INICIATIVAS COSITAL ANTE MINHAP DESARROLLO REGLAMENTARIO DEL CONTROL INTERNO Y OBLIGACIONES DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN.
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Se ha recibido contestación de la Secretaria General de Coordinación Autonómica y local, a las varias cartas remitidas por COSITAL, sobre la necesidad de racionalizar las obligaciones de suministro de información y ofreciendo nuestra colaboración para el desarrollo normativo de las materias que nos afectan a los habilitados.
Queremos resaltar que se manifiesta una valoración muy positiva de todas nuestras iniciativas, enmarcadas dentro de la necesaria colaboración que debe existir entre ambas instituciones.
Sobre una de las materias que más nos afectan, el desarrollo reglamentario del control interno, se nos informa expresamente que la IGAE, cuando inicie los trabajos, contará con la participación de COSITAL.
En relación a nuestra petición de participar en la redacción de los proyectos normativos que afectan a las obligaciones de suministro de información por parte de las entidades locales, se nos anuncia que se está trabajando en la modificación de la Orden Ministerial 2105/2012 para adaptarla a las novedades introducidas en la LOEPSF, y que en cuanto se disponga de un texto definitivo, previo informe de la CNAL, se recabará la necesaria valoración de COSITAL al respecto.
Sobre la operatividad de las aplicaciones informáticas para remisión de formularios, la Secretaría General manifiesta que es sensible y consciente de los problemas a los que se enfrentan las entidades locales y, en consecuencia, la plataforma para la recepción de lasliquidaciones de presupuestos se mantendrá accesible pasado el 23 de mayo, si bien aparecerá un mensaje indicando que se ha presentado fuera de plazo, y, en relación con lainformación de los trimestres segundo y tercero, los formularios serán idénticos a los recogidos en la ejecución del primer trimestre. Además, sobre la carga masiva de datos directamente de las aplicaciones informáticas de contabilidad, en la actualidad ya se ofrecen funcionalidades de carga masiva en algunos de los formularios de las aplicaciones de captura de presupuestos, liquidaciones y ejecuciones trimestrales de EELL y sigue trabajando la Secretaría General en ampliar dichas funcionalidades a un número cada vez mayor de formularios.
Así mismo, se intentará atender nuestra solicitud de establecer un plazo no inferior al mes para la remisión de la información a suministrar, una vez se habiliten las plataformas, aunque los plazos vienen supeditados a lo establecido en la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, y a los requerimientos de información por parte de las instituciones comunitarias.
Respecto a una de nuestras reivindicaciones más reiteradas desde que apareció la citada Orden Ministerial, la exención del envío de información a las Entidades Locales con población inferior a 5.000 habitantes, es objetivo de Secretaría General introducirla en la citada modificación de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre.
LA COMISIÓN EJECUTIVA
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