GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL

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lunes, 30 de diciembre de 2013

LEY ORGANICA DE DEUDA COMERCIAL Y PRESUPUESTO DE TESORERIA (II)

Se ha publicado el sabado 21 la LEY ORGANICA DE DEUDA COMERCIAL.

                                  TEXTO BOE

REGULA DETALLADAMENTE EL PRESUPUESTO DE TESORERÍA MUNICIPAL e incorpora la sostenibilidad financiera como principio rector de la actuación económico-financiera de todas las Administraciones Públicas.

En este segundo post analizaremos el presupuesto de tesorería.



Los efectos negativos ( de la morosidad)  se manifiestan especialmente en la afectación a la sostenibilidad financiera, pues, además del sobrecoste que supone pagar tarde con intereses de demora, se genera un mayor compromiso de gasto para un futuro, con desplazamiento temporal, lo que compromete disponer de recursos futuros.

Internamente, las Administraciones deben incluir en sus planes de tesorería información relativa al pago a proveedores, de modo que la gestión financiera se alinee con la protección de los proveedores.


Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería.


Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:
a) El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad.

b) El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incremento de ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad.»


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