"POST" publicado en el Blog esPublico de Administración Pública.
TEXTO " POST" EXCESO DE LIQUIDEZ
ANALIZA LA PROBLEMATICA ACTUAL DEL EXCESO DE LIQUIDEZ EN LAS ENTIDADES LOCALES.
José Manuel Farfán Pérez. Funcionario de Habilitación Nacional de la Subescala de Intervención-Tesorería. Tesorero General de la Diputación de Sevilla y del Organismo Provincial de Recaudación (OPAEF), tiene experiencia docente, ha escrito de forma individual o conjunta varias obras y múltiples artículos sobre finanzas locales. Es Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Sevilla. Ex-Economista del Ayuntamiento de Sevilla. Profesor de la Universidad de Sevilla.
GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL
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viernes, 30 de diciembre de 2016
domingo, 11 de diciembre de 2016
NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS EN GESTIÓN TRIBUTARIA Y RECAUDACION
Interesante documento de Víctor Almonacid Lamelas : 100 PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE EL PROCEDIMIENTO
ELECTRÓNICO EN LA NUEVA LEY DE PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO COMÚN.
Las preguntas 71 a 80 se refieren a: LA NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA. QUE ES APLICABLE A LAS REALIZADAS EN EL MARCO DE LA GESTIÓN TRIBUTARIA Y RECAUDACIÓN MUNICIPAL.
71. ¿Qué es una notificación electrónica?
72. ¿En qué consiste la notificación electrónica mediante Dirección electrónica
habilitada (DEH)?
73. ¿Puede un interesado que ha elegido expresamente ser notificado por medios
electrónicos cambiar de opinión?
74. ¿En qué consiste la notificación por comparecencia electrónica?
75. ¿Puede practicarse la notificación por medio de correo electrónico? ¿Y por SMS?
76. ¿Es obligatorio realizar el aviso electrónico cuando se realiza una notificación en
papel?
77. En el caso de procedimientos iniciados de oficio, ¿pueden utilizarse medios
electrónicos para notificar a personas no obligadas a relacionarse con la
Administración por medios electrónicos?
78. Visto que el aviso es obligatorio, ¿la falta de práctica del aviso de notificación
electrónica impide que la notificación sea considerada plenamente válida?
79. ¿Cómo se acredita la puesta a disposición de la notificación electrónica por
comparecencia en Sede Electrónica?
80. En relación a la notificación infructuosa, ¿sería conveniente enviar el aviso por
eMail o SMS?
EN ESTOS MOMENTOS LA REALIDAD EN EL CAMPO DELA GESTION TRIBUTATIA Y RECAUDACIÓN ES:
1. QUE NO TODOS LOS ÓRGANOS DE GESTIÓN TRIBUTARIA Y RECAUDACIÓN ESTÁN IMPLEMENTANDO ESTAS NOTIFICACIONES.
2. Que algunos entes van a contemplar la obligatoriedad de este tipo de notificaciones a las personas jurídicas sin incluir todos estos aspectos en la Ordenanza General. Criterio que no comparto y de una gran inseguridad jurídica.
viernes, 9 de diciembre de 2016
FINANZAS LOCALES EN 2017
El día 7 AIReF ( Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal) ha publicado un Informe de los Proyectos y
Líneas fundamentales de los
presupuestos de las
Administraciones Públicas:
Corporaciones Locales 2017
INFORME AIReF
Su interesante lectura entre otras realiza las siguientes aseveraciones:
1. De las 973 EELL que tenían que elaborar en 2015 un Plan Económico-Financiero (PEF), por incumplimiento del objetivo de estabilidad en 2014, solo la mitad lo han presentado.
2 El objetivo de estabilidad
presupuestaria y la regla de gasto deben reforzarse mutuamente para lo cual,
recomienda que las líneas fundamentales y presupuestos aprobados de las CCLL
tengan información del cálculo de la regla de gasto, e insiste en que se clarifiquen las
condiciones y criterios de su cálculo y aplicación dentro del marco legal actual.
3.La AIReF considera muy probable que el subsector CCLL cumpla el objetivo de
estabilidad presupuestaria en 2017, si bien el posible superávit podría seguir la
tendencia decreciente iniciada en 2015 y ser inferior al que se obtenga en 2016.
4. La deuda local se concentra en un 80% en
los Ayuntamientos no forales, de los que un 10% presentan una ratio de deuda
sobre ingresos corrientes superior al 75%.
5 El 11,4% de las EELL con una ratio de deuda sobre ingresos corrientes superior
al 75%, no generarán superávit suficientes como para retornar a una situación
de sostenibilidad en el medio plazo, de mantener sus políticas constantes
viernes, 2 de diciembre de 2016
MAYOR CONTROL DE LAS FACTURAS EN EL CAJON
En el año 2104 el Saldo de obligaciones pendientes de aplicar al Presupuesto a 31 de diciembre (saldo de la cuenta 413) fue de 1.340,18 M de €. De los cuales 1.283,00 correponde a los municipios.
El 4 de octubre de 2016 LA IAGE PUBLICO UN NOTA INFORMATIVA 1/2016 DE RECOMENDACIÓN TÉCNICA DE LA INTERVENCIÓN GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO SOBRE LA UTILIZACIÓN DE LA CUENTA 413 “ACREEDORES POR OPERACIONES PENDIENTES DE APLICAR A PRESUPUESTO” DEL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA ADAPTADO A LA ADMINISTRACIÓN LOCAL (Plan de Cuentas Normal) CON PERIODICIDAD MENSUAL.
La IGAE ha elaborado una propuesta de modificación del Plan General de Contabilidad Pública, y de los Planes de Cuentas adaptados a él cuya tramitación le compete, que en esencia consiste en un cambio de orientación de la cuenta 413 “Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto” y hasta que se produzca esa modificación recomienda a las entidades que apliquen dicho modelo normal que registren las operaciones recogidas en la actual cuenta 413 con periodicidad mensual, pues ello permitirá satisfacer mejor las necesidades de información sobre las operaciones que realizan y les facilitará la adaptación de sus procedimientos a los cambios que se aprueben.