para los hijos de los trabajadores; y las entregas de acciones o participaciones de la compañía.
Según fuentes conocedoras del sistema de Seguridad Social, esta ampliación de los conceptos imputables a la base de cotización supondrá “un sustancial e inmediato aumento de los ingresos que recauda la Tesorería mes a mes”.
Desde la Seguridad Social admiten que con esta medida se conseguirá un aumento de la recaudación en el corto plazo. Si bien no han cuantificado su impacto en dinero, alegando que hasta ahora esta parte de las retribuciones no era comunicada por los empresarios a las arcas del sistema; por lo que no se puede evaluar aún a cuánto ascenderá el aumento de los ingresos. Es más, el impacto de este cambio en las nóminas no se sabrá certeramente hasta bien entrado el año, ya que una resolución del Director General de la Tesorería de la Seguridad Social autorizará “el ingreso sin recargo de las cuotas derivadas por dichos conceptos de cotización hasta el 31 de marzo de 2014”.
Y es que a pesar de que esta medida está vigente desde el pasado 22 de diciembre aún hay muchas empresas, sobre todo las más pequeñas, que desconocen sus nuevas obligaciones debido a las fechas navideñas en las que se aprobó y a la poca publicidad dada por el Ministerio de Empleo a este cambio.
Además, desde este Departamento insisten en que la iniciativa no solo servirá para aumentar los ingresos. Esta ampliación de la base de cotización provocará que se generen más derechos futuros de pensiones y prestaciones por desempleo para los trabajadores.
De momento, distintas fuentes de las empresas que prestan servicios relacionados con el pago de este tipo de pluses, como son las aseguradoras de salud y planes de pensiones o las empresas de cheques restaurantes ya han hecho sus primeras estimaciones y han alertado del daño que esta medida podría hacer a sus negocios y, de forma indirecta, a otros sectores.
En este sentido, la Asociación de Emisores de Vales de Comida (Aeevcos) ve también peligrar buena parte del empleo que generan y advierte que la medida “tendrá un efecto contrario al deseado por el legislador;así como consecuencias económicas y sociales graves”. Otras fuentes del sector alertan sobre la repercusión que tendrá el hecho de que el empresario incorpore el plus de comida a la nómina y abandone la fórmula del cheque restaurante, “porque si tienes uno de estos vales te lo gastas en un menú, pero quizás el dinero equivalente no; por ello, el sector de la restauración también sufrirá”.
Fuentes del sector asegurador critican “la esquizofrenia” del Gobierno “que por un lado quiere incentivar los planes de pensiones de empresa y, por otro, los penaliza haciendo cotizar a las aportaciones empresariales”.
La patronal CEOE también rechaza frontalmente esta ampliación de las bases de cotización. Fuentes de esta organización aseguran que supone “un aumento desproporcionado de las cargas que recaen sobre las retribuciones en especie, que eso son y no salario directo, conllevando un castigo con fines recaudatorios, con el que no estamos de acuerdo”. Y así se lo ha manifestado personalmente el presidente de CEOE, Juan Rosell, a los responsables del Ministerio de Empleo.
Estas mismas fuentes se quejan de que “España es uno de los países con más cargas sociales por encima de Alemania o Reino Unido”. Por ello, advierten que “no es posible su aumento, dado el impacto que tendrá en la competitividad de las empresas”. Y recuerdan al Gobierno su compromiso contrario a bajar las cuotas sociales.
Dicho todo esto, las empresas más afectadas ya han solicitado abrir una negociación con Empleo, que podría suavizar esta situación en un desarrollo reglamentario de la ley.


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PRIMERA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


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La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

SEGUNDA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

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incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

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