martes, 29 de julio de 2014

Diputación de A Coruña. El interventor provincial reprueba el abuso de ayudas y contratos sin publicidad en 2013

El interventor provincial reprueba el abuso de ayudas y contratos sin publicidad en 2013El interventor provincial reprueba el abuso de ayudas y contratos sin publicidad en 2013 A CORUÑA

El interventor provincial reprueba el abuso de ayudas y contratos sin publicidad en 2013

Calvo admite ahora que los procesos abiertos facilitan la concurrencia y asegura que los antepondrá este año n Justifica las subvenciones 'a dedo' en casos de interés público

30.07.2014 | 01:16

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El interventor de la Diputación ha emitido un informe en el que resume sus reparos y observaciones a la gestión de los gastos e ingresos en 2013 por parte del Gobierno provincial. El funcionario encargado de velar por la legalidad de los procedimientos administrativos reprueba el abuso de procedimientos sin publicidad, ayudas nominativas y contratos de patrocinio.
El informe, que será objeto de debate hoy en el pleno, va acompañado de otro suscrito por el presidente, Diego Calvo, que justifica los motivos que le llevaron a levantar los reparos o a desoír las observaciones del habilitado nacional. El PP incide en que la oposición votó a favor del informe en comisión. Los grupos replican que con su voto apoya el traslado de las conclusiones al Consello de Contas.
E"Numerosas subvenciones nominativas". El interventor recuerda en su informe las observaciones que hizo al presupuesto y "las que constan en las numerosas subvenciones nominativas tramitadas a lo largo del ejercicio". El funcionario insiste "en que son principios generales para la concesión de subvenciones la publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación, y que solo razones excepcionales de interés público que deben acreditarse expresamente pueden justificar su excepción". En su opinión, "en los expedientes tramitados no se han expuesto detalladamente las razones que justifiquen la excepcionalidad del procedimiento". Diego Calvo argumenta en su réplica que la concesión de ayudas nominativas es un "procedimiento previsto legalmente que siempre se ha hecho en base a "una propuesta motivada en el que se valora la singularidad del proyecto y la idoneidad de la entidad beneficiaria". "Hay fundamento de sobra para que este tipo de proyectos y actividades sean merecedoras de un trato singular, pero bien es cierto que no le corresponde a la Intervención realizar tal valoración ni entender acreditados tales extremos", concluye.
E72 reparos a negociados. El interventor advierte también del abuso del procedimiento negociado sin publicidad en 2013. "Se ha utilizado motivándose únicamente por la cuantía del mismo, sin que consten otras causas justificativas para apartarse del procedimiento abierto con publicidad, que es el que la legislación contractual califica como ordinario. Tampoco se explicitan los criterios que se deben seguir para seleccionar a las empresas a las que se les cursa invitación a participar ni los utilizados para la adjudicación del contrato a una determinada empresa". El habilitado nacional recalca que durante 2013 realizó hasta 72 reparos por este motivo. El presidente de la Diputación incide nuevamente en que los contratos negociados sin publicidad son legales -"ni siquiera se trata de un procedimiento singular o excepcional", recalca- y argumenta otra vez que su uso responde a su intención de agilizar la contratación "para satisfacer el interés público y las necesidades de la ciudadanía en el menor caso posible". Diego Calvo justifica su uso en otros casos "porque las prestaciones a realizar solo le podían ser encomendadas a determinadas empresas o instituciones por sus singulares características". Pese a las ventajas que, en su opinión, ofrecen los negociados sin publicidad, Diego Calvo admite que "después de la experiencia alcanzada, este gobierno es consciente de que el procedimiento abierto garantiza una mayor concurrencia y que, en consecuencia, pueden alcanzarse mejores condiciones". "Por eso, aún sin renunciar a la posibilidad legal de tramitar las contrataciones por el procedimiento negociado cuando así lo aconseje el interés público, en la contratación de las obras del Plan de Conservación se retornó en este año 2014 a la tramitación abierta".
E53 pagos de servicios sin contrato en vigor. El interventor reparó a lo largo de 2013 hasta 53 expedientes de facturas por "servicios prestados o suministros recibidos fuera del período de vigencia del contrato, sin que dichos contratos hayan sido prorrogados, aunque se esté tramitando un procedimiento contractual para adjudicar y formalizar un nuevo contrato". El interventor advierte aún así que al finalizar el ejercicio ya se había formalizado el contrato con los correspondientes proveedores. Diego Calvo matiza que se trata en todos los casos de facturas correspondientes a períodos "entre la finalización de un contrato y la formalización del siguiente", "de escasísima relevancia en el gasto corriente" y que achaca a errores en la planificación de las unidades gestoras. "En todos los casos se trata de servicios efectivamente prestados", recalca.
EUn límite a los contratos de patrocinio. Intervención detectó que en seis contratos de patrocinio "no se ha motivado adecuadamente el precio, ni se han detallado suficientemente las prestaciones a realizar por el adjudicatario". El funcionario considera que este tipo de contrato "no es el más adecuado para satisfacer el interés público, siendo preferible un contrato de publicidad donde se concreten las contraprestaciones del adjudicatario y se acredite la adecuación del contrato a las condiciones del mercado". Diego Calvo no coincide con el funcionario en este punto. El presidente de la Diputación considera que "no se puede compartir el criterio de Intervención" dada la "importante repercusión mediática" de estos acuerdos de patrocinio "que ayudan a dar a conocer el patrimonio natural, histórico y artístico así como la acción de la Diputación en determinados sectores estratégicos para la economía provincial". Calvo pone como ejemplo el contrato de la Vuelta Ciclista a España de 2013.


EFraccionamiento de contrato. El informe del funcionario apela también al fraccionamiento de contrato "para eludir los requisitos de publicidad y concurrencia". También censura un contrato verbal. Calvo incide en que se trata de reparos de "muy escasa relevancia".

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

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