martes, 15 de octubre de 2013

Hacienda ya retiene a 58 municipios fondos para pagar a los proveedores. Planes de Tesorería


Hacienda ya retiene a 58 municipios fondos para pagar a los proveedores

El Gobierno se queda con la mitad de los ingresos mensuales del 10 % de los ayuntamientos valencianos

15.10.2013 | 08:18


El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ya tiene prácticamente en sus manos el control de las finanzas de 58 municipios valencianos. A estos ayuntamientos les retiene con periodicidad mensual la mitad de las transferencias que el Estado envía a las entidades locales y que suponen para los municipios su fuente de ingresos más importante.
Con el dinero que retiene, el departamento que dirige Cristóbal Montoro paga directamente a aquellos proveedores que acumulan facturas pendientes de cobro con estas entidades locales o compensa deudas adquiridas.
Se trata en su mayoría de municipios pequeños y que en 2012 no pudieron sumarse al primer plan de pagos a proveedores que puso en marcha el Ejecutivo, pero la cifra comienza a ser relevante porque ya supone que Hacienda asuma el control de las cuentas del 10 % de los ayuntamientos valencianos. Según varios alcaldes afectados, los ayuntamientos se han visto abocados a quedarse sin liquidez y tienen problemas incluso para pagar los gastos corrientes.
La retención de transferencias del Estado forma parte del plan de erradicación de la morosidad que el Gobierno pretende poner en marcha, en tres fases. El objetivo es atajar los impagos y garantizar el cumplimiento de los plazos de pago que marca la ley, a 30 días, en los municipios de mayor tamaño y en la comunidades autónomas. Esta misma semana, la Generalitat ha anunciado que normalizará sus pagos con proveedores antes de que finalice el año precisamente a través de la nueva fase del plan del Gobierno contra la morosidad.
Facturas pendientes de pago
En esa fase, el Gobierno ha anunciado también esta semana nuevas medidas para las entidades locales que acumulen facturas pendientes y para las que superen los 30 días de período medio de pago que marca la ley.
Según el plan del Gobierno para erradicar la morosidad, la entidad local tendrá un mes desde la entrada en vigor de la reforma legal para publicar su período medio de pago. Si éste supera los 30 días, el ayuntamiento está obligado a incluir en su plan de tesorería el importe de los recursos que tendrá que dedicar mensualmente a reducir ese período medio de pago y que saldrán de la adopción de medidas para reducir los gastos o aumentar los ingresos con los que reducir el período medio de pago.
Si persiste la dificultad para rebajar a 30 días el período medio de pago, Hacienda anuncia que retendrá nuevos recursos del sistema de financiación con los que el Gobierno pagará directamente a los proveedores. La norma incorporará además medidas coercitivas para los ayuntamientos que no logren rebajar su período medio de pago por debajo de los 30 días.

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


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Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

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  • Publicación: 25/11/2013
  • Editorial: JOSE MANUEL FARFÁN PÉREZ
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