El Gobierno rescatará a 536 ayuntamientos insolventes
Sábado, junio 29th, 2013
Se establece la posible intervención de Hacienda en el proceso de elaboración de los presupuestos generales en determinados supuestos
El Gobierno ofrecerá anticipos en su participación en la cesta de impuestos y podrán ampliar el periodo de devolución de las liquidaciones negativas de 2008 y 2009, así como formalizar nuevas operaciones de endeudamiento. A cambio, los ayuntamientos que se acojan al plan deberán reducir sus gastos de funcionamiento y financiar “íntegramente” el coste de los servicios públicos a través de tasas. No podrán encadenar prórrogas de los presupuestos ni constituir nuevos organismos pero sí fraccionar deudas con la Hacienda Pública y la Seguridad Social. Lo que no podrán hacer bajo ningún concepto es aprobar medidas que supongan un descenso de la recaudación.
Por otra parte, el Gobierno introducirá una modificación en la ley orgánica de estabilidad presupuestaria para fijar un sistema de control del incumplimiento del periodo de pago a proveedores , fijado en 30 días como máximo y que, según reconoce el Ejecutivo se incumple sistemáticamente. Así, se fijará un “periodo medio de pago a proveedores” y se obligará a las administraciones y organismos vinculados al Estado, comunidades autónomas y ayuntamientos a publicar dichos plazos.
El Plan de Ajuste de los municipios a los que rescate el Gobierno tienen que contener las siguientes condiciones:
- Reducir gastos de funcionamiento en el primer año, congelación en los dos siguientes y limitación en los años sucesivos.
- Obligación de financiar íntegramente el coste de los servicios públicos prestados con tasas o precios públicos, en tres ejercicios.
- No se podrán aprobar medidas que supongan un aumento de la recaudación, ni podrán suprimir tributos.
- No podrán adquirir, constituir o participar en la constitución de nuevos organismos, sociedades, consorcios, fundaciones o cualquier otro ente.
- Se prohíbe el encadenamiento de prórrogas de presupuestos por más de un año.
- Se exige la corrección de las provisiones de los saldos de difícil recaudación para tener una imagen fiel de la situación financiera de la entidad.
- Se establece una posible intervención (mediante informe previo de carácter vinculante) de Hacienda en el proceso de elaboración de los presupuestos generales de los municipios en determinados supuestos.
- Obligación de adoptar un plan de saneamiento para entidades dependientes que se encuentren en desequilibrio financiero, que si no se corrige implicará su disolución en 2015.
- Disolución en el plazo de tres meses de las entidades dependientes o vinculadas de “segundo nivel”.
- Con cuenta restringida supervisada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Los municipios deberán presentar las solicitudes de las medidas a las que pretendan acogerse con un plan de ajuste y el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas dictará una resolución conteniendo las que resulten aplicables, así como la condicionalidad fiscal asociada.
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