martes, 15 de octubre de 2013

Los Ayuntamientos que no paguen a sus proveedores en treinta días perderán la financiación del Estado


Los Ayuntamientos que no paguen a sus proveedores en treinta días perderán la financiación del Estado

El Gobierno da un plazo de dos meses para cumplir la nueva normativa de morosidad



El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector Público, que tiene como objetivos erradicar la morosidad de las Administraciones, controlar y reducir su deuda comercial, suministrar liquidez a las empresas mediante la reducción del período medio de pago e incrementar la transparencia y eficiencia en las Administraciones Públicas. Para su tramitación parlamentaria se ha solicitado el procedimiento de urgencia.

Para ello, se reforma la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera con el propósito de equiparar el cumplimiento del principio de sostenibilidad financiera con el de sostenibilidad de la deuda comercial. En los últimos años se ha demostrado que el incremento de la deuda comercial acaba por poner en riesgo la sostenibilidad financiera de las Administraciones Públicas al comprometer recursos futuros y lastrar el crecimiento económico.

El Proyecto de Ley establece que existe sostenibilidad de la deuda comercial cuando el período medio de pago no supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, fijado en treinta días por la legislación comunitaria.

Transparencia en el pago a proveedores
La Ley, que forma parte de los compromisos de la Comisión para la Reforma de las Administraciones (CORA) y transpone una Directiva Europea a nuestro ordenamiento jurídico, obliga a todas las Administraciones Públicas a publicar el período medio de pago (PMP) a sus proveedores a partir del mes siguiente de su entrada en vigor.

Para ello, las Administraciones Públicas dispondrán de un Plan de Tesorería con la previsión de pago a proveedores que garantice el pago a treinta días. Por su parte, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas hará un seguimiento del cumplimiento de los períodos medios de pago.

Sistema automático de control
El incumplimiento del período medio de pago pondrá en marcha un sistema automático y progresivo de medidas de control. Si el período medio de pago supera los treinta días, deberá incluir en la actualización de su Plan de Tesorería inmediatamente posterior el importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago de proveedores para reducir la mora a treinta días, así como el compromiso de adoptar medidas para generar la tesorería necesaria para cumplir con el plazo legal.

Cuando el período medio de pago de las Comunidades Autónomas supere en más de treinta días el plazo legal (sesenta días) durante dos meses consecutivos desde la actualización de su plan de tesorería, se pondrán en marcha las siguientes medidas automáticas de:

  • Prevención: El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas comunicará el importe que mensualmente deberá dedicar a pagar proveedores, así como las medidas cuantificadas a adoptar para generar la tesorería necesaria para reducir los plazos de pago,

  • Corrección: La Comunidad Autónoma adoptará un acuerdo de no disponibilidad por la misma cuantía. Todas las operaciones de endeudamiento a largo plazo precisarán de autorización del Estado y la Comunidad Autónoma deberá incluir nuevas medidas en su plan de tesorería para cumplir el plazo máximo de pago de treinta días.
Si estas medidas no consiguen reconducir su período medio de pago en dos meses, el Ministerio de Hacienda iniciará el procedimiento de retención de los importes a satisfacer por los recursos de los regímenes de financiación y pagará directamente a los proveedores de las Comunidades Autónomas.

  • Coercitivas: Las previstas en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que dejarán de aplicarse cuando la Comunidad Autónoma cumpla durante seis meses consecutivos con el plazo de pago a treinta días.
A partir de la aplicación de las medidas de corrección anteriores, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas podrá determinar el acceso obligatorio de las Comunidades Autónomas en los mecanismos adicionales de financiación vigentes.
Para las Entidades Locales que superen el plazo legal de pago en más de dos meses (sesenta días), y pertenezcan al modelo de cesión de tributos, se establecerán medidas de reducción de gasto o incremento de ingresos destinadas a reducir el período de pago.

Erradicar la morosidad comercial
La Ley forma parte de un Plan integral de erradicación de la morosidad en el Sector Público, que se completa con la implantación de la factura electrónica y la creación de un registro contable en el sector público, que tendrá un efecto positivo en la economía española, ya que al mejorar el control contable de las facturas se contribuirá a eliminar la morosidad de las empresas proveedoras de las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales, lo que les facilitará liquidez para continuar con su actividad empresarial.
Simultáneamente, se ha puesto en marcha una última fase del mecanismo de pago a proveedores para eliminar el stock de deuda comercial acumulada y poner así a cero el contador de facturas pendientes y que las Administraciones puedan cumplir con la ley y las nuevas reformas estructurales que se han puesto en marcha para erradicar la morosidad.
El Plan para erradicar la morosidad contiene un conjunto de reformas coyunturales y estructurales que contribuirá al mejor cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública, ya que el incremento del período medio de pago a proveedores se traducía en un aumento de la deuda comercial que ponía en riesgo la sostenibilidad financiera de las Administraciones Públicas, así como evitará que haya lo que se ha denominado facturas ocultas en los cajones.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

PRIMERA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


TESORERIA: CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL f

Para poder visualizar el vídeo con las dos ponencias es necesario registrarse previamente en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/6233403354742469634

(hacer click en este enlace para ver el video)

La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

SEGUNDA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


La Planificación de Tesorería y su relación con la Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera 

Para poder visualizar el vídeo con la ponencia de José M. Farfán Pérez es necesario registrarse previamente en este enlace en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/3190806191221010178

SÍGUEME EN TWITTER

Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


Este libro está disponible para descargarlo con iBooks en tu Mac o dispositivo iOS, y con iTunes en tu ordenador. Puedes usar iBooks para leer libros en tu Mac o dispositivo iOS. Utiliza un iPad para leer libros con contenido interactivo y así poder disfrutar mejor de todas sus todas sus funcionalidades.

Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

La expresión « gestión financiera » hace referencia de forma genérica al “dinero” en sus diversas modalidades. Si a esta primera idea aproximativa se añade la de que es prácticamente el único medio de utilizar los recursos futuros en el presente a través del crédito, se habrán configurado los rasgos fundamentales de esta gestión, al menos desde el punto de vista del responsable financiero de una empresa o entidad pública.


La gestión financiera en un sentido amplio constituye todos los recursos financieros, tanto los provenientes del ciclo de cobro y pagos (tesorería), como los necesarios en el proceso de inversión-financiación (operaciones activas-pasivas). Por ello a la Tesorería Municipal le corresponden todos los recursos financieros, sean fondos valores o créditos de un Municipio. 

En el sector público, esa anticipación de recursos se justifica por el hecho de que no solamente se trata de mejorar el presente sino de preparar el futuro.


  • 4,99 €
  • Disponible en iPad y Mac.
  • Categoría: Finanzas
  • Publicación: 25/11/2013
  • Editorial: JOSE MANUEL FARFÁN PÉREZ
  • Páginas impresas: 138 páginas
  • Idioma: Español
  • Versión: 1.0
  • Requisitos: Para ver este libro, debes tener un iPad con iBooks 3 (o posterior) y iOS 5.1 (o posterior), o un Mac con iBooks 1.0 (o posterior) y OS X 10.9 (o posterior).