martes, 22 de octubre de 2013

El reparto de remanentes incumple la Ley de Estabilidad Presupuestaria

El reparto de remanentes incumple la Ley de Estabilidad Presupuestaria

J.C.O. / Aranda - sábado, 12 de octubre de 2013


El grupo municipal socialista se ha pronunciado en contra del reparto de remanentes de tesorería propuesto por el equipo de gobierno y ha calificado de «vergüenza»  que el tripartito haya informado ayer  favorablemente en la Comisión de Hacienda esta propuesta y pretenda sacarla adelante en el próximo pleno pese a contar con los informes contrarios de Intervención. 
La asignación de la primera parte de este sobrante del presupuesto de 2012 por importe de 2,5 millones  ya superaba en 825.857,28 euros el límite de la regla del gasto establecido para 2013, puesto que según la normativa la diferencia de gasto entre un ejercicio y otro no debe superar el 1,7%. La nueva distribución de los 2,8 millones de euros pendientes no sólo ahonda en esta inobservancia, elevando a 2.682.749,63 euros la cuantía excedentaria,  sino que además  suma el incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, que establece en el trienio 2013-2015 una posición de equilibrio o superávit presupuestario, cuando el saldo presupuestario ajustado del Consistorio es de -1.708.117,40 euros.
Estos incumplimientos, como ya ocurrió con el primer reparto de remanentes, van a obligar a aprobar en pleno un Plan Económico-Financiero de reequilibrio a un plazo máximo de un año en el periodo de dos meses desde su presentación y su puesta en marcha no podrá exceder de tres meses.
Asimismo Intervención advierte de que la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera establece que si la liquidación presupuestaria se sitúa en superávit éste se destinará a reducir el endeudamiento neto y que el equipo de gobierno no asigna ni un solo euro a la amortización anticipada de deuda, que asciende a 3.996.125,79. Un capítulo al que según la liquidación del presupuesto debería destinar 2.988.037 euros.
Sin embargo Intervención resta importancia a este incumplimiento legal, en línea con una previsible futura modificación por parte del Gobierno de la normativa encaminada a permitir que el superávit se destine a inversiones, al considerar que no parece coherente con la pretensión del control del gasto y de reducción de deuda que prima en la normativa, que la necesidad de afrontar unos gastos de inversión, todos ellos financieramente sostenibles con los recursos municipales, les lleve a devolver deuda de ejercicios anteriores referenciada al euribor más un mínimo margen del 0,02%, como el préstamo de 2000,  y verse obligados a contratar nuevos préstamos en los que dicho margen se multiplica por 300, como el de 2012, con el euribor trimestral más 5,95%. Una opción a la que podría recurrir y no va a hacer el Ayuntamiento ya que de la liquidación de 2012 se deduce un ahorro neto positivo y el porcentaje de deuda viva alcanza el 18,26% lo que le permitiría, al ser menor del 75% de los ingresos corrientes liquidados, concertar nuevos créditos a largo plazo. 
Y un cuarto reparo de Intervención obedece a que dentro de las limitaciones que la normativa presupuestaria establece, el remanente de tesorería general debiera destinarse en primer lugar al cumplimiento de las obligaciones que derivan de sentencias y autos judiciales notificados al Ayuntamiento y pendientes de ejecutar, que no es el caso, y después a los proyectos que se reflejan en las modificaciones presupuestarias.

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PRIMERA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


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La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

SEGUNDA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


La Planificación de Tesorería y su relación con la Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera 

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


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Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

La expresión « gestión financiera » hace referencia de forma genérica al “dinero” en sus diversas modalidades. Si a esta primera idea aproximativa se añade la de que es prácticamente el único medio de utilizar los recursos futuros en el presente a través del crédito, se habrán configurado los rasgos fundamentales de esta gestión, al menos desde el punto de vista del responsable financiero de una empresa o entidad pública.


La gestión financiera en un sentido amplio constituye todos los recursos financieros, tanto los provenientes del ciclo de cobro y pagos (tesorería), como los necesarios en el proceso de inversión-financiación (operaciones activas-pasivas). Por ello a la Tesorería Municipal le corresponden todos los recursos financieros, sean fondos valores o créditos de un Municipio. 

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  • Publicación: 25/11/2013
  • Editorial: JOSE MANUEL FARFÁN PÉREZ
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