sábado, 31 de enero de 2015

Taller sobre la administración local. Coste de los Servicios Publicos

Taller sobre la administración local.


APLICACIÓN PRÁCTICA DE LA LRSAL. COSTES EFECTIVOS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y PERIODO MEDIO DE PAGO


Maracena acogío una jornada para formar a servidores públicos en la aplicación de las nuevas leyes que afectan a lo local. Cosital y UIMP han colaborado con el propio Ayuntamiento para la organización de este taller sobre costes efectivos de servicios y media de pago a proveedores.
El Ayuntamiento de Maracena ha acogido una jornada taller bajo el nombre ‘Aplicación práctica de la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local’ que organiza en coordinación con el Colegio de Secretarios, Tesoreros e Interventores de Granada (COSITAL) y junto a la UIMP (Universidad Internacional Menéndez Pelayo).
Casi un centenar de participantes han contado con las exposiciones de expertos como los economistas Alfredo Velasco y José Manuel Farfán para conocer los rudimentos de aplicación de las nuevas leyes promulgadas por el Gobierno Central, sobre Estabilidad presupuestaria y Racionalización de la Administración local que incluyen nuevos procedimientos como el cálculo del periodo medio de pago a proveedores o el cálculo del coste efectivo de los servicios públicos.
“Desde el Ayuntamiento de Maracena somos conscientes de la importancia de la formación técnica, porque la fuerza técnica municipal va a repercutir en una mejor gestión, un mejor asesoramiento y mayores recursos para el municipio. No cabe duda de que los servidores públicos deben formarse para afrontar los cambios organizativos, para favorecer la mejor prestación de servicios municipales”, ha señalado la edil de presidencia, Berta Linares, en la apertura del acto en la que ha estado acompañada por el presidente de Cosital Granada, Ildefonso Cobo, o la Directora adjunta de la UIMP en Granada, Francisca Villalba.
Por su parte, el regidor de Maracena, Noel López, ha destacado, como “municipalista convencido”, el importante papel que cumple el cuerpo de técnicos de la administración local, porque “son la fuerza del motor de las ciudades como garantes de la seguridad jurídica local”.
Maracena se ha convertido en espacio de conocimiento en esta materia pero a la sesión presencial de hoy, con grandes expertos y profesionales de primer nivel y amplia trayectoria como Velasco y Farfán se sumará una fase virtual posterior con la aplicación práctica de los conocimientos.

jueves, 29 de enero de 2015

Congreso Cosital 2014 Entrevista al Presidente de COSITAL, Eulalio Ávila

CONGRESO COSITAL 2014 Publicado el 16 de dic. de 2014 Inauguración Congreso COSITAL 2014 Entrevista al Presidente de COSITAL, Eulalio Ávila Manuel Arenilla, INAP Premio COSITAL

Entrevista de José Javier Esparza a Víctor Almonacid en el TD de Intereconomia



Entrevista de José Javier Esparza a Víctor Almonacid en el TD de Intereconomia


Publicado el 21 de ene. de 2015
Telediario de Intereconomia - José Javier Esparza entrevista a Víctor Almonacid sobre transparencia y controles contra la corrupción, con especial referencia al rol de Secretarios, Interventores y Tesoreros (COSITAL)

Recopilatorio Congresos Cosital de 2005 a 2012



Recopilatorio Congresos Cosital de 2005 a 2012


Publicado el 28 de nov. de 2014
Congreso COSITAL de Salamanca 2005
Congreso COSITAL de Valencia 2008
Congreso COSITAL de Toledo 2010
Congreso COSITAL de Cádiz 2012

Los interventores reivindican el funcionamiento democrático de su organización colegial

Los interventores reivindican el funcionamiento democrático de su organización colegial

15.01.2015 | 02:30 ver noticia original en este enlace

El Consejo General de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local (Cosital) reivindicó a través de un comunicado el funcionamiento democrático de la organización, después de las manifestaciones realizadas por el interventor Fernando Urruticoechea Basozábal en una entrevista en este periódico el pasado tres de enero. Urruticoechea declaró que "el control interno en España no existe en ningún sitio" y que la directiva del colegio de interventores estaba formada por la "aristocracia de los interventores, todos con sueldos superiores a 100.000 euros anuales". Ante estas manifestaciones, Cosital aclara que el funcionamiento de la organización es "totalmente democrático" y que los miembros elegidos "no perciben remuneración ni compensación alguna por realizar sus labores, como así consta en el artículo 35 de su reglamento". "Es totalmente falso que perciban un sueldo superior a 100.000 euros en la entidad local de destino como pueden comprobarse en sus presupuestos", añade.
Cosital recuerda que el órgano está defendiendo a Urruticoechea ante el juzgado de lo contencioso en "pleito aún pendiente" mediante asesoramiento ante el Tribunal de Cuentas, "cuando se le atribuyeron responsabilidades de las que, afortunadamente a nuestro parecer, fue exonerado".

Cosital critica la postura de César Asencio contra el exinterventor

Crevillent

Cosital critica la postura de César Asencio contra el exinterventor

El colectivo de profesionales asegura que las denuncias contra Urruticoechea han sido rebatidas a su favor

13.07.2014 | 01:52 Ver noticia original en este enlace
Cosital critica la postura de César Asencio contra el exinterventor
Cosital critica la postura de César Asencio contra el exinterventor

El Consejo General de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración local (Cosital) ha criticado duramente al alcalde de Crevillent, César Augusto Asencio, asegurando que «pretende denostar a José Ignacio Oiza Galán, instructor del expediente disciplinario incoado contra Fernando Urruticoechea Basozábal (antiguo interventor del Ayuntamiento de Crevillent), al no haber finalizado dicho expediente con el resultado que Asencio perseguía».
Desde Cosital han asegurado que las manifestaciones del alcalde de Crevillent contra la regulación de los expedientes disciplinarios en España, «acusando a todo el cuerpo de funcionarios habilitados nacionales de abuso de prerrogativas y de beneficiarse de un supuesto régimen de impunidad, son un reflejo del más absoluto desprecio por la legalidad vigente y de una concepción inquisitorial de los procedimientos, contraria a un sistema constitucional de derechos y garantías».
En este sentido, aseguraron que « César Augusto Asencio, tras acusar al instructor de corporativismo y amiguismo, pretende extender una cortina de humo al no haber prosperado su desmesurada denuncia, que si algo reflejaba era el carácter megalómano del alcalde de Crevillent, que parece querer hacer honor a su nombre actuando como si de un emperador se tratara contra cualquiera que se atreva a recordarle los límites del imperio de la ley».
El colectivo también sostuvo que «todas y cada una de las cincuenta y cinco imputaciones que recogía la denuncia del alcalde, a cada cual más carente de sentido, fueron rebatidas en su integridad y una por una por el instructor».
Por ello, aseguraron que «la caducidad del expediente si deja a alguien en situación de indefensión es a Fernando Urruticoechea, que después de haber sido denunciado por haber cumplido con su función y por haber pretendido que en Crevillent se aplicara la legalidad, ahora tiene que seguir soportando las manifestaciones en prensa de un alcalde que actúa a golpe de titular y se permite poner en cuestión procedimientos administrativos en los que quiere constituirse en juez y parte, olvidando que estamos en un Estado de Derecho».

jueves, 22 de enero de 2015

COMIENZA LA ANDADURA DE LA FACTURA ELECTRONICA

15 de enero de 2015.- Todas las Administraciones Públicas tienen que recibir desde hoy de forma obligatoria las facturas de sus proveedores por vía electrónica, de acuerdo con lo que establece la Ley de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable.
Tan sólo podrán quedar excluidas de la obligatoriedad las facturas con importe inferior a 5.000 euros y las destinadas a servicios en el exterior.

GABINETE PRENSA MINHAP



ES MUY CLARIFICADORA Y RESUELVE ALGUNA DUDAS LA  CIRCULAR 1/2015, DE 19 DE ENERO, DE LA INTERVENCIÓN GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, SOBRE OBLIGATORIEDAD DE LA FACTURA ELECTRÓNICA A PARTIR DEL 15 DE ENERO DE 2015.

CIRCULAR 1/2015 IGAE

TAMBIÉN ES MUY INTERESANTE LA INFORMACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE OVIEDO SOBRE  :

Transmisiones de derechos de cobro

Transmisiones de derechos de cobro



viernes, 16 de enero de 2015

NUEVOS TIPOS DE RETENCIONES FISCALES PARA 2015

La AEAT ha publicado el cuadro donde se recogen los distintos tipos de retención que resultarán de aplicación en el Impuesto sobre la Renta . También se incluye el modelo resumen anual donde deben ser declaradas estas retenciones, con indicación de la clave de declaración correspondiente.


RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA DEL IRPF


Recordadando la S TCu 5/2000: La función del depositario o tesorero dentro del ciclo presupuestario se plantea, sin embargo, como una tarea meramente material en cuyo desempeño debe comprobar que el mandamiento de pago que se libra o presenta ha sido ordenado por el órgano competente y debidamente intervenido por el órgano de control, sin que consten reparos o en su caso, solventando los mismo. Deberá comprobar si sobre el destinatario del pago pesan retenciones judiciales o administrativas, practicándolas, en su caso, así como las que legalmente correspondan.

Por todo ello practicar las retenciones, proceder a su pago o informar en que caso de que el Ordenador de Pagos no firme las correspondientes ordenes de liquidación,  así como presentar los Modelos anuales 190 es una labor inexcusable para el Tesorero Municipal, dado que existe la figura del RETENEDOR y su posible responsabilidad tributaria.


viernes, 9 de enero de 2015

Tipo de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales durante el primer semestre del 2015.

  • INTERESANTE INFORMACIÓN QUE PUBLICA:
  • Resolución de  30 de diciembre de 2014, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se fija en el 8,05% el tipo de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales durante el primer semestre del 2015. 



En dicha WEB se publica una información complementaria interesante:



Además una herramienta de cálculo:

 Herramientas de cálculo de intereses, conforme al nuevo tipo aprobado por Resolución de  30 de diciembre de 2014, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera.

domingo, 4 de enero de 2015

LA BONDAD DE LA INFORMACION FINANCIERA

Todos los que hemos estado ejerciendo como Tesoreros Municipales más de una vez nos ha ocurrido que la prensa publicita una información distinta a la que nosotros elaboramos. O bien los datos se modifican o se trasladan a los medios de forma diferente.



Esto es lo que le ha ocurrido precisamente a nuestro compañero Alejandro  Rodríguez, y desde estas lineas lo único que le puedo decir que la prensa no forma parte de la gestión y nuestras funciones, todo lo contrario, la labor del Tesorero deber ser discreta, y siempre aconsejo cuando hay dudas que se consulte las fuentes oficiales: informe endeudamiento, tesorería, CIRBE, WEB del MINHAP,  etc... que están elaboradas o suministradas su información  por los Tesoreros Municipales.




Me acuerdo de un informe que el reportero de prensa era un becario sin experiencia  y puso todos los datos al revés. Vi que esto no cambio la situación financiera de esa Entidad Local en ese momento.

PRIMERA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


TESORERIA: CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL f

Para poder visualizar el vídeo con las dos ponencias es necesario registrarse previamente en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/6233403354742469634

(hacer click en este enlace para ver el video)

La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

SEGUNDA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


La Planificación de Tesorería y su relación con la Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera 

Para poder visualizar el vídeo con la ponencia de José M. Farfán Pérez es necesario registrarse previamente en este enlace en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/3190806191221010178

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


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Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

La expresión « gestión financiera » hace referencia de forma genérica al “dinero” en sus diversas modalidades. Si a esta primera idea aproximativa se añade la de que es prácticamente el único medio de utilizar los recursos futuros en el presente a través del crédito, se habrán configurado los rasgos fundamentales de esta gestión, al menos desde el punto de vista del responsable financiero de una empresa o entidad pública.


La gestión financiera en un sentido amplio constituye todos los recursos financieros, tanto los provenientes del ciclo de cobro y pagos (tesorería), como los necesarios en el proceso de inversión-financiación (operaciones activas-pasivas). Por ello a la Tesorería Municipal le corresponden todos los recursos financieros, sean fondos valores o créditos de un Municipio. 

En el sector público, esa anticipación de recursos se justifica por el hecho de que no solamente se trata de mejorar el presente sino de preparar el futuro.


  • 4,99 €
  • Disponible en iPad y Mac.
  • Categoría: Finanzas
  • Publicación: 25/11/2013
  • Editorial: JOSE MANUEL FARFÁN PÉREZ
  • Páginas impresas: 138 páginas
  • Idioma: Español
  • Versión: 1.0
  • Requisitos: Para ver este libro, debes tener un iPad con iBooks 3 (o posterior) y iOS 5.1 (o posterior), o un Mac con iBooks 1.0 (o posterior) y OS X 10.9 (o posterior).