jueves, 1 de agosto de 2013

PREPARADOS, LISTOS… SEPA . Entrada en vigor definitiva el 1 de febrero de 2014. Single European Payment Area

Single European Payment Area




Single European Payment Area


PREPARADOS, LISTOS… SEPA

 Del blog DATISA Universo ERP

Mucho hemos hablado y escrito sobre los requisitos SEPA, desde que la UE anunciara su obligatoriedad y también, según sus propios argumentos, su conveniencia para las empresas que operan en cualquiera de los 27 estados miembros. Más allá de cuestionar su conveniencia o no, desde luego, en nuestra opinión, supone en algunos aspectos un paso atrás con respecto al actual modus operandi español, lo cierto es que, a día de hoy, la cercanía de su entrada en vigor definitiva el 1 de febrero de 2014, está obligando a las empresas y bancos a revisar sus sistemas de gestión de pagos y cobros, ya que incluye importantes novedades respecto a la operativa actual.

La SEPA (Single European Payment Area) se gestó vinculada al nacimiento del euro en 2002 para permitir que particulares, empresas y otros agentes económicos, realizaran sus pagos en euros, tanto nacionales como internacionales, en las mismas condiciones básicas y con los mismos derechos y obligaciones, con independencia del lugar en que se encontraran.


El gran reto es la obligación de los consentimientos

Esta nueva zona única afecta a los 27 estados de la UE, más Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza y Mónaco, y abarca tres instrumentos de pago: las transferencias SEPA, que sustituyen a las actuales transferencias nacionales; los adeudos directos SEPA, en lugar de las actuales domiciliaciones de recibos españolas; y los pagos con tarjeta. De estos tres, los referidos a transferencias y adeudos directos son los que más inciden en el día a día de los departamentos financieros de las empresas
Ambas figuras sustituyen a los instrumentos tradicionales – ficheros N34, N34.1, N19, N32 y N58, así como los recibos en papel– y contemplan importantes cambios.

Así, la identificación de las cuentas bancarias mediante CCC se sustituirá por códigos internacionales IBAN+BIC, y ya no se aceptarán ficheros planos como formato de comunicación, sino estándares XML ISO 20022.

La capacidad para generar esos XML, así como la vinculación en las fichas de los datos IBAN y BIC para facilitar su cumplimentación, es un primer punto a valorar en la herramienta de gestión que tenga la empresa.


Pero el gran reto se centra en la obligatoriedad de que los adeudos directos se acompañen siempre del consentimiento previo del deudor. Es algo que complica enormemente su gestión en el mercado español ya que el 90% de los pagos se realizan mediante domiciliación bancaria. Además, esta orden de mandato debe incluir un número que la identifique unívocamente y que debe ser generado de nuevo cada vez que se realice en ella un cambio. Se trata de un algoritmo que combina datos del acreedor y datos del deudor. Estos requisitos hacen imprescindible contar con sistemas capaces no sólo de crear formularios con dichos mandatos y su código automáticamente, sino de aplicar una gestión documental al proceso de envío y recepción, que asegure el cumplimiento de lo establecido.


La adaptación es compleja así que, mejor no esperar
Además, SEPA contempla dos tipos de adeudos directos, Esquema Core (para consumidor final) y Esquema B2B (para empresas), con novedades en plazos y requerimientos que hay que gestionar según casos. En la parte B2B, por ejemplo, el plazo de envío para compensación se reduce a un día tanto para adeudos individuales como recurrentes; la devolución por parte del banco deudor se reduce a un plazo máximo de dos días; y la validación del mandato por parte del banco del deudor es obligatoria.


Como vemos, la adaptación a SEPA es compleja por lo que conviene abordarla cuanto antes. Pero antes, los bancos deberán definir cómo van a acometerla. Después vendrá la adaptación de los sistemas de información por parte de las empresas.  Por lo que llegado el momento será crítico contar con un sistema informático capaz de garantizar el cumplimiento de todos sus requisitos para disfrutar de sus múltiples ventajas y ganar en competitividad.

 Del blog DATISA Universo ERP

Mucho hemos hablado y escrito sobre los requisitos SEPA, desde que la UE anunciara su obligatoriedad y también, según sus propios argumentos, su conveniencia para las empresas que operan en cualquiera de los 27 estados miembros. Más allá de cuestionar su conveniencia o no, desde luego, en nuestra opinión, supone en algunos aspectos un paso atrás con respecto al actual modus operandi español, lo cierto es que, a día de hoy, la cercanía de su entrada en vigor definitiva el 1 de febrero de 2014, está obligando a las empresas y bancos a revisar sus sistemas de gestión de pagos y cobros, ya que incluye importantes novedades respecto a la operativa actual.

La SEPA (Single European Payment Area) se gestó vinculada al nacimiento del euro en 2002 para permitir que particulares, empresas y otros agentes económicos, realizaran sus pagos en euros, tanto nacionales como internacionales, en las mismas condiciones básicas y con los mismos derechos y obligaciones, con independencia del lugar en que se encontraran.


El gran reto es la obligación de los consentimientos

Esta nueva zona única afecta a los 27 estados de la UE, más Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza y Mónaco, y abarca tres instrumentos de pago: las transferencias SEPA, que sustituyen a las actuales transferencias nacionales; los adeudos directos SEPA, en lugar de las actuales domiciliaciones de recibos españolas; y los pagos con tarjeta. De estos tres, los referidos a transferencias y adeudos directos son los que más inciden en el día a día de los departamentos financieros de las empresas
Ambas figuras sustituyen a los instrumentos tradicionales – ficheros N34, N34.1, N19, N32 y N58, así como los recibos en papel– y contemplan importantes cambios.

Así, la identificación de las cuentas bancarias mediante CCC se sustituirá por códigos internacionales IBAN+BIC, y ya no se aceptarán ficheros planos como formato de comunicación, sino estándares XML ISO 20022.

La capacidad para generar esos XML, así como la vinculación en las fichas de los datos IBAN y BIC para facilitar su cumplimentación, es un primer punto a valorar en la herramienta de gestión que tenga la empresa.


Pero el gran reto se centra en la obligatoriedad de que los adeudos directos se acompañen siempre del consentimiento previo del deudor. Es algo que complica enormemente su gestión en el mercado español ya que el 90% de los pagos se realizan mediante domiciliación bancaria. Además, esta orden de mandato debe incluir un número que la identifique unívocamente y que debe ser generado de nuevo cada vez que se realice en ella un cambio. Se trata de un algoritmo que combina datos del acreedor y datos del deudor. Estos requisitos hacen imprescindible contar con sistemas capaces no sólo de crear formularios con dichos mandatos y su código automáticamente, sino de aplicar una gestión documental al proceso de envío y recepción, que asegure el cumplimiento de lo establecido.


La adaptación es compleja así que, mejor no esperar
Además, SEPA contempla dos tipos de adeudos directos, Esquema Core (para consumidor final) y Esquema B2B (para empresas), con novedades en plazos y requerimientos que hay que gestionar según casos. En la parte B2B, por ejemplo, el plazo de envío para compensación se reduce a un día tanto para adeudos individuales como recurrentes; la devolución por parte del banco deudor se reduce a un plazo máximo de dos días; y la validación del mandato por parte del banco del deudor es obligatoria.


Como vemos, la adaptación a SEPA es compleja por lo que conviene abordarla cuanto antes. Pero antes, los bancos deberán definir cómo van a acometerla. Después vendrá la adaptación de los sistemas de información por parte de las empresas.  Por lo que llegado el momento será crítico contar con un sistema informático capaz de garantizar el cumplimiento de todos sus requisitos para disfrutar de sus múltiples ventajas y ganar en competitividad.

INCIDENCIA DE SEPA (ZONA UNICA DE PAGOS EN EUROS) EN LAS ENTIDADES LOCALES


INCIDENCIA DE SEPA (ZONA UNICA DE PAGOS EN EUROS) EN LAS ENTIDADES LOCALES

El 1 de febrero de 2014 ya tendra que estar realizadas las migraciones de los ficheros de domiciliaciones al nuevo formato de cuentas de SEPA.


                                           

Interesante video explicativo de la incidencia de SEPA 




Milagros Fondevila. La zona única de pagos en euros (SEPA) - BANCO SABADELL.

Publicado el 10/05/2012 Milagros Fondevila, Directora de Cash Management de Banco Sabadell. La zona única de pagos en euros (SEPA) Para más información acerca de nuestros productos de Negocio Internacional puede consultar este enlace: http://sab.to/xJ1UPt

Entrevista de COSITAL a Manuel Caño. Contratación Pública. Victor Almoacid

Canal NoSoloAytos


Publicado el 07/03/2013 Canal NoSoloAytos·

 Entrevista de COSITAL a Manuel Caño.

 Victor Almonacid pregunta al técnico diversas cuestiones claves en relación a la moderna contratación pública con especial referencia a la contratación electrónica.

Hacienda no permitirá que las CCAA cierren con más déficit que el año pasado




Hacienda no permitirá que las CCAA cierren con más déficit que el año pasado.

 Hacienda ha marcado una línea roja infranqueable: ninguna autonomía podrá superar el déficit con el que cerró el año pasado y, conscientes de la oposición que este sistema suscita, dentro incluso del PP, en el Ministerio no descartan presentar nuevos elementos que mejoren la tesorería y la financiación de quienes sí cumplieron.

El Gobierno no pagará a los contratistas morosos con las administraciones


El Gobierno no pagará a los contratistas morosos con las administraciones



Estudia crear un sistema que permita cruzar datos de todo el territorio. La meta es subir la recaudación y hacer efectivo que las firmas estén al día con Hacienda y la Seguridad Social.
R. E. MADRID | ACTUALIZADO 29.07.2013 - 09:12 
  • Diario de Sevilla. Noticias de Sevilla y su Provincia
  •  


    El Gobierno quiere crear un "mecanismo informático" para tener controladas las deudas de las empresas contratistas con cualquiera de las administraciones públicas (AAPP), bien sea la administración central, la local o la autonómica. El objetivo es "cruzar" los datos de todas ellas para que no se pague a estos contratistas si tienen deudas con cualquiera de las AAPP e "incrementar la recaudación". 

    Así aparece reflejado en el informe que ha realizado la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA) y que ha recogido Europa Press. La normativa actual establece que para contratar con las administraciones públicas y para recibir ayudas de éstas, que las empresas deben cumplir el requisito de estar al corriente de las obligaciones con la Hacienda Pública y la Tesorería de la Seguridad Social. Sin embargo, según la CORA, debido al tiempo transcurrido desde que se tramita el gasto público hasta que efectivamente se paga, "no es extraño que se estén abonando créditos públicos a deudores de las AAPP". 

    Por ello, proponen crear un "mecanismo informático", donde los órganos de recaudación de las distintas AAPP puedan consultar los diferentes pagos presupuestarios a realizar y acordar el "embargo o compensación de los mismos". El objetivo que persigue el Ejecutivo con esta medida es doble. Por un lado, "el incremento de la recaudación" y por el otro, que "no se satisfaga ningún crédito público a quien no esté al corriente de pago de sus obligaciones con cualquier AAPP". 

    De haber estado ya en marcha esta medida, el promotor Miguel Ángel Flores no podría haber organizado la fiesta de Halloween en el Madrid Arena, que se saldó con la muerte de cinco jóvenes dado que el empresario no estaba al corriente de pago con la Seguridad Social. 

    Por el momento, y desde el punto de vista legal, la CORA ha propuesto incorporar una disposición adicional en el anteproyecto de Ley de Factura Electrónica y Registro Único de Factura. De esta manera podrán realizarse las actuaciones de embargo o compensación que procedan. 

    El funcionamiento de este mecanismo tendría que regularse mediante un reglamento y obligaría a la Administración Central, la autonómica o la local a enviar a la Central de Información de Pagos la información de cada proveedor antes de efectuarle el pago.

    PRIMERA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


    TESORERIA: CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL f

    Para poder visualizar el vídeo con las dos ponencias es necesario registrarse previamente en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/6233403354742469634

    (hacer click en este enlace para ver el video)

    La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

    SEGUNDA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


    La Planificación de Tesorería y su relación con la Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera 

    Para poder visualizar el vídeo con la ponencia de José M. Farfán Pérez es necesario registrarse previamente en este enlace en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/3190806191221010178

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    Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

    El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







    DOCUMENTO PROYECTO LEY

    Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

    incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
    «Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

    Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

    a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

    b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

    GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

    Gestión de tesoreria municipal


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    Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

    La expresión « gestión financiera » hace referencia de forma genérica al “dinero” en sus diversas modalidades. Si a esta primera idea aproximativa se añade la de que es prácticamente el único medio de utilizar los recursos futuros en el presente a través del crédito, se habrán configurado los rasgos fundamentales de esta gestión, al menos desde el punto de vista del responsable financiero de una empresa o entidad pública.


    La gestión financiera en un sentido amplio constituye todos los recursos financieros, tanto los provenientes del ciclo de cobro y pagos (tesorería), como los necesarios en el proceso de inversión-financiación (operaciones activas-pasivas). Por ello a la Tesorería Municipal le corresponden todos los recursos financieros, sean fondos valores o créditos de un Municipio. 

    En el sector público, esa anticipación de recursos se justifica por el hecho de que no solamente se trata de mejorar el presente sino de preparar el futuro.


    • 4,99 €
    • Disponible en iPad y Mac.
    • Categoría: Finanzas
    • Publicación: 25/11/2013
    • Editorial: JOSE MANUEL FARFÁN PÉREZ
    • Páginas impresas: 138 páginas
    • Idioma: Español
    • Versión: 1.0
    • Requisitos: Para ver este libro, debes tener un iPad con iBooks 3 (o posterior) y iOS 5.1 (o posterior), o un Mac con iBooks 1.0 (o posterior) y OS X 10.9 (o posterior).