martes, 29 de abril de 2014

PROYECTO DE LEY DE TRANSFORMACIÓN DEL FONDO PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS PAGOS A PROVEEDORES

PROYECTO DE LEY DE TRANSFORMACIÓN DEL FONDO PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS PAGOS A PROVEEDORES
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Transformación del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores para extinguir y liquidar el anterior Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores como entidad con personalidad jurídica propia, creando una estructura de gestión adecuada a la nueva situación derivada de haberse completado en febrero la última fase del Mecanismo de pago.

El Real Decreto Ley 7/2012, de 9 de marzo, creó el Fondo para la Financiación de los Pagos a los Proveedores como instrumento de gestión de este mecanismo extraordinario de financiación de las administraciones territoriales. El Fondo ha canalizado más de 41.000 millones de euros hacia la actividad económica, contribuyendo de manera significativa a inyectar liquidez a empresas y autónomos, a la reducción de la morosidad de las administraciones públicas y al sostenimiento de los servicios públicos gestionados por comunidades autónomas y entidades locales.

El Fondo anterior se creó como ente con personalidad jurídica fundamentalmente para obtener financiación ajena en los mercados. Al completarse en febrero la última fase del mecanismo, sin que se vayan a realizar ya más pagos a proveedores a través del mismo, ya no es necesaria la personalidad jurídica. Se plantea, por tanto, la modificación del régimen jurídico convirtiéndolo en un Fondo carente de personalidad jurídica de los previstos en el artículo 2.2 de la Ley General Presupuestaria. El Fondo sólo existe ya para gestionar los préstamos con Comunidades Autónomas y Entidades Locales.

Al convertirse en un fondo carente de personalidad jurídica, se obtienen varias ventajas:
  • Fortalecimiento de la gestión del Fondo, simplificando el proceso de decisiones y la eficiencia de su gestión.
  • Mayor integración y coordinación de la gestión del pasivo con la del Estado.
  • Mayor integración y coordinación de la gestión del activo del Fondo (préstamos a Comunidades Autónomas y Entidades Locales) con los procedimientos y demás mecanismos gestionados por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en el marco de sus competencias en materia de relaciones financieras con Comunidades Autónomas y Entidades Locales.
  • Refuerzo de la credibilidad de la Ley Orgánica del Control de la Deuda Comercial del Sector Público, como medida estructural de erradicación de la morosidad de las Administraciones territoriales e indicación clara de que ya no habrá nuevos planes extraordinarios de pagos a proveedores.
Para evitar que en este proceso de transformación y simplificación jurídica surjan incertidumbres y para dotar de claridad y plena seguridad jurídica a los operadores económicos implicados, se solicita la tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

PRIMERA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


TESORERIA: CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL f

Para poder visualizar el vídeo con las dos ponencias es necesario registrarse previamente en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/6233403354742469634

(hacer click en este enlace para ver el video)

La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

SEGUNDA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


La Planificación de Tesorería y su relación con la Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera 

Para poder visualizar el vídeo con la ponencia de José M. Farfán Pérez es necesario registrarse previamente en este enlace en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/3190806191221010178

SÍGUEME EN TWITTER

Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


Este libro está disponible para descargarlo con iBooks en tu Mac o dispositivo iOS, y con iTunes en tu ordenador. Puedes usar iBooks para leer libros en tu Mac o dispositivo iOS. Utiliza un iPad para leer libros con contenido interactivo y así poder disfrutar mejor de todas sus todas sus funcionalidades.

Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

La expresión « gestión financiera » hace referencia de forma genérica al “dinero” en sus diversas modalidades. Si a esta primera idea aproximativa se añade la de que es prácticamente el único medio de utilizar los recursos futuros en el presente a través del crédito, se habrán configurado los rasgos fundamentales de esta gestión, al menos desde el punto de vista del responsable financiero de una empresa o entidad pública.


La gestión financiera en un sentido amplio constituye todos los recursos financieros, tanto los provenientes del ciclo de cobro y pagos (tesorería), como los necesarios en el proceso de inversión-financiación (operaciones activas-pasivas). Por ello a la Tesorería Municipal le corresponden todos los recursos financieros, sean fondos valores o créditos de un Municipio. 

En el sector público, esa anticipación de recursos se justifica por el hecho de que no solamente se trata de mejorar el presente sino de preparar el futuro.


  • 4,99 €
  • Disponible en iPad y Mac.
  • Categoría: Finanzas
  • Publicación: 25/11/2013
  • Editorial: JOSE MANUEL FARFÁN PÉREZ
  • Páginas impresas: 138 páginas
  • Idioma: Español
  • Versión: 1.0
  • Requisitos: Para ver este libro, debes tener un iPad con iBooks 3 (o posterior) y iOS 5.1 (o posterior), o un Mac con iBooks 1.0 (o posterior) y OS X 10.9 (o posterior).