viernes, 2 de diciembre de 2016

MAYOR CONTROL DE LAS FACTURAS EN EL CAJON

En el año 2104 el Saldo de obligaciones pendientes de aplicar al Presupuesto a 31 de diciembre (saldo de la cuenta 413) fue de 1.340,18 M de €. De los cuales 1.283,00 correponde a los municipios.


 El 4 de octubre de 2016 LA IAGE PUBLICO UN  NOTA INFORMATIVA 1/2016 DE RECOMENDACIÓN TÉCNICA DE LA INTERVENCIÓN GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO SOBRE LA UTILIZACIÓN DE LA CUENTA 413 “ACREEDORES POR OPERACIONES PENDIENTES DE APLICAR A PRESUPUESTO” DEL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA ADAPTADO A LA ADMINISTRACIÓN LOCAL (Plan de Cuentas Normal) CON PERIODICIDAD MENSUAL.


 La IGAE ha elaborado una propuesta de modificación del Plan General de Contabilidad Pública, y de los Planes de Cuentas adaptados a él cuya tramitación le compete, que en esencia consiste en un cambio de orientación de la cuenta 413 “Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto” y hasta que se produzca esa modificación recomienda a las entidades que apliquen dicho modelo normal que registren las operaciones recogidas en la actual cuenta 413 con periodicidad mensual, pues ello permitirá satisfacer mejor las necesidades de información sobre las operaciones que realizan y les facilitará la adaptación de sus procedimientos a los cambios que se aprueben.

lunes, 14 de noviembre de 2016

LA PROVISIONALIDAD DE LAS TESORERIAS MUNICIPALES


EL INFORME ANUAL SOBRE LA RENDICIÓN DE CUENTAS DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL ANDALUZ 2014


INFORME ANUAL Y RESUMIDO

PONE DE MANIFIESTO LAS SIGUIENTES CONCLUSIONES:

1. Las funciones públicas que desempeñan los titulares de los puestos de Secretaría, Intervención y Tesorería son esenciales para el buen funcionamiento de una administración y el correcto manejo de los caudales públicos. Por tal motivo es importante que estas plazas estén dotadas presupuestariamente y ocupadas por funcionarios con habilitación de carácter nacional.

2. La segregación de funciones, en corporaciones con población inferior a 5.000 habitantes, no está suficientemente garantizada y las funciones reservadas a funcionarios en posesión de habilitación de carácter nacional se ejercen por personas, cuya preparación no siempre está al nivel de exigencia de tales puestos de trabajo.

3Las funciones de tesorería son las que están más sujetas, actualmente, a provisionalidad y precariedad en los ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes, ya que la mayoría de estas entidades las habían cubierto con miembros de la corporación, funcionarios municipales de carrera o interinos

4. Se constata que en catorce ayuntamientos sigue asumiendo la responsabilidad de Tesorería un miembro de la corporación. Un aspecto destacable del análisis realizado es la alta rotación que se produce en estos puestos en determinados ayuntamientos, llegándose incluso al cambio del responsable de estas funciones hasta en ocho ocasiones en el período 2011-2015.

Los trabajos realizados también ponen de manifiesto que los puestos de tesorería son los que tienen un menor grado de ocupación por concurso y en los que la ocupación con carácter provisional, accidental o interina es mayor, a lo que hay que sumar el bajo nivel de cumplimentación de la información relativa a la tesorería en los cuestionarios recibidos.
 

sábado, 5 de noviembre de 2016

Análisis del presupuesto de tesorería

Análisis del presupuesto de tesorería
Análisis del presupuesto de tesorería



Análisis del presupuesto de tesorería

Publicado el 1 oct. 2016

sábado, 29 de octubre de 2016

Análisis de variaciones en el beneficio

Análisis del presupuesto de tesorería
Análisis de variaciones en el beneficio



35 Análisis de variaciones en el beneficio

martes, 20 de septiembre de 2016

PRINCIPIO DE PRUDENCIA FINANCIERA

En el BOE del sábado se publica la Resolución de 16 de septiembre de 2016, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento de las entidades locales.


FORMULA VIDA MEDIA


DEROGA la anterior de fecha 31 de julio de 2015.

TRATA DE RESOLVER EL PROBLEMA DE LA FALTA DE OFERTAS DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS ANTE TIPOS DE INTERÉS NOMINALES NEGATIVOS. INCREMENTANDO LOS DIFERENCIALES.

MODIFICANDO LOS DIFERENCIALES MÁXIMOS SOBRE EL COSTE DE FINANCIACIÓN DEL ESTADO.

DISTINGUE  ENTRE DIFERENCIALES A CORTO Y LARGO PLAZO ,QUE ANTES NO SE HACÍA, Y PARA LAS ENTIDADES LOCALES QUE SON ELEGIBLES ( LA MAYORÍA).

  • Operaciones no cubiertas por el Fondo de Financiación, concertadas por Entidades Locales que cumplan las condiciones de elegibilidad al Fondo de Impulso Económico  
b. A corto plazo: 0,50%.
a. A largo plazo: 0,40%
  • Operaciones concertadas por Entidades Locales que no cumplan las condiciones de elegibilidad al Fondo de Impulso Económicotanto a corto como a largo plazo0,75%.
TAMBIÉN MODIFICA EL ANEXO 1 DE TIPOS DE INTERÉS

PRIMERA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


TESORERIA: CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL f

Para poder visualizar el vídeo con las dos ponencias es necesario registrarse previamente en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/6233403354742469634

(hacer click en este enlace para ver el video)

La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

SEGUNDA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


La Planificación de Tesorería y su relación con la Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera 

Para poder visualizar el vídeo con la ponencia de José M. Farfán Pérez es necesario registrarse previamente en este enlace en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/3190806191221010178

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


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Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

La expresión « gestión financiera » hace referencia de forma genérica al “dinero” en sus diversas modalidades. Si a esta primera idea aproximativa se añade la de que es prácticamente el único medio de utilizar los recursos futuros en el presente a través del crédito, se habrán configurado los rasgos fundamentales de esta gestión, al menos desde el punto de vista del responsable financiero de una empresa o entidad pública.


La gestión financiera en un sentido amplio constituye todos los recursos financieros, tanto los provenientes del ciclo de cobro y pagos (tesorería), como los necesarios en el proceso de inversión-financiación (operaciones activas-pasivas). Por ello a la Tesorería Municipal le corresponden todos los recursos financieros, sean fondos valores o créditos de un Municipio. 

En el sector público, esa anticipación de recursos se justifica por el hecho de que no solamente se trata de mejorar el presente sino de preparar el futuro.


  • 4,99 €
  • Disponible en iPad y Mac.
  • Categoría: Finanzas
  • Publicación: 25/11/2013
  • Editorial: JOSE MANUEL FARFÁN PÉREZ
  • Páginas impresas: 138 páginas
  • Idioma: Español
  • Versión: 1.0
  • Requisitos: Para ver este libro, debes tener un iPad con iBooks 3 (o posterior) y iOS 5.1 (o posterior), o un Mac con iBooks 1.0 (o posterior) y OS X 10.9 (o posterior).