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sábado, 1 de febrero de 2014

PRONTUARIO DE PLAZOS DE LA LEY DE RACIONALIZACION Y SOSTENIBILIDAD DE LA ADMINISTRACION LOCAL. ( LEY 27/2013, DE 27 DE DICIEMBRE)



Por Fernando Fernández-Figueroa Guerrero, Secretario General de la Diputación de Sevilla, Secretario General del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla

PRONTUARIO DE PLAZOS DE LA LEY DE RACIONALIZACION Y SOSTENIBILIDAD DE LA ADMINISTRACION LOCAL. ( LEY 27/2013, DE 27 DE DICIEMBRE)


Al margen de la importancia global que para el régimen local supone la entrada en vigor , y con ello la aplicación en todo el territorio nacional, de la Ley 27/2013 de 27 de diciembre de racionalización y sostenibilidad de la Administración local, preocupa sobremanera a los operadores jurídicos la respuesta que se de a la sencilla pregunta: ¿por dónde empezamos a aplicarla?

El presente artículo muestra “grosso modo” y de manera sintética aquello plazos más destacados junto a aquellos que deben producirse escalonadamente en el proceso de aplicación de la Ley. No son todos , pero si los más relevantes que precisan alguna matización u observación explicativa con motivo, precisamente, de su observancia.



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