viernes, 7 de febrero de 2014

Una empresa pública infla facturas que paga la Junta para repartir incentivos entre sus directivos

Daniel Ortega, hasta hace poco consejero delegado de Sandetel, acaba...
Daniel Ortega, hasta hace poco consejero delegado de Sandetel, acaba de 'fichar' por Microsoft.

ANDALUCIA Sandetel está participada en un 51% por la Agencia IDEA y en un 49% por la RTVA

Una empresa pública infla facturas que paga la Junta para repartir incentivos entre sus directivos


  • Sandetel factura por cada proyecto salarios mayores de los que paga a su personal

  • A cada proyecto le aplica un 6% de 'gastos generales' sobre el total, ya inflado

  • En 2012 despidió y redujo salarios pero repartió 168.000 euros en incentivos





La empresa pública Sandetel, participada en un 51% por la Agencia IDEA y en un 49% por la RTVA y al frente de la cual se encontraba hasta que cesó hace pocos días Daniel Ortega Trujillo, ex directivo de la sociedad de capital riesgo de la Junta de Andalucía, Invercaria, reparte cuantiosos incentivos entre sus directivos, que obtiene de inflar las facturas que presenta a la Junta de Andalucía para su cobro, mientras despide a trabajadores y recorta los salarios de su plantilla.
Esos incentivos proceden de un capítulo de "gastos generales" en la contabilidad de la sociedad, que se nutre del 6% que aplica la empresa en todos los proyectos que factura a la Junta de Andalucía por gastos estructurales no imputables a ningún proyecto en concreto (teléfono, alquileres, salarios de algunos puestos estructurales...) y de las llamadas, en el argot de la empresa, "mochilas", con las que se inflan los costes del personal asignado a cada proyecto.
Las facturas que Sandetel presenta incorporan una serie de conceptos, en algunos casos redundantes, entre otras cosas, con ese 6% que se aplica para esos gastos de estructura. En las mismas se especifican los sueldos de las personas asociadas al proyectolos gastos asociados al proyecto (desplazamientos, comidas...), los gastos de servicios profesionales (las subcontrataciones realizadas por Sandetel con terceras empresas para el desarrollo de determinadas tareas), pero también "otros gastos asociados al puesto de trabajo", que se dividen, a su vez, en gastos de telecomunicaciones, de microinformática y "gastos relacionados con el edificio". Como se ha dicho, a la suma de todos estos conceptos se le aplica el 6% -que es el máximo que contempla la ley- para cubrir otros gastos no imputables directamente al proyecto en cuestión.
Un portavoz de Sandetel ha explicado a EL MUNDO que las facturas están "regladas y perfectamente fiscalizadas por Hacienda". Y afirma que los incentivos que se reparten a final de año los cargos de la empresa se incluyen en las facturas, aunque no estén especificados como tales en las mismas. Según Sandetel, los incentivos de los directivos se incorporan al apartado de "sueldos de las personas asociadas al proyecto", si bien "no existe documento que recoja al detalle qué incluye este apartado". Pese a ello, el portavoz oficial de Sandetel insiste en que "el cliente" sabe que la factura incluye estos incentivos.

Financiada por proyectos

Sandetel (Sociedad Andaluza para el Desarrollo de las Telecomunicaciones) no cuenta con un presupuesto cerrado, sino que se financia directamente con los proyectos concretos que lleva a cabo la sociedad mediante encomiendas de gestión, en las que la Agencia IDEA actúa como intermediaria entre la consejería a la que afecte el proyecto (Hacienda e Innovación, principlamente) y la propia empresa pública Sandetel. Estas encomiendas de gestión implican laautorización de un determinado gasto, cuya cuantía máxima la Agencia IDEA especifica para cada caso. Las encomiendas no exigen una justificación contable muy detallada, sino que basta que Sandetel facture a la administración el proyecto detallando los costes del mismo.
Sobre la caja de la que salen los incentivos que se reparten los directivos de la empresa pública Sandetel no existe un control efectivo. En 2012 se repartieron unos 168.000 euros en incentivos, según un portavoz oficial de Sandetel. En este 2013, la cifra ha rondado los 163.000 euros. Según la Junta, ese dinero se reparte exclusivamente entre los "mandos intermedios, es decir jefes de área y unidad". La Junta de Andalucía defiende esta práctica y asegura que los 168.000 euros de incentivos que recibieron "los mandos intermedios" en 2012 representaban sólo "el 65%" de la cifra total que hubieran podido repartirse.
Según la versión oficial, de estos incentivos se beneficiaron "60 personas de la plantilla, formada por unos 240 trabajadores". En 2012, antes de que Sandetel absorbiera a Sadesi -de la que ya era propietaria al cien por cien-, eran menos de cien. En 2012, también, la empresa despidió a varios trabajadores con la mala situación financiera de la empresa como argumento.
La versión oficial contrasta con la de otras fuentes consultadas por EL MUNDO, según las cuales ese dinero se lo reparten un grupo reducido de personas, entre los que se encuentran los directores de los departamentos. Y, además, esos incentivos se han seguido abonando incluso a pesar de los despidos que se han llevado a cabo, supuestamente por la reducción de ingresos de la compañía, y de los recortes salariales a la plantilla en aplicación del plan económico financiero de la Junta, que contemplaba reducciones de sueldo para los trabajadores públicos.
El problema, además, más allá de cuántas personas se benefician de los incentivos, radica que éstos se conceden de manera discrecionalpor decisión del consejero delegado de Sandetel, que hasta hace unos días era Daniel Ortega Trujillo, y se detraen de un capítulo genérico de "gastos de estructura", según fuentes próximas a la sociedad. Este capítulo se nutre de las aportaciones de dinero público de la Junta de Andalucía por medio de encomiendas de gestión que realiza a través de la Agencia IDEA.
La Junta de Andalucía niega la mayor e insiste en que el reparto de los mismos se lleva a cabo mediante criterios de "consecución de objetivos", tanto de carácter general de cada departamento, como particulares de cada empleado y por "valoración del desempeño". Es decir, que, en cualquier caso, al final es la dirección la que decide quién cobra los incentivos. El resto de la plantilla, de hecho, no conoce los criterios por los que se distribuyen los mismos, ni percibe nada en caso de que los objetivos -que desconoce- sean alcanzados.

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La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

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El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







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«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

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