sábado, 8 de febrero de 2014

Tesoreros incumplen requisitos legales. MÉXICO

Tesoreros incumplen requisitos legales

CARGO. Victorino Barrios Dávalos, titular de la Contraloría.(Foto: ARCHIVO EL UNIVERSAL )

Tesoreros incumplen requisitos legales en México

Ma. Teresa Montaño / Corresponsal| El Universal Ver artículo completo en este enlace


También detectan fallas en contralores del estado 
TOLUCA, Méx.— La Contraloría Interna del Poder Legislativo detectó que 88 nombramientos de tesorero en igual número de ayuntamientos del actual trienio no cumplen con los requisitos o perfil profesional que exige la ley, por lo que llamó a comparecer a alcaldes y cientos de regidores por considerarlos “corresponsables” en las designaciones.
Además detectó anomalías similares en el nombramiento de algunos contralores y secretarios.
Victorino Barrios Dávalos, titular de la Contraloría, señaló que los principales funcionarios impugnados en las actuales administraciones municipales han sido “tesoreros”, quienes, según la legislación vigente, deben estar certificados y tener carrera contable, administrativa o afín para cubrir el puesto, así como experiencia probada.
Otros cargos impugnados incluso por integrantes de los propios cabildos son contralores municipales y secretarios de la comuna.
Ante esta situación, tan sólo en enero, la Contraloría Interna del Poder Legislativo ha atendido al menos mil garantías de audiencia, pues ha tenido que mandar a comparecer a integrantes de los ayuntamientos implicados por ley en este tipo de nombramientos.
Barrios Dávalos explicó que en algunos casos de ayuntamientos grandes como los metropolitanos del Valle de México —hay más de 10 regidores y síndicos— se han tenido que dar cientos de garantías de audiencia, debido a que todos han sido llamados a explicar las razones por las cuales aprobaron nombramientos que no cumplen con lo que marca la ley.
En al menos 30 casos los tesoreros que habían sido nombrados por los alcaldes y validados por los cabildos, ya fueron removidos.
Aclaró que los regidores son llamados a comparecer ante la Contraloría Interna porque en estos casos son “corresponsables” de las designaciones.
El contralor detalló que en el caso de los tesoreros, se debe cumplir con el artículo 32 de la Ley Orgánica Municipal, en el sentido de “ser mexicanos, no haber sido sancionados penal ni administrativamente, tener un perfil específico que marca la ley y que en este caso es tener carrera y título profesional en áreas específicas”, dijo.
Barrios Dávalos detalló que en algunos municipios se dio el cargo de “tesorero” a profesores titulados, por lo cual se ordenó su remoción inmediata y explicó que al revisar expedientes se detectó que de los 125 nombramientos, sólo 37 cumplían con la ley.





Sábado 08 de febrero de 2014

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PRIMERA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


TESORERIA: CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL f

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La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

SEGUNDA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


La Planificación de Tesorería y su relación con la Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera 

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


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Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

La expresión « gestión financiera » hace referencia de forma genérica al “dinero” en sus diversas modalidades. Si a esta primera idea aproximativa se añade la de que es prácticamente el único medio de utilizar los recursos futuros en el presente a través del crédito, se habrán configurado los rasgos fundamentales de esta gestión, al menos desde el punto de vista del responsable financiero de una empresa o entidad pública.


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En el sector público, esa anticipación de recursos se justifica por el hecho de que no solamente se trata de mejorar el presente sino de preparar el futuro.


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  • Publicación: 25/11/2013
  • Editorial: JOSE MANUEL FARFÁN PÉREZ
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