sábado, 8 de febrero de 2014

Hacienda baraja subir el IBI y el impuesto de circulación para financiar mejor a las comunidades autónomas

El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, junto a los secretarios de Estado de Presupuestos y AAPP.

Hacienda baraja subir el IBI y el impuesto de circulación para financiar mejor a las comunidades autónomas

Tanto Hacienda como la comisión de expertos para la reforma fiscal contemplan subir el IBI y el Impuesto de Circulación para que se mejore la financiación de las Comunidades Autónomas, a pesar de que ambos tributos pertenecen por ley a los municipios, según confirman fuentes conocedoras de la próxima reforma fiscal.

Tanto Hacienda como la comisión de expertos para la reforma fiscal contemplan subir el IBI y el Impuesto de Circulación para que se mejore la financiación de las Comunidades Autónomas, a pesar de que ambos tributos pertenecen por ley a los municipios, según confirman fuentes conocedoras de la próxima reforma fiscal.
Se hable con quien se hable, ya sea experto o miembro del Gobierno, el análisis es siempre el mismo: el sistema de financiación de las Comunidades se ha desmoronado al enfrentarse con el estallido de la burbuja inmobiliaria (ver este post de Nada es Gratis sobre si se pagan o no muchos impuestos en España). En cambio, el de los ayuntamientos ha aguantado bastante bien los embates de la crisis.
Y la razón estriba en que los impuestos cedidos a las Autonomías se fiaban la marcha de la actividad, dependían del ladrillo y, por lo tanto, resultaron altamente volátiles en cuanto el ciclo económico se tornó adverso. La recaudación por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentadosascendía en 2007 a los 16.000 millones. Pero con el estallido de la la burbuja los ingresos se desplomaron hasta los 6.400 millones en 2011, unos niveles en los que se han estancado y que suponen todos los años un punto de PIB menos para las arcas de las CCAA. Y otro tanto ha ocurrido con el Impuesto de Matriculaciones, que también está vinculado a la evolución de la economía.
Por el contrario, los ayuntamientos han gravado la tenencia de propiedad con el IBI y el Impuesto de Circulación, y justo eso ha permitido que sus ingresos sean más estables, tal y como en parte demuestra el hecho de que el conjunto ya exhiba un superávit global de cerca de 4.000 millones.
De modo que la idea que se baraja con fuerza consiste en hacer que las Autonomías dependan menos de figuras procíclicas como ITP, AJD y Matriculaciones, precisamente aquellos tributos que las hicieron sobredimensionar las estructuras de gasto creyendo que sus ingresos eran permanentes. Y en su lugar ahora se pretende que las Comunidades participen de un incremento del IBI, del Impuesto de Circulación o de cualquier otro mecanismo fiscal que grave la posesión en vez de la actividad.
Todo lo cual se traduce en una próxima subida tanto del Impuesto de Bienes Inmuebles como del Impuesto de Circulación. Aunque para ello los legisladores tendrán que sortear dos obstáculos no menores: de un lado, en virtud de la Ley de Corporaciones Locales, el IBI sirve a los municipios. Si se establece que una parte se destina a las CCAA, entonces los tribunales podrían dictaminar que hay que compensar a los ayuntamientos, tal y como sucedió con Extremadura y el Impuesto sobre los Depósitos Bancarios, que Hacienda tuvo que compensarlo porque los extremeños ya lo tenían.
En realidad, este aumento del IBI se trata de una suerte de impuesto a la riqueza, y Hacienda tendrá que examinar cómo puede articularlo, bien por la creación de un nuevo tramo, bien suprimiendo transferencias de las CCAA a los municipios o bien aplicando otras fórmulas como la imputación de cerca del 2 por ciento del valor catastral de la vivienda en la declaración de la Renta una vez se le restan todos los gastos como los intereses de la hipoteca.
Por otro lado, una cuestión que tampoco es baladí: el IBI se ha disparado en los últimos años debido al alza extraordinaria de hasta el 10 por ciento aprobada el 30 de diciembre de 2011 por el Gobierno del PP, los elevados tipos impuestos por los alcaldes y las revalorizaciones del catastro. En ocasiones, los valores catastrales se han subido por encima de los precios de venta de los inmuebles. Y otro repunte podría ocasionar graves dificultades entre aquellos con menor capacidad económica e, incluso, inspirar una polémica reminiscente de aquella que asedió a Margaret Thatcher con el Poll Tax, si bien el tributo de la dama de hierro hacía pagar a todos por igual con independencia de la capacidad económica o de la zona donde se residía.


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TESORERIA: CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL f

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La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

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La Planificación de Tesorería y su relación con la Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera 

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


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Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

La expresión « gestión financiera » hace referencia de forma genérica al “dinero” en sus diversas modalidades. Si a esta primera idea aproximativa se añade la de que es prácticamente el único medio de utilizar los recursos futuros en el presente a través del crédito, se habrán configurado los rasgos fundamentales de esta gestión, al menos desde el punto de vista del responsable financiero de una empresa o entidad pública.


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  • Publicación: 25/11/2013
  • Editorial: JOSE MANUEL FARFÁN PÉREZ
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