APROBADO EL PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE CONTROL DE LA DEUDA COMERCIAL EN EL SECTOR PÚBLICO
- Se reforma la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera para equiparar el principio de sostenibilidad financiera con el de sostenibilidad de la deuda comercial.
- Se obliga a todas las administraciones y organismos dependientes a publicar su período medio de pagos. Si supera en más de treinta días el plazo máximo de la normativa de morosidad, pondrá en marcha un sistema progresivo de medidas, que podrán llegar a la retención de recursos de la financiación que reciben del Estado.
- Se elimina el stock de deuda comercial acumulada, lo que permite poner a cero las facturas pendientes y que las Administraciones puedan cumplir con la ley.
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las
Cortes Generales del Proyecto de Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial
en el Sector Público, que tiene como objetivos erradicar la morosidad de las
Administraciones, controlar y reducir su deuda comercial, suministrar liquidez a
las empresas mediante la reducción del período medio de pago e incrementar la
transparencia y eficiencia en las Administraciones Públicas. Para su tramitación
parlamentaria se ha solicitado el procedimiento de urgencia.
Para ello, se reforma la Ley Orgánica de Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera con el propósito de equiparar el
cumplimiento del principio de sostenibilidad financiera con el de sostenibilidad
de la deuda comercial. En los últimos años se ha demostrado que el incremento de
la deuda comercial acaba por poner en riesgo la sostenibilidad financiera de las
Administraciones Públicas al comprometer recursos futuros y lastrar el
crecimiento económico.
El Proyecto de Ley establece que existe sostenibilidad de
la deuda comercial cuando el período medio de pago no supere el plazo máximo
previsto en la normativa sobre morosidad, fijado en treinta días por la
legislación comunitaria.
Transparencia en el pago a proveedores
La Ley, que forma parte de los compromisos de la Comisión
para la Reforma de las Administraciones (CORA) y transpone una Directiva Europea
a nuestro ordenamiento jurídico, obliga a todas las Administraciones Públicas a
publicar el período medio de pago (PMP) a sus proveedores a partir del mes
siguiente de su entrada en vigor.
Para ello, las Administraciones Públicas dispondrán de un
Plan de Tesorería con la previsión de pago a proveedores que garantice el pago a
treinta días. Por su parte, el Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas hará un seguimiento del cumplimiento de los períodos medios de
pago.
Sistema automático de control
El incumplimiento del período medio de pago pondrá en
marcha un sistema automático y progresivo de medidas de control. Si el período
medio de pago supera los treinta días, deberá incluir en la actualización de su
Plan de Tesorería inmediatamente posterior el importe de los recursos que va a
dedicar mensualmente al pago de proveedores para reducir la mora a treinta días,
así como el compromiso de adoptar medidas para generar la tesorería necesaria
para cumplir con el plazo legal.
Cuando el período medio de pago de las Comunidades
Autónomas supere en más de treinta días el plazo legal (sesenta días) durante
dos meses consecutivos desde la actualización de su plan de tesorería, se
pondrán en marcha las siguientes medidas automáticas de:
- Prevención: El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas comunicará el importe que mensualmente deberá dedicar a pagar proveedores, así como las medidas cuantificadas a adoptar para generar la tesorería necesaria para reducir los plazos de pago,
- Corrección: La Comunidad Autónoma adoptará un acuerdo de no disponibilidad por la misma cuantía. Todas las operaciones de endeudamiento a largo plazo precisarán de autorización del Estado y la Comunidad Autónoma deberá incluir nuevas medidas en su plan de tesorería para cumplir el plazo máximo de pago de treinta días.
Si estas medidas no consiguen reconducir su período medio
de pago en dos meses, el Ministerio de Hacienda iniciará el procedimiento de
retención de los importes a satisfacer por los recursos de los regímenes de
financiación y pagará directamente a los proveedores de las Comunidades
Autónomas.
- Coercitivas: Las previstas en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que dejarán de aplicarse cuando la Comunidad Autónoma cumpla durante seis meses consecutivos con el plazo de pago a treinta días.
A partir de la aplicación de las medidas de corrección
anteriores, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas podrá
determinar el acceso obligatorio de las Comunidades Autónomas en los mecanismos
adicionales de financiación vigentes.
Para las Entidades Locales que superen el plazo legal de
pago en más de dos meses (sesenta días), y pertenezcan al modelo de cesión de
tributos, se establecerán medidas de reducción de gasto o incremento de ingresos
destinadas a reducir el período de pago.
Erradicar la morosidad comercial
La Ley forma parte de un Plan integral de erradicación de
la morosidad en el Sector Público, que se completa con la implantación de la
factura electrónica y la creación de un registro contable en el sector público,
que tendrá un efecto positivo en la economía española, ya que al mejorar el
control contable de las facturas se contribuirá a eliminar la morosidad de las
empresas proveedoras de las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales, lo
que les facilitará liquidez para continuar con su actividad empresarial.
Simultáneamente, se ha puesto en marcha una última fase del
mecanismo de pago a proveedorespara eliminar el stock de deuda comercial
acumulada y poner así a cero el contador de facturas pendientes y que las
Administraciones puedan cumplir con la ley y las nuevas reformas estructurales
que se han puesto en marcha para erradicar la morosidad.
El Plan para erradicar la morosidad contiene un conjunto de
reformas coyunturales y estructurales que contribuirá al mejor cumplimiento de
los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública, ya que el
incremento del período medio de pago a proveedores se traducía en un aumento de
la deuda comercial que ponía en riesgo la sostenibilidad financiera de las
Administraciones Públicas, así como evitará que haya lo que se ha denominado
facturas ocultas en los cajones.
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