miércoles, 7 de agosto de 2013

El funcionamiento del Registro Electrónico Común. El Ayuntamiento de La Laguna confirma su adhesión al Registro Electrónico Común

El funcionamiento del Registro Electrónico . Ayuntamiento de La Laguna confirma su adhesión al Registro Electrónico Común


En aplicación del Real Decreto-ley 11/2007 se creó el Registro Electrónico Común(REC) para posibilitar la presentación de cualquier solicitud, escrito o comunicación dirigida a la Administración General del Estado y a sus Organismos Públicos y que no se ajusten a procedimientos administrativos ya contemplados en los registros electrónicos de las distintas administraciones (como por ejemplo el 060). El REC se encarga, posteriormente, de informar y redirigir a los registros competentes dichos documentos.
Para realizar el registro a través de este servicios deberá disponerse de DNI electrónico o certificado electrónico en vigor. Sólo podrá presentar documentos a través del REC la persona interesada y ésta no podrá ser sustituida por determinados colectivos (gestores, asesores, etc.), que actúen en nombre de terceros.
LA LAGUNA >

El Ayuntamiento confirma su adhesión al Registro Electrónico Común

El Ayuntamiento de La Laguna ha dado un nuevo paso hacia la plena implantación de la tramitación electrónica en su gestión, mediante su próxima adhesión a un sistema novedoso que permitirá la interconexión telemática de los Registros de Entrada de documentación de cualquier administración pública del país.
Así lo explicó Francisco Gutiérrez, concejal de Planificación y encargado del proceso de modernización administrativa municipal, quien señaló que la Junta de Gobierno municipal lagunera acaba de acordar adherirse a un reciente acuerdo suscrito entre el Estado y la comunidad autónoma de Canarias sobre la materia.
Ello permitirá que La Laguna se integre en el denominado Registro Electrónico Común, una red de interconexión de los registros de todas las administraciones que se vayan sumando al acuerdo y “que se traducirá en cuanto esté operativo en un notable avance en la atención electrónica que se ofrece a los ciudadanos”, matiza el concejal lagunero, quien añadió que esta mejora no conllevará gasto alguno para el Ayuntamiento lagunero.
Este registro en la nube permitirá que un ciudadano, desde una administración pública en concreto, pueda remitir a cualquiera de las otras administraciones adheridas cualquier solicitud, escrito o comunicación oficial, con las notables ventajas que ello conlleva.

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PRIMERA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


TESORERIA: CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL f

Para poder visualizar el vídeo con las dos ponencias es necesario registrarse previamente en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/6233403354742469634

(hacer click en este enlace para ver el video)

La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

SEGUNDA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


La Planificación de Tesorería y su relación con la Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera 

Para poder visualizar el vídeo con la ponencia de José M. Farfán Pérez es necesario registrarse previamente en este enlace en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/3190806191221010178

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


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Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

La expresión « gestión financiera » hace referencia de forma genérica al “dinero” en sus diversas modalidades. Si a esta primera idea aproximativa se añade la de que es prácticamente el único medio de utilizar los recursos futuros en el presente a través del crédito, se habrán configurado los rasgos fundamentales de esta gestión, al menos desde el punto de vista del responsable financiero de una empresa o entidad pública.


La gestión financiera en un sentido amplio constituye todos los recursos financieros, tanto los provenientes del ciclo de cobro y pagos (tesorería), como los necesarios en el proceso de inversión-financiación (operaciones activas-pasivas). Por ello a la Tesorería Municipal le corresponden todos los recursos financieros, sean fondos valores o créditos de un Municipio. 

En el sector público, esa anticipación de recursos se justifica por el hecho de que no solamente se trata de mejorar el presente sino de preparar el futuro.


  • 4,99 €
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  • Categoría: Finanzas
  • Publicación: 25/11/2013
  • Editorial: JOSE MANUEL FARFÁN PÉREZ
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