jueves, 30 de octubre de 2014

Gestión de Tesorería. CÓMO AFRONTAR UNA REFINANCIACIÓN Y REESTRUCTURACIÓN DE DEUDA EN LA PYME

CÓMO AFRONTAR UNA REFINANCIACIÓN Y REESTRUCTURACIÓN DE DEUDA EN LA PYME

  • De la mano de Pedro-B. Martín Molina, socio-presidente de la firma 'Legal y Económico', desgranamos cómo debe afrontar una pyme un proceso de este tipo, estableciendo las fases y procesos para su correcta gestión.
financiación para crecer una empresa
Reestructuración y refinanciación de deuda son términos que escuchamos de forma recurrente en medios de comunicación. Es un proceso de financiación dentro de las pequeñas y medianas empresas en el que se retrasan los vencimientos de deuda con financiación adicional. Queremos elaborar una guía para explicar a todos los niveles en qué consiste este proceso, y cómo debería gestionarse de forma correcta para llevarlo a buen puerto. Lo hacemos de la mano del socio-presidente de la firma 'Legal y Económico', Pedro-B. Martín Molina.
Los procesos de reestructuración de la deuda empresarial suponen un cambio significativo en la financiación de las pymes, retrasando vencimientos de la deuda novada, incorporando financiación adicional o facilitando instrumentos financieros necesarios para el desarrollo del curso ordinario del negocio. Ahora bien, este plan de refinanciación y reestructuración de la deuda debe ir acompañado de un plan de acciones por parte de la pyme sobre la gestión operativa de su actividad.
Hemos de considerar que la opción de una buena refinanciación de la deuda es siempre preferible al concurso de acreedores. Sin embargo, una mala refinanciación puede acabar en un concurso de acreedores dejando a la empresa en una situación más débil de la que pudiese haber tenido con un concurso bien planificado.
Aunque no todos los procesos de refinanciación son exactamente iguales, se podría decir que en todos ellos siempre están presentes las siguientes fases:
1.- La elaboración de un documento por parte de la pyme para presentar a las entidades financieras: Este documento debe recoger el plan de viabilidad que ha preparado la compañía, en el que figurará, entre otros aspectos, los siguientes:
1.1. El plan de negocio de la pyme. Su objeto es presentar la situación económica, societaria y financiera, las perspectivas de su modelo de negocio y las proyecciones futuras que sustentan la propuesta de refinanciación que se va a realizar. Es básico en un proceso de refinanciación la elaboración de un plan de negocio que recoja los siguientes aspectos principales:
a) Presentación de la compañía (breve historia, accionariado actual, organigrama societario y de personal e identificación del perímetro de la refinanciación).
b) Descripción del negocio de la sociedad (análisis del mercado, descripción de sus productos, centros de producción, canales y puntos de venta, competidores y principales clientes y proveedores, y análisis de fuerzas y oportunidades de negocio-DAFO).
c) Análisis de la situación económico-financiera:
- Principales magnitudes financieras: balance de situación y la cuenta de pérdidas y ganancias: estudio de la evolución de estas magnitudes durante los últimos años.
- Estado actual de la deuda: descripción pormenorizada de los instrumentos de la deuda con los que cuenta la pyme, detallando la entidad financiera, el tipo de interés, las cuotas.
- Proyecciones financieras: descripción de cómo se genera el cash flow de la sociedad. Hay que hacer unas proyecciones de tesorería a corto (detalle mensual de la evolución previsible de la tesorería en los próximos doce meses) y unas proyecciones de la cuenta de resultados para los próximos años y de ,os flujos de caja netos que generará esta cuenta de resultados en cada ejercicio.
d) Plan de viabilidad:
- Descripción de las medidas adoptadas por la dirección de la compañía para solventar la situación actual de la empresa.
- Descripción de los principales factores sobre los que se basará el plan de negocio.
- Simulaciones financieras: proyecciones a corto plazo del cash flow de la pyme.
- Propuesta de refinanciación: Descripción de las necesidades financieras de la sociedad para los próximos ejercicios, en base a simulaciones y proyecciones financieras realizadas, y de la propuesta de refinanciación de la deuda que plantea la pyme para cubrir sus necesidades
- Exposición de los activos con los que cuenta la empresa para garantizar la operación de refinanciación.
1.2. El detalle de la deuda financiera de la empresa objeto de refinanciación. Desglose del capital de la deuda financiera, los tipos de interés y los vencimientos de cada una de las operaciones de endeudamiento que la pyme ha contraído con cada entidad financiera.
1.3. Medidas complementarias a la refinanciación de la deuda financiera. Junto a esta refinanciación de la deuda financiera, la compañía también ha de tomar unas medidas complementarias como son las negociaciones con los proveedores y la gestión de los saldos acreedores con las administraciones públicas.
a) Proveedores. La empresa debe seleccionar los proveedores que considere estratégicos y con los que acumule mayor deuda y negociar con ellos mejoras en las condiciones de pago o aplazamientos de saldos acumulados pendientes de pago.
b) Administraciones Públicas. La sociedad debe iniciar un proceso de aplazamiento de la deuda que tiene con las admnistraciones públicas.
Es fundamental que la pyme crea en la viabilidad de su negocio y para que sea respaldada por los bancos y los proveedores debe presentar un plan sólido y demostrar su confianza en el plan presentado.
Además, las entidades financieras a las que se pide realmente el apoyo para la propuesta de refinanciación, ven con buenos ojos que la pyme amplíe su estrategia de reestructuración de deuda a otros acreedores, porque ello significa que no son sólo ellos los que están apoyando a la compañía.
2.- Presentación del plan de negocio y de la propuesta de refinanciación a las entidades financieras. Es la propuesta inicial de refinanciación que la empresa pone encima de la mesa en una reunión conjunta con todas las entidades financieras afectadas en este proceso de refinanciación. Es la primera reunión con todos los acreedores financieros, de toma de contacto, a la que es importante invitar y hacer partícipes al resto de acreedores, con independencia del nivel de participación que tengan sobre el total de la deuda, para que no se sientan marginados.
2.1. Análisis de la deuda: Es necesario conocer cuál es el pool bancario de la deuda de la pyme y cómo está distribuida la deuda entre las entidades de crédito. Hay que tener en cuenta:
- Número de entidades que constituyen el pool bancario y el tipo de entidad.
- Distribución de la deuda entre cada entidad financiera, para saber el riesgo que asume cada una.
- Situación de la deuda (provisionada o no).
2.2. Tipo de instrumento financiero: Es preciso tener en cuenta el calendario de amortización, para prever cuando una cuota impagada puede entrar en mora; y, la garantía otorgada a cada instrumento.
2.3. Estrategia de la compañía: En el proceso de negociación de la propuesta de refinanciación, la compañía debe presentar una estrategia inicial:
- En función de la composición del pool bancario y la distribución de la deuda, la compañía planteará una negociación colectiva o individual.
- El plan de negocio debe ser agresivo en la reducción de costes y la generación de flujos de caja y poco optimista con las mejoras de ventas.
- Establecer plazos, mejoras de condiciones o quitas en función de los flujos generados en el plan de negocio.
- Plantearse realizar ampliaciones de capital, bien por los accionistas u otros nuevos.
En este punto la pyme ha tenido que decidir sobre la estrategia que va a seguir con respecto a su obligación de seguir atendiendo el calendario de pagos normal de la deuda existente o, por el contrario, van a comunicar a las entidades que interrumpan este calendario hasta que concluya el proceso de refinanciación, con éxito o sin él.
2.4. Propuesta de refinanciación. En ella hay que buscar el equilibrio entre los intereses del deudor y de los acreedores. El interés de la pyme es la viabilidad y continuidad de la empresa y, por consiguiente, la salvaguarda de su inversión y patrimonio. Para las entidades financieras es garantizar el recobro de la financiación otorgada.
Es clave analizar la propuesta de refinanciación desde el punto de vista individual de cada entidad financiera para ver cómo encaja la misma con las características de su deuda y posición en el pool, de forma que sea posible la aprobación de la propuesta por los respectivos comités de riesgos.
Se inicia un período denominado “stand still” (permanecer quieto) en el que las partes, pyme y entidad financiera, se comprometen a no iniciar ninguna acción, durante el período que se establezca, que pueda perjudicar a la parte contraria. Se adoptan acuerdos sobre los principios que deben regir entre las partes mientras dura el proceso de refinanciación.
3.- Proceso de negociación. Se celebran reuniones donde se analiza la propuesta de refinanciación con todas las entidades financieras. En muchas ocasiones, a estas reuniones acude la entidad financiera designada como cabecera, para planificar el calendario de este proceso y profundizar en las negociaciones.
4.- Documento de “Term Sheet”. Se elabora un documento donde se recogen los principales aspectos de los acuerdos alcanzados entre la compañía y las entidades financieras. Se le puede denominar como el borrador del contrato de refinanciación en el que deben figurar los siguientes aspectos principales:
- Estructura y condiciones de la financiación.
- Garantías de operación.
- Calendario de desembolsos y amortizaciones.
- Causas de vencimiento anticipado.
- Pactos sobre los activos.
- Ratios de ajuste de márgenes.
- Estructura de comisiones.
- Obligaciones de la compañía.
- Acuerdos complementarios.
- Acuerdos instrumentales.
5.- Contrato definitivo. Se redacta el contrato de refinanciación y reestructuración de la deuda empresarial definitivo, a partir del “Term Sheet”, se firma el mismo y se eleva a público.
Los contenidos de un contrato de refinanciación suelen ser los siguientes:
- Exposición de motivos que han dado lugar al actual contrato, haciendo mención de los contratos originales que han sido objeto de refinanciación.
- Definiciones e interpretaciones de los términos generales y financieros usados en el contrato.
- Condiciones de cada uno de los instrumentos financieros: importe, distribución, duración y vencimiento, disposición de fondos, amortización, intereses…
- Disposiciones comunes a todos los instrumentos financieros (incumplimientos, comisiones, pagos…)
- Garantías.
- Anexos.
Como estas operaciones de refinanciación de la deuda suelen ser procesos largos y complejos, en los que se producen situaciones inesperadas que hay que dar solución, es clave, en mi opinión, involucrar a asesores legales, fiscales y financieros en estas refinanciaciones apoyando al equipo directivo, que aporten experiencia en operaciones similares y que contribuyan a dar rapidez, transparencia y confianza en todo el proceso de refinanciación con las entidades financieras y los acreedores principales (proveedores y administraciones públicas).





Madrid


martes, 28 de octubre de 2014

EL AYUNTAMIENTO DE ÉCIJA (SEVILLA) OPTIMIZA SU SISTEMA DE GESTIÓN TRIBUTARIA CON AYTOS



eL AYUNTAMIENTO DE ÉCIJA (SEVILLA) OPTIMIZA SU SISTEMA DE GESTIÓN TRIBUTARIA CON AYTOS


Madrid, 27 de octubre de 2014.- El Ayuntamiento de Écija (Sevilla) ha adjudicado a Aytos, empresa referente de soluciones de gestión para la administración pública y entidades locales, un proyecto que contempla el suministro e implantación de un sistema de gestión tributaria y recaudación voluntaria que cubra los distintos objetos fiscales e ingresos públicos originados en los mismos y la tramitación del proceso de recaudación en todas sus fases. La implantación de estas soluciones se enmarca dentro de la estrategia del Ayuntamiento de seguir dando pasos importantes en el desarrollo de la sociedad de la información y avanzar hacia la e-Administración.

Este proyecto tiene como objetivo la actualización del sistema de gestión tributaria actual del Ayuntamiento de Écija a un sistema moderno y capaz de mejorar la calidad de los servicios Tributarios, de manera que permita integrarse con las actuales soluciones contables, presupuestarias y de gestión documental con firma electrónica, evitando los problemas derivados de distintas fuentes de captura de información (Catastro, AEAT, Jefatura Provincial de Tráfico y la propia gestión tributaria y recaudatoria municipal), además de adecuarlos a las nuevas arquitecturas y filosofías de trabajo actuales, adaptándolos a las nuevas tendencias de gestión centralizada y acceso de los ciudadanos a la gestión por procedimientos electrónicos y telemáticos.

Las fases del proyecto incluyen la realización de la migración de datos del sistema actual a la solución integrada WinGT de Aytos, junto con la formación y la puesta en marcha del sistema con asistencia "in-situ" de consultores de Aytos.

Sobre Aytos

Aytos es la compañía de referencia en el desarrollo e implantación de soluciones de gestión y administración electrónica para las entidades públicas. Aytos es reconocido por su amplio portfolio de aplicaciones que cubren la gestión interna de una administración local en su totalidad, abarcando los ámbitos económico financiero (SicalWin), gestión de nóminas y RRHH, recaudación y gestión tributaria, padrón municipal de habitantes, gestión de procesos y expedientes electrónicos (BPM), portal del ciudadano, del proveedor y del empleado, gestión patrimonial, etc., pero también por su constante inquietud en hacer realidad las nuevas necesidades, como es hoy la administración electrónica dentro de una Smart City.

Fundada en 1993, Aytos desarrolla actividades de gestión interna y de relación con la ciudadanía en más de 3.800 ayuntamientos y 24 planes provinciales, con presencia en las 17 CCAA y 52 provincias. Este logro se basa en un equipo humano de más de 110 personas cuyo valor radica en la experiencia y perfecto conocimiento de las necesidades del cliente. 

miércoles, 22 de octubre de 2014

El TSJA ratifica la destitución de Dora Alonso como secretaria municipal. COSITAL

El TSJA ratifica la destitución de Dora Alonso como secretaria municipal

El Tribunal Superior acepta el argumento del gobierno local de pérdida de confianza para la salida de la funcionaria

22.10.2014 | 04:17  Ver noticia completa en este enlace
La destitución de Dora Alonso como secretaria general del Ayuntamiento ha sido respaldada por completo por los jueces. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha ratificado la sentencia del juzgado de lo Contencioso de Gijón que avaló la actuación del gobierno local de Foro respecto a Alonso, que fue destituida el 15 de octubre de 2013 tras alegar la alcaldesa, Carmen Moriyón, una pérdida de confianza.
El TSJA desestima el recurso de apelación planteado por el abogado de la exsecretaria, Daniel Aniceto Rodríguez Villa, y el Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local (Cosital). Al igual que hiciera el primer juez, el tribunal acepta que el argumento de pérdida de confianza fue suficiente.
El TSJA no ha admitido ninguno de los argumentos que Dora Alonso y Cosital, representado por José Luis Rivera, expusieron en su recurso de apelación. Los jueces defienden así que no hace falta motivar la destitución de una secretaria general cuando ésta fue nombrada por libre designación. Asimismo, pese a la existencia de jurisprudencia contraria aportada por los abogados de Alonso y Cosital, el TSJA no considera una razón anulatoria el hecho de que en el momento del cese de Alonso Foro no hubiese creado para ella un puesto de cobertura con las garantías que exige la ley para una funcionaria con habilitación nacional y de su rango.
El varapalo judicial para Dora Alonso llega poco después de que se cumpliese un año de su destitución. El pasado 15 de octubre, justo en el aniversario de su destitución, la propia Alonso, que siempre se ha mostrado muy discreta respecto a lo sucedido, recordó el episodio. "Fui destituida por cumplir la ley, pero soy feliz porque el derecho es mi pasión", proclamó en su discurso de incorporación como miembro de número de la Academia Asturiana de Jurisprudencia.
En Cosital han recibido "muy insatisfactoriamente" la sentencia, que no es recurrible. Su abogado, José Luis Rivera, cree que "la resolución judicial no está trabajada, no considera nada y no incluye una argumentación prolija, como sí incluyen otras sentencias que marcan que la destitución del funcionario debe estar motivada". De hecho, uno de los frentes de Cosital es lograr que las salidas de los secretarios requieran de una motivación, aunque hayan sido nombrados por libre designación, como es el caso de Dora Alonso.
La funcionaria ocupa ahora un puesto como asesora jurídica de la concejalía de Hacienda y Administración Pública, después de haber pasado por un puesto de secretaria asesora de alcaldía. En cuanto al cargo de secretario general del Ayuntamiento, todavía no ha salido a concurso al requerir la autorización del Principado.

El interventor de Maó insiste en cuestionar determinados pagos

El interventor de Maó insiste en cuestionar determinados pagos

El pleno debe autorizar de nuevo operaciones con informes negativos



El orden del día del pleno del Ayuntamiento de Maó previsto para el jueves (19 horas) incluye de nuevo la resolución de las objeciones que el interventor realiza a determinados pagos, en virtud de la aplicación de la nuevo Ley de Administración Local o Ley Montoro.
Así se repite una situación inédita que se produjo por primera vez el mes pasado y que en aquel momento conllevó unos días de demora en al abono de las nóminas a toda la plantilla. Esto no debe ocurrir ahora al realizarse la sesión plenaria con suficiente antelación respecto al día de ingreso.

Los informes del interventor Manuel Velarte desautorizan cuatro operaciones de pago relativas a cuestiones como, por ejemplo, sanidad o educación, áreas que la nueva ley define como competencias del Govern. No obstante, podrían ser finalmente más las desaveniencias a resolver por el pleno (la operación se aprueba con el desacuerdo del funcionario), ya que se incorporarán por urgencia las que se produzcan a lo largo de la semana, como es el caso, previsiblemente, del abono de las nóminas.

El interventor entiende que la ley es vigente y se tiene que cumplir, mientras que el Ayuntamiento de Maó y el Govern interpretan que esto requiere un desarrollo normativo y reglamentario.

jueves, 16 de octubre de 2014

Madrid deja de estar tutelada por Hacienda

Madrid deja de estar tutelada por Hacienda

El Ayuntamiento de Madrid cancela el Plan de Ajuste 2012-2022 a final de año tras refinanciar los 992 millones correspondientes a la deuda pendiente con el Fondo para la Financiación de Pagos a Proveedores, lo que supone el fin de la tutela impuesta por el Ministerio de Hacienda.

El Ayuntamiento de Madrid, en Cibeles, visto desde el Cñircullo de Bellas Artes
El Ayuntamiento de Madrid, en Cibeles, visto desde el Cñircullo de Bellas Artes
Autor: Juan Luis Jaén (Archivo)
Así lo ha explicado la alcadesa de Madrid, Ana Botella, que ha comparecido para incidir en que los 992 millones que quedaban pendientes de pago, de los 1.351 solicitados en 2012, suponenla pérdida de vigencia del plan de ajuste, cuyo objetivo era asegurar la devolución de dichos préstamos. Esta operación permite un ahorro de 92 millones en intereses hasta 2023. De este monto, 658 millones se han negociado a tipo variable y 334 a tipo fijo. A ese ahorro hay que sumar los 88 millones obtenidos de la preamortización de 297 millones derivados del remanente de tesorería para gastos generales de 2013. La deuda se sigue reduciendo mediante el procedimiento de Plan de Reducción de Deuda.
La aplicación del plan de ajuste ha permitido reducir el pago a proveedores a 24 días de media, la amortización de 3.000 millones de deuda, reducir los costes de funcionamiento de la administración en 500 millones, consolidar el presupuesto mediante criterios de caja y obtener superávit.
Más información:

Fley replica a CCOO que el informe del interventor del 19 de septiembre fija en 21,3 días el plazo de pago

Fley replica a CCOO que el informe del interventor del 19 de septiembre fija en 21,3 días el plazo de pago

lainformacion.com
miércoles, 15/10/14 - 20:17
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Después de que CCOO haya manifestado que el último informe del interventor del Ayuntamiento hispalense sitúa en 59 días el plazo medio de pago a proveedores, la edil de Hacienda y Administración Pública, Asunción Fley, ha reiterado que "un informe del interventor fechado el 19 de septiembre acredita que el periodo medio de pago a proveedores del conjunto del Ayuntamiento es de 21,30 días, por lo que CCOO debería dejar de mentir y demostrar sus irresponsables afirmaciones.

SEVILLA, 15 (EUROPA PRESS)
Después de que CCOO haya manifestado que el último informe del interventor del Ayuntamiento hispalense sitúa en 59 días el plazo medio de pago a proveedores, la edil de Hacienda y Administración Pública, Asunción Fley, ha reiterado que "un informe del interventor fechado el 19 de septiembre acredita que el periodo medio de pago a proveedores del conjunto del Ayuntamiento es de 21,30 días, por lo que CCOO debería dejar de mentir y demostrar sus irresponsables afirmaciones.
Fley ha indicado que "ese informe del interventor, que es de hace sólo un mes, no sólo avala el cumplimiento del periodo de pago a proveedores, sino que también acredita el cumplimiento del límite de la deuda, la estabilidad presupuestaria y la regla de gasto, por lo que todo eso hizo posible que Sevilla haya sido la primera capital española en cancelar las deudas contraídas con el Fondo creado para la Financiación de los Pagos a Proveedores y en abandonar el Plan de Ajuste".
La delegada de Hacienda ha recordado a CCOO que "gracias al plan de pago a proveedores, numerosas empresas pudieron cobrar y mantener la actividad, y del mismo modo muchos trabajadores pudieron conservar sus puestos de trabajo, algo que sin duda debería ser motivo de alegría para un sindicato y no de crítica".
Para Fley, "las afirmaciones de CCOO están absolutamente deslegitimadas, no sólo porque haya un informe oficial del interventor que así lo acredite, sino también porque miente descaradamente al hablar de que se han subido los impuestos debido al plan de ajuste, cuando Sevilla ha experimentado este año gracias a este Gobierno la mayor bajada de impuestos que se recuerda".
(EuropaPress)

miércoles, 15 de octubre de 2014

Casi 300 técnicos de gestión tributaria local en un foro de SUMA en Alicante


Casi 300 técnicos de gestión tributaria local en un foro de SUMA en Alicante

Comunidad Valenciana | 13/10/2014 - 10:30h          
Alicante, 13 oct (EFE).- Más de 280 responsables técnicos y políticos de gestión tributaria local de distintos ayuntamientos de varias provincias españolas está previsto que participen mañana en el XII Foro Suma, dependiente de la Diputación de Alicante.
El encuentro se celebrará en el Auditorio de la Diputación (ADDA) para analizar las últimas novedades en la gestión tributaria local y será inaugurado por la presidenta de la institución provincial, Luisa Pastor.
Durante el foro se abordarán, entre otras cuestiones, la valoración de los bienes inmuebles los procedimientos de regularización catastral, la nueva instrucción contable, las novedades en la tributación local o la motivación y los procesos de cambio en la administración local.
Entre sus ponentes contará con la directora general del Catastro, Belén Navarro, o el ex jugador de baloncesto y comunicador Juan Manuel López Iturriaga, quien cerrará la jornada con la ponencia "En busca de la energía triunfante. Historias de un superviviente".

miércoles, 8 de octubre de 2014

39 municipios extremeños que comparten secretario o interventor recibirán 153.000 euros


municipios extremeños que comparten secretario o interventor recibirán 153.000 euros

  • Los 39 municipios extremeños que comparten la figura del secretario o interventor municipal se repartirán 153.000 euros en ayudas para sufragar los gastos de mantener estos puestos de trabajo.
    El reparto de la cuantía, que será aportada por la Junta de Extremadura y las respectivas diputaciones provinciales y destinados, la decidió este pasado lunes la comisión tripartita formada por el Ejecutivo extremeño y ambas diputaciones.

De esta forma, el resultado fue un total de 153.406 euros, de ellos 51.444,48 se destinan a municipios de la provincia de Badajoz y 101.961,16 euros a localidades cacereñas, según ha informado el Gobierno autonómico en nota de prensa.
Esos 39 municipios se agrupan entre ellos para compartir, "ante el escaso volumen de sus recursos", ha explicado la Administración regional, la figura del secretario o interventor de sus consistorios, dando como resultado la formación 22 agrupaciones municipales, siete en Badajoz y 15 en Cáceres, respectivamente.
Una vez resuelta la concesión de estas ayudas, la aportación del Gobierno de Extremadura, que es del 50 por ciento de la totalidad de las mismas, se efectuará de tal manera que 50 por ciento del pago se realizará en el momento de su concesión y el 50 por ciento restante una vez justificado el abono del primer cincuenta por ciento.
Asimismo, el Ejecutivo extremeño ha destacado el aumento en "algo más de 3.000 euros" el importe total de este programa con respecto al año pasado.

jueves, 2 de octubre de 2014

OBLIGACION COMUNICACION MINHAP PERIODO MEDIO DE PAGO


 Se ha publicado el Real Decreto  635/2014, de 25 de julio (BOE de 30 de julio de 2014) ,  por el que se desarrolla la metodología del período medio de pago a proveedores de las AAPP y las consecuencias del incumplimiento de los plazos.























ESQUEMA DEL SUMINISTRO DE INFORMACIÓN. 



PERIODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES


Con fecha 30 de Julio de 2014 se publica en BOE nº 184 el Real Decreto 635/2014, de 25 de Julio,  por el que se desarrolla la metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas y las condiciones y el procedimiento de retención de recursos de los regímenes de financiación, previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.


La primera publicación mensual tendrá lugar en el mes de octubre de 2014 referida a los datos del mes de septiembre de 2014 y la primera publicación trimestral será en el mes de octubre de 2014 referida al trimestre anterior.

Para el cálculo del PMP de cada Entidad, debemos calcular el ratio de operaciones pagadas y el ratio de operaciones pendientes de pago. Una vez calculado el PMP de cada Entidad, calculamos el PMP global como media ponderada. Es una metodología uniforme de calculo. 

De las dos conferencias que últimamente he realizado de la materia he sacado las siguientes notas por las dudas planteadas:

1.  Las Sociedades Mercantiles de mercado no tiene obligación de presentar la información.

2. Tanto el periodo de pago como el periodo de pendiente de pago puede tomar valor negativo si son ambos inferiores a los 30 días fecha registro.

3. La plataforma del Ministerio estará disponible en unos días.

4. Las exclusiones de determinadas facturas ( ej: embargos) aconsejan que se depuran los listados de forma manual.

5. La mayoría de los aplicativos contables ya están preparados. 

6. Si no se tiene información de algún ente dependiente del art 2.1 LOEPYSF habrá que explicitar el motivo en la plataforma.

7. Es un sistema homogéneo de calculo que no tiene porque coincidir con lo estipulado en el artículo 216.4 del Texto Refundido Ley Contratos.

8. Los artículo 10 ya 11 sobre PROCEDIMIENTO DE RETENCIÓN DE LA PARTICIPACIÓN EN LOS TRIBUTOS DEL ESTADO sólo es palicable a las Entidades del art 111 y 135 TRLRHL ( GRANDES MUNICIPIOS Y DIPUTACIONES).

EL RESTO DEL ARTICULADO NO PLANTEA DUDAS. 


PRIMERA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


TESORERIA: CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL f

Para poder visualizar el vídeo con las dos ponencias es necesario registrarse previamente en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/6233403354742469634

(hacer click en este enlace para ver el video)

La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

SEGUNDA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


La Planificación de Tesorería y su relación con la Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera 

Para poder visualizar el vídeo con la ponencia de José M. Farfán Pérez es necesario registrarse previamente en este enlace en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/3190806191221010178

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


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Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

La expresión « gestión financiera » hace referencia de forma genérica al “dinero” en sus diversas modalidades. Si a esta primera idea aproximativa se añade la de que es prácticamente el único medio de utilizar los recursos futuros en el presente a través del crédito, se habrán configurado los rasgos fundamentales de esta gestión, al menos desde el punto de vista del responsable financiero de una empresa o entidad pública.


La gestión financiera en un sentido amplio constituye todos los recursos financieros, tanto los provenientes del ciclo de cobro y pagos (tesorería), como los necesarios en el proceso de inversión-financiación (operaciones activas-pasivas). Por ello a la Tesorería Municipal le corresponden todos los recursos financieros, sean fondos valores o créditos de un Municipio. 

En el sector público, esa anticipación de recursos se justifica por el hecho de que no solamente se trata de mejorar el presente sino de preparar el futuro.


  • 4,99 €
  • Disponible en iPad y Mac.
  • Categoría: Finanzas
  • Publicación: 25/11/2013
  • Editorial: JOSE MANUEL FARFÁN PÉREZ
  • Páginas impresas: 138 páginas
  • Idioma: Español
  • Versión: 1.0
  • Requisitos: Para ver este libro, debes tener un iPad con iBooks 3 (o posterior) y iOS 5.1 (o posterior), o un Mac con iBooks 1.0 (o posterior) y OS X 10.9 (o posterior).