6. TESORERÍA
Situación actual
Se ha constatado que existe un ámbito importante de actuación en
relación con los gastos-ingresos derivados de la gestión de la Tesorería
de los organismos públicos, en la medida en que una gestión adecuada de los
fondos de Tesorería administrados por los diferentes organismos y entidades
públicas puede dar lugar tanto a una reducción de gastos como, fundamentalmente,
a una optimización de los ingresos, a través de la centralización de cobros y
pagos, la gestión unificada de los fondos de Tesorería, la mejora de la gestión
recaudatoria, etc., lo cual tiene especial trascendencia dadas las necesidades
de tesorería de las AA.PP.
Se han llevado a cabo fundamentalmente las siguientes actuaciones:
— Consulta con los organismos más directamente afectados por
las medidas.
— Solicitud de documentación para su análisis posterior (por
parte de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera).
Respecto al ámbito de actuación, en principio, la actuación se ha
circunscrito al sector público estatal, definido de acuerdo con el
artículo 2.1 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria.
No obstante, con posterioridad, algunas de las medidas podrían ser
trasladadas a las CC.AA.
Propuestas
Los ámbitos de actuación identificados son los siguientes:
1.ª CENTRALIZACIÓN DEL PAGO DE NÓMINAS
El pago de las nóminas del personal activo de la AGE se encuentra
regulado por el Decreto 680/1974, de 28 de febrero, que establece el pago
a través de la cuenta de la habilitación correspondiente. Las habilitaciones
mantienen sus cuentas en la banca privada. El artículo 3.dos establece la
transferencia de
los importes correspondientes a cada cuenta con cinco días de
antelación al vencimiento.
El pago podría realizarse mediante el procedimiento de «pagos
masivos» (Resolución de 30 de abril, conjunta de la Intervención General de la
Administración del Estado y la Dirección General del Tesoro y Política
Financiera) que actualmente se utiliza para pagos como becas,
renta de emancipación, etc. Este procedimiento utiliza también un cajero
intermedio, pero éste es único, la cuenta está situada en el Banco de España
(BdE)
y su gestión corresponde a la propia Secretaría General del Tesoro
y Política Financiera (SGTyPF).
La utilización de este procedimiento evitaría la salida de fondos
desde el Tesoro a las cuentas de las habilitaciones, lo que podría suponer
un ahorro de 6 millones de euros, valorado como la diferencia entre el coste en
la emisión y la rentabilidad obtenida en las subastas de liquidez del Tesoro
(«carry») y la reducción de los costes de gestión como consecuencia del cierre
de 132 cuentas en la banca privada.
2.ª CENTRALIZACIÓN DE LAS CUENTAS DE TESORERÍA
La Secretaría General del Tesoro y Política Financiera tiene
identificadas un total de 4.823 cuentas pertenecientes a órganos de la AGE
y organismos autónomos y Agencias dependientes de la misma, de las cuales
se encuentran en el Banco de España 423 y, fuera del Banco de España, 3.163
domiciliadas
en España y 1.237 fuera de España.
Además, a fecha de 30 de octubre de 2012, se ha detectado un saldo
global importante de cuentas situadas fuera del Banco de España cuya
autorización corresponde a la Secretaría General del Tesoro y Política
Financiera, lo que junto con la dispersión de las cuentas, plantea dos
problemas: la inexistencia
de información regular suficiente sobre las mismas y la ineficiente
gestión de los saldos.
Se proponen las siguientes actuaciones:
a) Realizar un mapa de situación, que permita conocer la realidad
exacta de las cuentas de Tesorería de la AGE y del resto del sector
público estatal.
b) Centralizar las cuentas de Tesorería de la AGE y del resto de
entidades del sector público estatal, concentrando la contratación en una
selección de 2-3 entidades bancarias.
c) Conformación de la posición del Tesoro Público con las cuentas
situadas tanto en el Banco de España como en estas 2-3 entidades.
d) Mejora de la información existente sobre la gestión de la
Tesorería por parte de los órganos y entidades mediante una normalización y
estandarización de la información relativa a las cuentas corrientes,
pudiendo acudirse para ello a la Intervención, en el caso de los organismos que
cuentan con Intervención Delegada, o al suministro de información contable en
otro caso.
e) Realización de las modificaciones normativas precisas para la
realización de las anteriores actuaciones.
5 EVITAR LA ACUMULACIÓN DE EXCEDENTES DE TESORERÍA DE LAS
ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO ESTATAL
Esta medida pretende modificar la normativa de las entidades del
sector público estatal que mantengan saldos tesoreros excedentes con el fin
de que periódicamente se ingresen en el Tesoro aquellos ingresos propios
que excedan sus necesidades financieras. Con ello, además del efecto positivo
que el ingreso de estos saldos supone para el Tesoro, se elimina el
incentivo perverso que el mantenimiento de estos saldos supone en la
medida en que esta circunstancia incita a elevar el presupuesto de gasto en
consonancia con
las disponibilidades líquidas, en vez de mantenerlo ajustado a sus
necesidades de gestión.
En un reciente informe del Tribunal de Cuentas (abril 2013), sobre
la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2010 se insta al
Gobierno a evitar los actuales elevados excedentes de Tesorería y a su
utilización preferente en la elaboración de los presupuestos por parte de los
organismos autónomos estatales.
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