miércoles, 19 de marzo de 2014

FUNCIONES DE LA TESORERÍA. BORRADOR DE REGLAMENTO DE LA HABILITACIÓN NACIONAL

SE ADJUNTA BORRADOR DEL NUEVO REGLAMENTO. PODRÁ SUFRIR MODIFICACIONES.




LOS ARTÍCULOS QUE ESENCIALMENTE AFECTAN A LAS FUNCIONES DE TESORERÍA SON:

Artículo 6. La función de tesorería

La función de tesorería comprende:

1.      La titularidad y dirección del órgano que determine, en su caso, el reglamento orgánico de la entidad local para el ejercicio de las funciones de tesorería.

2.      El manejo y custodia de fondos, valores y efectos de la Entidad local, de conformidad con lo establecido en las disposiciones legales vigentes y, en particular:

a)      La realización de cuantos cobros y pagos corresponda a los fondos y valores de la Entidad, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente, el Plan de Disposición de Fondos y las directrices señaladas por la Presidencia.

b)      La organización de la custodia de fondos, valores y efectos, de conformidad con las directrices señaladas por la Presidencia.

c)      Ejecutar, conforme a las directrices marcadas por la Corporación, las consignaciones en bancos, Caja General de Depósitos y establecimientos análogos, autorizando junto con el ordenador de pagos y el interventor los cheques y demás órdenes de pago que se giren contra las cuentas abiertas en dichos establecimientos.

d)      La formación de los planes, calendarios y presupuestos de tesorería, distribuyendo en el tiempo las disponibilidades dinerarias de la Entidad para la puntual satisfacción de sus obligaciones, atendiendo a las prioridades legalmente establecidas, conforme a las directrices marcadas por la Corporación, que incluirán información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad.

3.      Elaboración de los informes que determine la normativa sobre morosidad relativos al cumplimiento de los plazos previstos legalmente para el pago de las obligaciones de cada entidad local.

4.      Elaboración y acreditación del periodo medio de pago a proveedores de la Entidad, otros datos estadísticos e indicadores de gestión, que en cumplimiento de la legislación sobre transparencia y de los objetivos de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera, gasto público y morosidad, deban ser suministrados a otras administraciones o publicados en la web u otros medios de comunicación de la entidad, siempre que se refieran a funciones propias de la tesorería.

5.      La dirección de los servicios de gestión económico-financiera de la Entidad Local.

6.      La jefatura de los servicios de Recaudación con el contenido recogido en el artículo 8.





Artículo 7. La función de contabilidad
..........................
2. La responsabilidad administrativa de las funciones contables propias de la Tesorería corresponderá a funcionarios con habilitación de carácter nacional en los supuestos en que, de acuerdo con lo establecido en el presente Real Decreto, esté reservado a los mismos la responsabilidad del conjunto de la función de Tesorería.

Artículo 8. La función de recaudación

La función de recaudación comprende la Jefatura de los servicios de Recaudación y, en su caso, la titularidad y dirección del órgano que determine el reglamento orgánico de la entidad local para el ejercicio de las funciones de recaudación.

La jefatura de los servicios de Recaudación comprende necesariamente:

a)      El impulso y dirección de los procedimientos recaudatorios, proponiendo las medidas necesarias para que la cobranza se realice dentro de los plazos legalmente establecidos.

b)      La autorización de los pliegos de cargo de valores que se entreguen a los recaudadores, agentes ejecutivos y jefes de unidades administrativas de recaudación.

c)      Dictar la providencia de apremio en los expedientes administrativos de este carácter y autorizar la subasta de bienes embargados.

d)      La tramitación de los expedientes de responsabilidad que procedan en la gestión recaudatoria.



TEXTO NUEVO REGLAMENTO

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PRIMERA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


TESORERIA: CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL f

Para poder visualizar el vídeo con las dos ponencias es necesario registrarse previamente en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/6233403354742469634

(hacer click en este enlace para ver el video)

La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

SEGUNDA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


La Planificación de Tesorería y su relación con la Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera 

Para poder visualizar el vídeo con la ponencia de José M. Farfán Pérez es necesario registrarse previamente en este enlace en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/3190806191221010178

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


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Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

La expresión « gestión financiera » hace referencia de forma genérica al “dinero” en sus diversas modalidades. Si a esta primera idea aproximativa se añade la de que es prácticamente el único medio de utilizar los recursos futuros en el presente a través del crédito, se habrán configurado los rasgos fundamentales de esta gestión, al menos desde el punto de vista del responsable financiero de una empresa o entidad pública.


La gestión financiera en un sentido amplio constituye todos los recursos financieros, tanto los provenientes del ciclo de cobro y pagos (tesorería), como los necesarios en el proceso de inversión-financiación (operaciones activas-pasivas). Por ello a la Tesorería Municipal le corresponden todos los recursos financieros, sean fondos valores o créditos de un Municipio. 

En el sector público, esa anticipación de recursos se justifica por el hecho de que no solamente se trata de mejorar el presente sino de preparar el futuro.


  • 4,99 €
  • Disponible en iPad y Mac.
  • Categoría: Finanzas
  • Publicación: 25/11/2013
  • Editorial: JOSE MANUEL FARFÁN PÉREZ
  • Páginas impresas: 138 páginas
  • Idioma: Español
  • Versión: 1.0
  • Requisitos: Para ver este libro, debes tener un iPad con iBooks 3 (o posterior) y iOS 5.1 (o posterior), o un Mac con iBooks 1.0 (o posterior) y OS X 10.9 (o posterior).