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lunes, 23 de junio de 2014

Cuentas en Twitter de COSITAL, Cosital Granada, Cosital Almería, Cosital Network, Revista Cunal, Colegio de Secretarios, Interventores, y Tesoreros de Administración Local, Consejo General

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Información sobre noticias relacionadas con los Colegios de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local
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jueves, 30 de enero de 2014

Oposiciones a Grupo A1: Interventores-Tesoreros de la Administración Local

Catálogo CEF.- On-line 2014

Descripción y requisitos de las oposiciones a Interventores-Tesoreros de la Administración Local

Cuerpo adscrito al Ministerio de las Administraciones Públicas (actualmente de Hacienda y Administraciones Públicas) de competencias de las distintas Comunidades Autónomas. Estos funcionarios tienen fundamentalmente acceso a dos tipos de destino:
  • Destino como INTERVENTOR; sus funciones principales son el control y la fiscalización de la legalidad de los gastos, así como de los ingresos públicos y la llevanza de la contabilidad.
  • Destino como TESORERO; tiene como cometidos fundamentales el manejo y custodia de los fondos municipales. Es el Jefe de la Unidad de Recaudación. Se puede optar voluntariamente por desempeñar uno u otro puesto de trabajo. Las retribuciones varían de un Ayuntamiento a otro, si bien de entrada suelen estar en torno a 54.000 € (bruto anual).
Como requisito académico es indispensable ser Licenciado en Derecho, Ciencias Políticas y de la Administración, Sociología, Administración y Dirección de Empresas, Economía, Ciencias Actuariales y Financieras o título de grado correspondiente.

Programa

Aprobado en el BOE de 25 de febrero de 2008 

PROGRAMA MÍNIMO
  • Derecho Constitucional, Comunidades Europeas, Derecho Administrativo, Gerencia Pública, Administración Local, Derecho Urbanístico, Derecho Financiero y Derecho Mercantil (90 temas).

Ejercicios

La mitad de las plazas ofertadas se hará por el sistema de oposición, que deberá constar como mínimo de tres pruebas, dos de ellas de carácter teórico, que versarán sobre el contenido del programa y tendrán por objeto la demostración de los conocimientos específicos de las funciones a desarrollar, y una de carácter eminentemente práctico, que permita comprobar la capacidad de análisis y la aplicaciónrazonada de conocimientos teóricos, que se determinarán en todos los supuestos de acuerdo con las funciones reservadas a dicha subescala.
Para el resto de plazas ofertadas, el ingreso se efectuará por el sistema de concurso-oposición desde la subescala de Secretaría-Intervención, que deberá constar como mínimo de dos pruebas, una teórica y una práctica.
El número total de temas exigidos no podrá ser inferior a 120 temas y podrá ser completado por la Comunidad Autónoma que convoque las pruebas selectivas.
Las Comunidades Autónomas establecerán sobre estos mínimos las bases que regirán las diferentes convocatorias.

Resultados de nuestros alumnos

 
Convocatoria 2006
Convocatoria 2007
Instancias Presentadas
Aprobados Totales
Instancias Presentadas
Aprobados Totales
Totales
(100%)
Alumnos
CEF
%
CEF
Totales
(100%)
Alumnos
CEF
%
CEF
Totales
(100%)
Alumnos
CEF
%
CEF
Totales
(100%)
Alumnos
CEF
%
CEF
737
21229803746
En 2007 no hubo convocatoria

Sistema de enseñanza

PREPARACIÓN PRESENCIAL 

Nuestra preparación abarca todos los ejercicios de la Oposición. Se imparten en horarios de mañana, tarde y exclusivamente fines de semana (viernes o sábado). Se inician grupos en los meses de septiembre/octubre enero/febrero.

Para optimizar el rendimiento en la preparación de la oposición, los grupos se forman atendiendo al nivel de conocimientos de los alumnos.

Se asigna a cada alumno su preparador, de forma personal e individualizada ,que hará las funciones de tutor y recibirá información de los profesores de los otros ejercicios. La preparación de Contabilidad Pública se realizará en viernes. 
PREPARACIÓN ON LINE

La formación se desarrolla en un Campus Virtual siempre a su disposición. Los alumnos están organizados en Aulas Virtuales, como si de grupos de presencia se tratara. A través del Campus el alumno recibe periódicamente la documentación, la orientación y el seguimiento del profesor en la preparación del ejercicio práctico de Contabiliadad pública, privada y Opereraciones financieras. Esta preparación es muy recomendable también para quien accede por el turno de promoción interna.
La documentación, estructurada en Unidades Didácticas, ofrece al alumno una introducción de cada tema, explicación de los conceptos más complejos, orientación de los distintos ejercicios, legislación a aplicar, test y preguntas teórico-practicas por tema, supuestos prácticos, controles y exámenes globales. En este entorno próximo, los profesores juegan un papel proactivo en la preparación del alumno, siendo la figura que dinamiza, provoca y estimula al alumno.
Además de nuestro servicio de actualización de temarios existente en la RED, hemos creado un servicio de información sobre las Novedades Legislativas para los suscriptores de actualizaciones de esta oposición. Pensamos que es bastante útil para el opositor porque le permite estar al día sobre la publicación de normas que afecten a su programa.
También se le ofrece al alumno la posibilidad de preparar los ejercicios orales a través de Skype, sistema que permite al preparador obtener una valoración real de la prueba y hacer un seguimiento continuo del alumno.
El alumno tiene la posibilidad de incorporarse en cualquier momento.

Próximos grupos

PREPARACIÓN PRESENCIAL
Comienzan grupos nuevos en FEBRERO de 2014, en varios horarios:
Sede
Fecha
Horario
Madrid14 de febreroMañanas [(martes y viernes) Se completará con viernes tarde]
Madrid
13 de febrero
Tardes [(martes y jueves) Se completará con viernes tarde]
Madrid
15 de febrero
Sábados mañana y viernes tarde (oral)
Valencia
19 de febrero
Miércoles (Oral) y jueves
Barcelona
Posibilidad de incorporación
Tardes (miércoles y viernes)
Posibilidad de incorporación a los distintos grupos. Los interesados pueden dirigirse personalmente o por teléfono a nuestros distintos centros.
(ABIERTO EL PLAZO DE MATRÍCULA)

Temario


Precio
MATERIAS COMUNES
157,70 €
CATALUNYA. TEMARIO ESPECÍFICO (37 TEMAS)
72,12 €
Los precios de los temarios no incluyen el IVA.

Honorarios


Precio
PREPARACIÓN PRESENCIAL
Matrícula (primer mes) 40€
280 €/mes
(*) CLASES ON LINE(12 mensualidades de)
190 €/mes
(*) CLASES ON LINE + PREPARACIÓN ORAL
(12 mensualidades de)
280 €/mes
En estos importes no se incluyen los temarios.
(*) Tras los 12 primeros meses se continuará con todos los derechos a consultas y se recibirán periódicamente simulacros de examen abonando cada trimestre 60 €.

Convocatorias anteriores

15-06-93 ..... 150 Plazas 
05-01-96 ..... 70 Plazas 
14-01-98 ..... 125 Plazas 
14-12-98 ..... 100 Plazas 
14-12-99 ..... 100 Plazas 
08-01-01 ..... 100 Plazas 
24-09-02 ..... 75 Plazas 
03-06-03 ..... 50 Plazas 
29-05-04 ..... 100 Plazas 
15-10-05 ..... 125 Plazas
13-11-06 ..... 150 Plazas

Convocatoria actual

Están pendientes las diferentes convocatorias en las distintas Comunidades Autónomas.
CATALUNYA:
Se publica el Acuerdo GOV/154/2013, de 12 de noviembre (DOGC de 14 de noviembre), por el que se aprueba la oferta de ocupación pública parcial para el año 2013 de112 plazas de la escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal.
Se publica la Orden GRI/307/2013, de 2 de diciembre (DOGC de 9 de diciembre), por la que se convoca el proceso selectivo de 30 plazas [15 plazas de Acceso Libre y15 plazas de Promoción Interna (2 plazas para personas con discapacidad)].
Se publica la Resolución de 13 de diciembre de 2013 (BOE de 8 de enero de 2014) por la que se convocan 30 plazas [15 plazas de Acceso Libre y 15 plazas de Promoción Interna (2 plazas para personas con discapacidad)].
El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales a contar del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
GENERALITAT VALENCIANA:
Se publica el Decreto 140/2010, de 17 de septiembre (DOGV de 21 de septiembre), por el que se aprueban 18 plazas correspondientes a la Oferta de Empleo Público del año 2010.
ARAGÓN:
Se publican la Orden de 20 de noviembre de 2013, en el BOA (Boletín de Aragón) de 3 de diciembre de 2013, por la que convocan 6 plazas para Intervención-Tesorería.
Se publica la Resolución de 4 de diciembre de 2013 (BOE de 17 de diciembre), por la que se publica la convocatoria de 6 plazas (3 de Turno libre y otras 3 de Promoción interna). Del total de plazas ofertadas, 1 queda reservada para ser cubierta por persona con discapacidad.
La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
REGIÓN DE MURCIA:
Se publica la Resolución de 13 de diciembre de 2013 (BOE de 24 de diciembre) por la que se convocan 6 plazas [3 de Turno libre (pulse aquí) 3 de Promoción interna (pulse aquí)] a la subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada, de la Escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal, efectuada por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

lunes, 16 de diciembre de 2013

Secretarios e interventores municipales participan en un curso sobre la ley de estabilidad presupuestaria, Gestión de Tesorería Municipal

curso secretarios

Secretarios e interventores municipales participan en un curso sobre la ley de estabilidad presupuestaria

Planes económico-financieros, planes de tesorería, planes de ajuste, forman parte ya de la gestión diaria de las finanzas municipales por las obligaciones que impone la ley de estabilidad presupuestaria


Alrededor de 40 secretarios e interventores de municipios de La Rioja han asistido al “Curso de Aplicación de la Ley de Sostenibilidad y Equilibrio Presupuestario”, organizado por la Dirección General de Política Local y la Federación de Municipios e impartido por profesionales de la plataforma EsPúblico en la ERAP con el objetivo de profundizar en la nueva normativa en materia de control económico de las finanzas locales.

El curso ha sido abierto por la Consejera de Administración Pública y Hacienda,Concepción Arruga, el Director General de Política Local, José Miguel Crespo, y el Presidente de la Federación Riojana de Municipios, Roberto Varona, quienes han destacado la oportunidad del curso.

Las nuevas normativas derivadas de la ley de estabilidad presupuestaria establecen una línea clara de exigencia de rigor en el control de los recursos públicos y articulan diferentes medidas para los ayuntamientos, desde preventivas hasta correctivas o coercitivas.

Entre otras cuestiones, el curso ha abordado la figura del endeudamiento como mecanismo de financiación del gasto público bajo los parámetros de la estabilidad, equilibrio y prudencia presupuestaria.

La ley de estabilidad presupuestaria obliga a secretarios e interventores municipales a remitir informes de intervención (mensuales, trimestrales, anuales) sobre diferentes aspectos de la realidad económica de los ayuntamientos, lo que exige no sólo una adecuada planificación económica sino una importante carga de trabajo por la elaboración de planes de ajuste, planes económico-financierosplanes de tesorería, etc.

viernes, 13 de diciembre de 2013

La Junta de Andalucía convoca 78 plazas de secretarios e interventores de ayuntamientos, Cosital

La Junta convoca 78 plazas de secretarios e interventores de ayuntamientos

La Junta convoca 78 plazas de secretarios e interventores de ayuntamientos

Publicado el 19/11/2013 La Junta convoca 78 plazas de secretarios e interventores de ayuntamientos. La oferta aprobada podría ser la última que convoque Andalucía si sale adelante el proyecto de la ley estatal de reforma de la Administración local. 19/11/2013 El Consejo de Gobierno ha aprobado la convocatoria de 78 plazas de secretarios e interventores de ayuntamientos.

Se trata de la cuarta oferta de empleo público que la Junta realiza para estos funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter estatal, tras las competencias otorgadas en 2007 por la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. La convocatoria de las pruebas selectivas se realizará, mediante una orden de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, antes del 31 de diciembre, de acuerdo con los requisitos de títulos y programas mínimos aprobados por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

El proceso se desarrollará a través del Instituto Andaluz de Administración Pública. Del total de plazas, 39 se convocan por el sistema general de libre concurrencia para secretarios-interventores en pequeños municipios. Las otras 39, de promoción interna, corresponden a las categorías superiores de secretarios (23) e interventores-tesoreros (16). Al igual que en otros procesos selectivos, se reserva un 7% para su cobertura por personas con discapacidad, con un grado de minusvalía igual o superior al 33%. La oferta se ajusta al límite, obligada por los Presupuestos Generales del Estado para 2013, del 10% máximo de reposición de personal. De ahí que las plazas libres convocadas equivalgan a esta proporción respecto de las 392 vacantes existentes este año en Andalucía (269 de ellas correspondientes a la subescala de Intervención-Tesorería).

 Esta oferta podría ser la última que convoque la comunidad autónoma si sale adelante la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local. El proyecto de la norma, actualmente a debate en el Senado, incluye la devolución al Estado de las competencias sobre este colectivo de empleados públicos. La reforma local planteada por el Gobierno de España también pretende reforzar el papel de los interventores municipales mediante la asignación de nuevas funciones.

Sin embargo, de mantenerse las previsiones de los Presupuestos Generales del Estado para 2014, el próximo año sólo podrían convocarse cuatro plazas de Intervención-Tesorería, frente a las 269 que actualmente se necesita cubrir en la comunidad autónoma. Los funcionarios locales con habilitación estatal desarrollan fundamentalmente funciones de secretaría, asesoramiento legal, control y fiscalización de la gestión presupuestaria y económico-financiera, contabilidad, tesorería y recaudación.

jueves, 12 de diciembre de 2013

Los fiscalizadores de las cuentas de los ayuntamientos están solos ante las irregularidades, Cosital, Interventores, Javier Biosca, Fernando Urruticoechea,

El vicepresidente de la FEMP asegura que la reforma local supone "un paso atrás"

El ministro de Hacienda con el presidente y el vicepresidente de la FEMP


Los fiscalizadores de las cuentas de los ayuntamientos están solos ante las irregularidades


Los interventores de las corporaciones locales controlan la legalidad de la contabilidad de los ayuntamientos, pero no tienen un organismo superior ante el que rendir cuentas o pedir amparo
Señalan que pueden recurrir al Tribunal de Cuentas o a la Fiscalía los incumplimientos de la responsabilidad contable pero que las irregularidades de la normativa administrativa "quedan en papel mojado"Los encargados de controlar la legalidad de la contabilidad de los ayuntamientos están solos ante las irregularidades que estos cometen y se quejan de que los incumplimientos de la responsabilidad contable se pueden recurrir ante instancias superiores pero en procesos "larguísimos que quedan en poca cosa".
Los interventores son los funcionarios que se encargan de controlar la gestión económico-financiera de las corporaciones locales, es decir, vigilan la legalidad de todos los gastos e ingresos que pasan por las arcas públicas. Son funcionarios que trabajan con "plena autonomía respecto de los órganos y entidades municipales" a los que fiscalizan, segun la ley de Bases del Régimen Local, y, aunque su habilitación es de carácter estatatal, su selección queda en manos de las comunidades autónomas y, en el día a día, dependen del alcalde.
A pesar de la ardua labor que deben desarrollar los interventores, carecen de jerarquía y no tienen un órgano superior ante el que rendir cuentas o al que pedir amparo. Esto permite que muchas veces sus informes negativos, remitidos a la propia corporación local, sean ignorados. "No existe un mecanismo o es diluido para denunciar las irregularidades que detectamos en la fiscalización", expresa Javier Biosca, que forma parte del Consejo General de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local (Cosital).
Los interventores emiten informes sobre la actuación económico-financiera de las corporaciones a las que informan de sus resultados, que pueden ser negativos por no ajustarse a la responsabilidad contable o por incumplir la normativa administrativa. En los casos en que el reparo pone de manifiesto incumplimientos en la responsabilidad contable, el interventor tiene la obligación de recurrir ante el Tribunal de Cuentas o la Fiscalía. Javier Biosca señala que se trata de procedimientos "larguísimos que quedan en poca cosa". Además, denuncia que los casos en los que los informes apuntan a irregularidades respecto a la normativa administrativa "quedan en papel mojado".

Sin poder recurrir

El Tribunal de Cuentas tampoco reclama a los interventores sus informes negativos y, salvo que se trate de incumplimientos contables, los interventores no tienen a quién acudir con sus informes si los responsables municipales les ignoran, según explica Biosca. Esta misma semana los presupuestos del Ayuntamiento de Marbella -uno de los que ha tenido más condenas por corrupción de España- han salido adelante a pesar de los reparos del interventor municipal, que señaló la ausencia de la planificación de los 18 millones de euros que deben abonar en concepto de deuda con la Junta de Andalucía. 
No obstante, no existe un consenso en el seno del cuerpo de interventores respecto a la reivindicación de un cuerpo superior al que recurrir si se incumplen sus reparos. Quienes se oponen consideran que esto supondría una pérdida de autonomía. El actual interventor de Crevillente, Fernando Urruticoechea, señala que quienes temen una pérdida de autonomía "tienen miedo de perder privilegios económicos" en sus respectivos lugares de trabajo, ya que los salarios los marca el consistorio correspondiente. "No se trata de defender nuestros intereses como colectivo profesional, sino que nuestra falta de independencia provoca indenfensión de los ciudadanos", añade Urruticoechea.
La reforma de la Administración local que ha presentado el Gobierno pretende "fortalecer" la posición de los interventores, por lo que prevé que los interventores pasen a depender de nuevo de la Intervención General del Estado con el objetivo de "aumentar la independencia, profesionalidad y objetividad en el ejercicio de sus funciones de garantizar la legalidad y el control financiero y presupuestario en la gestión local". Para Biosca, esta medida es "insuficiente" porque se limita a que "el proceso de selección" vuelva a recaer sobre el Estado y no las comunidades.
Otra insuficiencia legislativa es que los informes que contienen reparos de ilegalidad con efectos suspensivos de las ejecuciones municipales (como, por ejemplo, una obra si no ha seguido con trámites obligados) deben someterse al Pleno para solventar los fallos, pero la medida, en última instancia, depende del alcalde.
"La reforma de la Administración local concreta esa obligación", afirma Biosca, que explica que existen iniciativas para mejorar la fiscalización de los municipios, como la obligación existente en la Comunidad Valenciana de poner en conocimiento de la Sindicatura de Cuentas los reparos, aunque en la práctica "no se ha hecho nada".
Uno de los ejemplos de que los avisos de los interventores son ignorados es el de Castro Urdiales, según explicó en el programa 'Salvados' de La Sexta el interventor Fernando Urruticoechea, que ha denunciado públicamente irregularidades relacionadas con el urbanismo en la localidad. Urruticoechea aseguró que uno de los alcaldes "tiró los avisos a la papelera" en su presencia. Los tres últimos alcaldes de la localidad cántabra han estado imputados por prevaricación o malversación, entre ellos el actual, Iván González, a quien el juez Luis Acayro Sánchez investiga por la aprobación de un presunto sobresueldo a dos funcionarios locales. 
Javier Biosca apunta que la experiencia con el Tribunal de Cuentas "no siempre es buena" porque "se abordan casos que no siempre son los verdaderamente importantes" y pone como ejemplo la sentencia de este organismo contra el pago de la esquela del padre del presidente de la Ciudad de Ceuta justificándolo como gastos de carácter oficial y que no contó con el reparo del interventor correspondiente.

miércoles, 20 de noviembre de 2013

La designación que cautiva Mercedes Fuertes López esPublico Las noticias sobre cese de secretarios e interventores


Autor: Mercedes Fuertes López | Fecha: 20/11/13 08:31

Acerca de Mercedes Fuertes López

Mercedes Fuertes López es Catedrática de Derecho Administrativo en la Universidad de León. Fue Letrada de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Es jurista de reconocido prestigio que ha publicado innumerables obras de referencia.

lunes, 4 de noviembre de 2013

Secretarios, interventores y tesoreros: III Congreso del Consejo Andaluz de Secretarios, Interventores y Tesoreros (Cosital Andalucía),

Diario de Sevilla

Secretarios, interventores y tesoreros

luis Enrique Flores Domínguez | Actualizado 25.10.2013 - 01:00


HOY y mañana va a celebrarse en Sevilla el III Congreso del Consejo Andaluz de Secretarios, Interventores y Tesoreros (Cosital Andalucía), que agrupa a los ocho colegios profesionales de las respectivas provincias, con más de 800 colegiados. En plena reforma del régimen local este encuentro de profesionales tan cualificados al servicio de las entidades locales debe servir para seguir aportando ideas, mostrando nuestra disposición a conseguir una administración más eficiente y, como señala el proyecto de ley de reforma, "a mejorar la toma de decisiones por los cargos electos en el ejercicio del mandato representativo".

Los antiguos cuerpos nacionales, ahora funcionarios habilitados de carácter estatal -"nacional, según la reforma"-, tienen su origen en el régimen liberal que instaura la Constitución de Cádiz, institucionalizando los cargos del secretario y del depositario en el ayuntamiento y en la diputación provincial. Así, el artículo 320 de la Constitución de 1812 dispone que "habrá un secretario en todo Ayuntamiento, elegido por éste a pluralidad de votos, y dotado de fondos del común", previsión que es criticada por Gerald Brenan, en El laberinto español, como ejemplo de burocracia excesiva, aunque el impulso definitivo y la configuración como cuerpos nacionales obedece a la obra normativa de Calvo Sotelo en la dictadura de Primo de Rivera.

Las funciones atribuidas a los funcionarios habilitados han ido evolucionando históricamente. Tras la Ley de Régimen Local de 1955 se les atribuyen una serie de funciones que los situaban como una especie de controladores del alcalde y los concejales. Así, especialmente el deber de advertencia de ilegalidad del artículo 413, que correspondía al secretario, o el deber del interventor a negarse al pago de gastos que contravinieran alguna disposición legal del artículo 344. Esta posición contribuyó a crear una imagen de los entonces cuerpos nacionales, en la que se les atribuía un peso excesivo en el funcionamiento de la actividad municipal, a veces más formal que real, que dio lugar a que con el advenimiento de la transición y los primeros gobiernos democráticos fueron mirados con un recelo extremo.

La Ley de Bases de Régimen Local de 1985 vino a definir las funciones y el estatuto jurídico de los que denomina funcionarios con habilitación de carácter nacional, en un contexto de ayuntamientos elegidos democráticamente y en municipios a los que el artículo 140 de la Constitución de 1978 garantiza su autonomía. A pesar de unas críticas iniciales por parte del colectivo, hay que admitir que la Ley fue respetuosa con la figura, reservando determinadas funciones a estos funcionarios, atribuyendo al Estado su selección, formación y habilitación y estableciendo el concurso como modo normal de provisión de los puestos de trabajo.

A partir de entonces ha habido sucesivas agresiones al sistema implantado, que han contribuido a una cierta desnaturalización del mismo. En este sentido cabe destacar la introducción de la libre designación como forma de provisión, y el libre cese por consiguiente, la regulación de los municipios de gran población en 2003 que desdibujó claramente las funciones de los habilitados, y el atentado más grave que fue el provocado por el Estatuto Básico del Empleado Público en 2007, al descentralizar las competencias para la selección en las comunidades autónomas y dejar abierto el régimen disciplinario. Las consecuencias han sido nefastas, ya que las comunidades autónomas no han efectuado convocatorias y las vacantes han ido en aumento progresivo, lo que ha propiciado que estas funciones las desarrollen funcionarios interinos o accidentales que, nunca superaron la oposición y cuya preparación en la mayoría de los casos es cuestionable, al margen de su dependencia clara y manifiesta de quien los nombra.

Ha tenido que ser la grave crisis económica, y el descontrol que se ha producido en muchas corporaciones locales, la que ha puesto otra vez la mirada en los funcionarios habilitados como garantía del cumplimiento del Derecho. De ahí que nos congratulemos por las medidas que incorpora el proyecto de reforma del régimen local, en otras cuestiones tan criticado. Apoyamos especialmente la recentralización de las competencias en el Estado, para que vuelvan a convocarse nuevas plazas, y la nueva regulación del régimen disciplinario, como garantía de la independencia, al exigir que no sea el destinatario de los informes quien tenga la potestad de sancionar.

Con esta nueva regulación esperamos que la situación de los funcionarios habilitados mejore, pero no con una perspectiva corporativista, sino para intentar ayudar al fin constitucional de la Administración pública: servir con objetividad los intereses generales. Ello intentando hacer valer el concepto que definiera el profesor Garrido Falla: la eficacia indiferente, es decir, la neutralidad política de la Administración y la neutralidad administrativa del Gobierno.

domingo, 14 de julio de 2013

Mañana viernes abre sus puertas la oficina de información a proveedores. Ayuntamiento de Cáceres

Mañana viernes abre sus puertas la oficina de información a proveedores. Ayuntamiento de Cáceres

Presenta GPPAN (MÉXICO) iniciativa a fin de profesionalizar a los tesoreros municipales

Noticias de México: Presenta GPPAN (MÉXICO) iniciativa a fin de profesionalizar a los tesoreros municipales

CONFECCIÓN DE UN CUADRO DE MANDO PARA EL DEPARTAMENTO DE TESORERÍA DE LA EXMA.. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE


CONFECCIÓN DE UN CUADRO DE MANDO PARA EL DEPARTAMENTO DE TESORERÍA DE LA EXMA.. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE


VER INFORME COMPLETO EN EL SIGUIENTE ENLACE

REMANENTE DE TESORERÍA POSITIVO AÑO 2.012 AYUNTAMIENTO DE ALBACETE

REMANENTE DE TESORERÍA POSITIVO AÑO 2.012 AYUNTAMIENTO DE ALBACETEEl Ayuntamiento de Albacete disminuye en 131 días el periodo de pago a proveedores

CARTA DE SERVICIOS DE LA TESORERÍA DEL AYUNTAMIENTO DE ALICANTE

CARTA DE SERVICIOS DE LA TESORERÍA  DEL AYUNTAMIENTO DE ALICANTE (hacer clic en el enlace para ver la presentación completa)

La Tesorería tiene a su cargo la realizaión del servicio de tesorería del Ayuntamiento de Alicante, constituida por todos los servicios financieros, sean dinero, valores o créditos del Ayuntamiento, tanto por operaciones presupuestarias como extrapresupuestaria.

La Tesorería se encuentra lozalizada en el ámbito de Hacienda, Recursos Humanos, y Contratación y Patrimonio del Ayuntamiento.

La función de Tesorería comprende el manejo y custodia de fondos, valores y efectos de la Entidad local y la Jefatura de los Servicios de recaudación, organizandose en dos departamentos: Departamento de Planificación Financiera-Caja y Departamento de Recaudación.

CARTA DE SERVICIOS DE LA TESORERÍA  DEL AYUNTAMIENTO DE ALICANTE (hacer clic en el enlace para ver la presentación completa)




sábado, 13 de julio de 2013

CURSO FORMACIÓN ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA AYUNTAMIENTOS ONDALUZ CÁDIZ

CURSO FORMACIÓN ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA AYUNTAMIENTOS ONDALUZ CÁDIZ. Publicado el 16/04/2013 Más de 80 personas, funcionarios con habilitación, personal de Intervención y Tesorería y empleados públicos de Economía y Hacienda, participan en un curso dedicado a las repercusiones de la reciente reforma sobre estabilidad presupuestaria de la administración local. Se trata de una actividad formativa organizada por el instituto Nacional de Administración Pública con la colaboración de la Diputación de Cádiz.

PLAN FINANCIERO AYUNTAMIENTO DE MARBELLA

PLAN FINANCIERO AYUNTAMIENTO DE MARBELLA

El Ayuntamiento de Albacete disminuye en 131 días el periodo de pago a proveedores

El Ayuntamiento de Albacete disminuye en 131 días el periodo de pago a proveedores. Publicado el 25/01/2013 El Ayuntamiento de Albacete reduce en un año y medio en 131 días el periodo medio de pago a proveedores, pasando de los 205, a los 74 del último trimestre del pasado año. Así lo refleja el

REMANENTE DE TESORERÍA POSITIVO AYUNTAMIENTO DE ALBACETE. PLAN DE SANEAMIENTO FINANCIERO

REMANENTE DE TESORERÍA POSITIVO AYUNTAMIENTO DE ALBACETE

INFORME DE TESORERÍA PRIMER TRIMESTRE 2.013 AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

INFORME DE TESORERÍA PRIMER TRIMESTRE 2.013 AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

INFORME DE MOROSIDAD AYUNTAMIENTO DE ALICANTE

Seva: «El Ayuntamiento de Alicante tiene dificultades de tesorería» El concejal de Hacienda habla acerca de los presupuestos municipales

viernes, 12 de julio de 2013

CÓMO HACER UN PLAN DE TESORERIA



Publicado el 22/05/2013 Patricia Espaliat presenta la clase "Plan de Tesorería" del módulo de Gestión Financiera del Master para Emprendedores de IEBS. Más información: http://www.iebschool.com/programas/ma...

PRIMERA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


TESORERIA: CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL f

Para poder visualizar el vídeo con las dos ponencias es necesario registrarse previamente en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/6233403354742469634

(hacer click en este enlace para ver el video)

La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

SEGUNDA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


La Planificación de Tesorería y su relación con la Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera 

Para poder visualizar el vídeo con la ponencia de José M. Farfán Pérez es necesario registrarse previamente en este enlace en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/3190806191221010178

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


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Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

La expresión « gestión financiera » hace referencia de forma genérica al “dinero” en sus diversas modalidades. Si a esta primera idea aproximativa se añade la de que es prácticamente el único medio de utilizar los recursos futuros en el presente a través del crédito, se habrán configurado los rasgos fundamentales de esta gestión, al menos desde el punto de vista del responsable financiero de una empresa o entidad pública.


La gestión financiera en un sentido amplio constituye todos los recursos financieros, tanto los provenientes del ciclo de cobro y pagos (tesorería), como los necesarios en el proceso de inversión-financiación (operaciones activas-pasivas). Por ello a la Tesorería Municipal le corresponden todos los recursos financieros, sean fondos valores o créditos de un Municipio. 

En el sector público, esa anticipación de recursos se justifica por el hecho de que no solamente se trata de mejorar el presente sino de preparar el futuro.


  • 4,99 €
  • Disponible en iPad y Mac.
  • Categoría: Finanzas
  • Publicación: 25/11/2013
  • Editorial: JOSE MANUEL FARFÁN PÉREZ
  • Páginas impresas: 138 páginas
  • Idioma: Español
  • Versión: 1.0
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