Procedimiento centralizado de información y ejecución de embargos de dinero en cuentas abiertas a la vista en Entidades de Depósito por deudas tributarias y otras de derecho público
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Las Entidades de Depósito a través de sus asociaciones, Asociación
Española de Banca (AEB), Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA) y
Unión Nacional de Cooperativas de Crédito (UNACC), han acordado publicar una
nueva versión del folleto 63:
Serie normas y procedimientos bancarios 63-Marzo 2014
Procedimiento centralizado de información y ejecución de embargos
de dinero en cuentas abiertas a la vista en Entidades de Depósito por deudas
tributarias y otras de derecho público
Esta nueva versión tiene por objeto, entre otros:
• Descatalogar y, por tanto, eliminar todas las versiones
anteriores del Cuaderno 63, entre otros motivos, por incompatibilidad con la
nueva versión.
• Esta nueva versión de Marzo 2014, incluye, además de la supresión
incondicional del límite máximo de importe a embargar por cada diligencia, una
elevación considerable en el número de registros de detalle para las Fases 1 y
3 del procedimiento, pasando de los actuales 100.000 y 25.000 registros, a los
200.000 y 50.000, respectivamente.
• Se incluye un nuevo campo: “Código de Deuda/Deudor”, que ocupa
la Zona “E” del registro de detalle. Puede ser utilizado en cualquiera de las
Fases 1, 3 y/ó 5 del procedimiento por el Organismo Emisor, opcionalmente y
para cada detalle de manera independientemente. Su cometido: facilitar
complementariamente al número de diligencia la identificación y/o origen de la
deuda o deudor.
• Atendiendo a la demanda que numerosos Organismos Emisores han
realizado de alcanzar en una misma orden a un mayor número de cuentas del
titular embargado; debido también a los procesos de concentración de Entidades
de Depósito que, en algunos casos puede suponer inicialmente un número de
cuentas superior; así como por la modificación que se ha producido en el
artículo 171 de la Ley 58/2003, General Tributaria, por la que se extiende la
orden de embargo a cualquier oficina dentro del ámbito territorial del que el
Organismo Emisor es competente, se ha aumentado el número de cuentas a informar
y/o a embargar, del actual máximo de 3 a un número máximo de 6.
• Por otro lado, debido a que se produce un importante cambio en el
diseño de formato, y como quiera que el identificador único de las cuentas
pasará a ser en todos los procesos de pago del actual CCC (Código de Cuenta Cliente)
al Código IBAN (Código Internacional de Cuenta Bancaria), se ha considerado
oportuno llevar a cabo esta adaptación en este Cuaderno a dicho código IBAN.
• En otro orden de cosas, y en aras de una evolución paulatina al uso
de nuevas tecnologías y, en todo caso, de procedimientos mecanizados y
centralizados, se suprime el soporte papel como medio de relacionar las
peticiones de Fase 1 y de orden de diligencias en Fase 3, pudiendo únicamente
utilizarse el soporte magnético CD-ROM o DVD, o transmisión telemática por el
protocolo EDITRAN, este último medio de obligado cumplimiento para nuevas
altas.
A continuación se detallan las fechas del calendario previsto y
las actuaciones que corresponden a cada una de ellas:
Mes de julio de 2013
• Publicación de la versión de Marzo de 2014 de este Cuaderno.
Mes de enero de 2014
• Intercambio de las últimas fases del procedimiento en cualquiera
de las versiones del Cuaderno que, en la fecha de esta carta, están en vigor.
14 de febrero de 2014, viernes.
• Último día para cerrar completamente cualquier fase de versiones
que dejan de estar en vigor a 3 de marzo de 2014. Estas versiones son: 63,
63011 y 63022.
3 de marzo de 2014, lunes
• Los Organismos Emisores deben comenzar, a partir de esta fecha,
a emitir la Fase 1 del procedimiento, ya que las claves de seguridad antiguas
no tienen validez, debido a que deben ser generadas de nuevo basadas en un
código IBAN y no en un código CCC.
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