Ver en el siguiente enlace
En una primera visión, muy por encima, modificaría las leyes orgánicas
2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, ampliando el
concepto del principio de sostenibilidad financiera que ahora también incluiría
el control de la deuda comercial y creando la obligación de las
Administraciones Públicas de hacer público su período medio de pago a
proveedores, como herramienta de seguimiento de la deuda comercial; y, 8/1980
de Financiación de las Comunidades Autónomas, estableciendo un nuevo límite,
más flexible, a las retenciones o deducciones mensuales que puede realizar el
Estado de los recursos del sistema de financiación, en el caso de
incumplimiento del período medio de pago a proveedores establecido.
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