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lunes, 23 de septiembre de 2013

AMPLIACION DE LOS SUPUESTOS DE MALVERSACION DE FONDOS PUBLICOS

APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL CÓDIGO PENAL
 

  • Facilita la persecución de los corruptos y realiza una revisión completa del sistema penal para dar respuesta a las nuevas formas de delincuencia y a la multirreincidencia.
  • La regulación de los delitos económicos se actualiza para evitar la impunidad de ciertas conductas. El comiso es ampliado para aumentar la posibilidad de recuperar activos ilícitos.
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de reforma del Código Penal. Se trata de la reforma más profunda de las realizadas hasta ahora, al incluir una revisión del sistema penal para dar respuesta a las nuevas formas de delincuencia, a la multirreincidencia y a los delitos más graves. El texto se adecúa, además, a las conductas delictivas del siglo XXI a través de una revisión técnica de un número importante de delitos, entre los que sobresalen aquellos previstos para castigar la corrupción. Gracias a su nueva redacción se conseguirá el castigo de conductas que hasta ahora quedaban impunes.
La adecuación a las conductas delictivas queda especialmente plasmada en la nueva redacción de los delitos de corrupción. En los delitos de administración desleal y malversación, por ejemplo, ya no será necesario acreditar el enriquecimiento ilícito del administrador o funcionario que falte al deber que tiene encomendado si, entre otros supuestos, se acredita que ha firmado contratos por un precio desorbitado o por servicios no prestados.

PRINCIPALES NOVEDADES en Delitos económicos.

Donde el Código Penal ha sufrido una mayor transformación es en los delitos previstos para combatir la corrupción. El texto vigente tipificaba la administración desleal como un delito societario, cuando en realidad es un delito patrimonial del que puede ser víctima cualquier persona. Con la reforma, el tipo penal castigará los actos de gestión desleal cometidos mediante abuso o deslealtad por quien administra el patrimonio de un tercero y le causa un perjuicio o crea una situación de peligro de pérdida del mismo. Así se castigarán los contratos para prestación de servicios no útiles, los firmados sin que exista contraprestación y los realizados a un precio superior.
De la administración desleal se separan los delitos de apropiación indebida, aunque tendrán la misma pena cuando se trate de un supuesto de apropiación con quebrantamiento de la relación de confianza con el propietario. La malversación constituye una modalidad de administración desleal que históricamente se refería, básicamente, a sustracción de fondos públicos y en mucha menor medida a la desviación del destino de los mismos. La reforma, en línea con la Ley de Transparencia, amplía los supuestos por los que se puede castigar la gestión desleal con perjuicio para el patrimonio público.
Con el nuevo texto se tipifican como malversación todos los supuestos de gestión desleal del patrimonio público: contrataciones a precios superiores a los reales, celebración de contratos sin prestación, utilización del patrimonio público para fines privados... De esta forma la persecución de estas conductas será más eficaz, ya que no será preciso acreditar un enriquecimiento, sino que bastará con probar que ha existido una conducta desleal patrimonial.
El Proyecto de Ley amplía la responsabilidad de las personas jurídicas a las sociedades mercantiles públicas y prevé, además, la sanción de los directivos de las entidades en las que se cometan delitos por falta de adopción de medidas de prevención.
Se revisan los delitos de insolvencia punible para separar las conductas de obstaculización o frustración de la ejecución de aquellas de insolvencia o concurso punible. Con los primeros, entre los que se incluye el alzamiento de bienes, se agilizará, aumentará y dotará de mayor efectividad a la ejecución, lo que reforzará la protección de los acreedores.
Con los delitos de concurso punible se trata de facilitar una respuesta penal frente a las actuaciones que ponen en peligro ilícitamente los intereses de los acreedores. Es decir, para perseguir las utilizadas para despatrimonializar las empresas que se encuentran en situación de insolvencia inminente o aquellas con las que se oculta el patrimonio de la entidad para ponerlo fuera del alcance de los acreedores.
También se castiga con este tipo a los que son directamente causantes de la situación de concurso de una entidad. La reforma incorpora, además, la posibilidad de que los administradores concursales puedan ser condenados por malversación y cohecho, con lo que se mejora la protección de la masa del concurso.

martes, 30 de julio de 2013

El gobierno vasco fusionará sociedades y reducirá su gasto corriente

Día 30/07/2013 - 14.58h

El sector público de la región tendrá un 26% menos de entidades, un 20% menos de directivos y un 21 % menos de gastos de funcionamiento


El gobierno vasco fusionará sociedades y reducirá su gasto corriente
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El Gobierno Vasco va a reducir en un 26 % sus sociedades públicas y en un 21 % sus gastos de funcionamiento, reformas que se suman a la disminución ya ejecutada en un 20 % de sus departamentos y de sus altos cargos. Estos cambios se recogen en la «Estrategia para el redeminsionamiento y racionalización del sector público del País Vasco», aprobada este martes 30 por el Consejo de Gobierno.
El lehendakari, Iñigo Urkullu (PNV), ha sido el encargado de presentar el «nuevo mapa del sector público vasco», en una comparecencia de prensa en la que ha explicado que Euskadi tendrá una Administración más reducida, pero pretende mantener la calidad de los servicios públicos «gracias a una gestión más moderna y eficiente».

El Gobierno Vasco cifra en un 26 % la reducción del número total de entidades públicas. Así, se pasa de 192 a 142, con lo que el nuevo mapa tendrá 50 menos que en anteriores legislaturas.

El Gobierno Vasco reducirá un 21% los gastos de funcionamiento del sector público. Urkullu anuncia que al final de la legislatura, en 2016, habrá un 26% menos de entidades públicas


El Gobierno Vasco reducirá un 21% los gastos de funcionamiento del sector público

Urkullu anuncia que al final de la legislatura, en 2016, habrá un 26% menos de entidades públicas. 30.07.13 - 12:52 - MIGUEL VILLAMERIEL | SAN SEBASTIÁN

 El Gobierno Vasco ha aprobado hoy su plan para redimensionar el sector público vasco, que contempla la reducción de un 26% de las entidades públicas hasta el final de la legislatura, lo que se traducirá en un ajuste del 21% en gasto corriente, un porcentaje que supone 235 millones menos al año.

El lehendakari, Iñigo Urkullu, ha dado a conocer estos datos en la rueda de prensa posterior al último Consejo de Gobierno anterior a las vacaciones de verano. Urkullu ha valorado que con esta estrategia el Gobierno Vasco cumple un «compromiso» que contrajo con la sociedad vasca desde las elecciones autonómicas y ha destacado que es «la primera vez que un Gobierno presenta de 'motu proprio' un plan de redimensionamiento de sus estructuras».

 Urkullu ha precisado que está previsto reducir en un 26% el número total de entidades públicas, que pasarán de 192 a 142, lo que supone 50 menos. Otro objetivo del plan es «adelgazar» los puestos directivos en un 20%. En la actualidad, se contabilizan un total de 239 personas en la estructura directiva y se reducirán a 192.

Asimismo, el lehendakari ha precisado que las aportaciones del Gobierno Vasco para el gasto corriente se verán reducidas en 235 millones respecto al gasto actual, lo que supone una reducción desde los 1.119 millones del pasado año hasta los 884 millones actuales, que es un ajuste del 21% en gasto corriente. «235 millones menos de gasto público comparativamente», ha añadido. Urkullu ha asegurado que este «severo ajuste» no supondrá una «merma» en los servicios públicos ni en el empleo.

martes, 16 de julio de 2013

Proyecto de Ley de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público

Proyecto de Ley de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público

La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.

(121) Proyecto de Ley. Autor: Gobierno.
Proyecto de Ley de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el
Sector Público.
Acuerdo:

Encomendar su aprobación con competencia legislativa plena, conforme al artículo 148 del Reglamento, a la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas. Asimismo, publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, estableciendo plazo de enmiendas, por un período de quince días hábiles, que finaliza el día 18 de septiembre de 2013.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de julio de 2013.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.

PRIMERA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


TESORERIA: CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL f

Para poder visualizar el vídeo con las dos ponencias es necesario registrarse previamente en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/6233403354742469634

(hacer click en este enlace para ver el video)

La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

SEGUNDA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


La Planificación de Tesorería y su relación con la Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera 

Para poder visualizar el vídeo con la ponencia de José M. Farfán Pérez es necesario registrarse previamente en este enlace en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/3190806191221010178

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


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Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

La expresión « gestión financiera » hace referencia de forma genérica al “dinero” en sus diversas modalidades. Si a esta primera idea aproximativa se añade la de que es prácticamente el único medio de utilizar los recursos futuros en el presente a través del crédito, se habrán configurado los rasgos fundamentales de esta gestión, al menos desde el punto de vista del responsable financiero de una empresa o entidad pública.


La gestión financiera en un sentido amplio constituye todos los recursos financieros, tanto los provenientes del ciclo de cobro y pagos (tesorería), como los necesarios en el proceso de inversión-financiación (operaciones activas-pasivas). Por ello a la Tesorería Municipal le corresponden todos los recursos financieros, sean fondos valores o créditos de un Municipio. 

En el sector público, esa anticipación de recursos se justifica por el hecho de que no solamente se trata de mejorar el presente sino de preparar el futuro.


  • 4,99 €
  • Disponible en iPad y Mac.
  • Categoría: Finanzas
  • Publicación: 25/11/2013
  • Editorial: JOSE MANUEL FARFÁN PÉREZ
  • Páginas impresas: 138 páginas
  • Idioma: Español
  • Versión: 1.0
  • Requisitos: Para ver este libro, debes tener un iPad con iBooks 3 (o posterior) y iOS 5.1 (o posterior), o un Mac con iBooks 1.0 (o posterior) y OS X 10.9 (o posterior).