martes, 15 de abril de 2014

La Cámara de Cuentas detecta deficiencias en la gestión municipal de 2010 y 2011. GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL

La Cámara de Cuentas detecta deficiencias en la gestión municipal de 2010 y 2011


En esos ejercicios el Ayuntamiento de Marbella no tenía aprobado el plan de disposición de fondos, pese a estar obligado por ley 

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La Cámara de Cuentas de Andalucía ha detectado deficiencias de contabilidad tras analizar la tesorería de seis municipios con más de 50.000 habitantes que no son capitales de provincia, entre los que se encuentra Marbella. Junto a esta ciudad, de acuerdo a la planificación aprobada por el organismo, se analizaron Mijas, Alcalá de Guadaira, Chiclana de la Frontera, El Ejido, y Roquetas de Mar.
De seis áreas analizadas en el periodo objeto del estudio, los ejercicios 2010 y 2011, la Cámara encontró en el caso de Marbella deficiencias en tres de ellas, el plan de disposición de fondos, la gestión de la tesorería a través de las cuentas bancarias y los anticipos de caja fija, mientras que en los otros tres -la caja operativa, los pagos a justificar y la tesorería derivada de la gestión del teatro municipal-, el informe no señala problema alguno.
Consultado por este periódico, el coordinador de Hacienda del Ayuntamiento, Carlos Rubio, aseguró que la tesorería municipal se gestiona «desde el rigor más absoluto» desde la época de la gestora, y explicó que cuando se recibió en el Ayuntamiento el pedido de que se enviara documentación para este informe a la Cámara de Cuentas se comunicó que la información requerida era de una gran voluminosidad, y que cuando se consiguió reunirla el organismo de control comunicó que ya no era necesaria. Así lo reconoce la propia Cámara de Cuentas en su informe, en el que hace referencia a que se recibió información cuando el trabajo de campo ya había concluido.
En lo referente a la Disposición de Fondos, el informe señala que durante el periodo analizado el Ayuntamiento de Marbella no tenía aprobado plan, lo que supone un incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 187 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
En relación a la gestión bancaria, la Cámara de Cuentas explica en el estudio que no ha sido posible opinar sobre la situación de la tesorería del Ayuntamiento de Marbella «debido a las limitaciones de información sobre la titularidad de un gran número de cuentas bancarias que figuraban en su Estado de Tesorería».
Anticipos
El informe también señala deficiencias en el sistema de anticipos de caja fija en el Ayuntamiento de Marbella. Concretamente, en la apertura de la contabilidad del ejercicio 2010, donde figuraba un saldo por ese concepto de 20.002 euros del que no constaba ni su utilización por parte de los perceptores de los fondos ni su justificación. «No consta que se haya iniciado procedimiento alguno de reintegro -sostiene el documento-; esta situación pudiera dar lugar a la exigencia de responsabilidades administrativas y contables».
Según Rubio, esa cantidad corresponde a un ingreso realizado en las cuentas municipales durante el mandato del GIL del que al día de hoy no ha sido posible detectar su origen, por lo que permanece en una cuenta municipal.
En relación con la caja operativa, la Cámara de Cuentas ha constatado que el Ayuntamiento de Marbella no utilizó este sistema como forma de gestión, y tampoco se detectan problemas ni en los pagos a justificar -procedimiento que no se utilizó en todo el ejercicio 2011- ni en la tesorería derivada de la gestión de los teatros municipales, cuya información se recibió fuera de plazo.
Para Rubio, llama la atención «la forma en que se ha elaborado esta informe, entre otros motivos, porque Marbella casualmente entra en un grupo donde la fiscalización se ha realizado de una manera diferente a los demás». También expresó su sorpresa por el hecho de que «se nos haya dado menos tiempo que a otros municipios para contestar».

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TESORERIA: CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL f

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La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


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Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

La expresión « gestión financiera » hace referencia de forma genérica al “dinero” en sus diversas modalidades. Si a esta primera idea aproximativa se añade la de que es prácticamente el único medio de utilizar los recursos futuros en el presente a través del crédito, se habrán configurado los rasgos fundamentales de esta gestión, al menos desde el punto de vista del responsable financiero de una empresa o entidad pública.


La gestión financiera en un sentido amplio constituye todos los recursos financieros, tanto los provenientes del ciclo de cobro y pagos (tesorería), como los necesarios en el proceso de inversión-financiación (operaciones activas-pasivas). Por ello a la Tesorería Municipal le corresponden todos los recursos financieros, sean fondos valores o créditos de un Municipio. 

En el sector público, esa anticipación de recursos se justifica por el hecho de que no solamente se trata de mejorar el presente sino de preparar el futuro.


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  • Categoría: Finanzas
  • Publicación: 25/11/2013
  • Editorial: JOSE MANUEL FARFÁN PÉREZ
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