GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL

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jueves, 11 de febrero de 2016

CUENTAS RESTRINGIDAS Y PRINCIPIO DE UNIDAD DE CAJA


YA COMENTÁBAMOS EN SU MOMENTO QUE:

La Ley de Hacienda contempla con carácter general el principio de unidad de caja, pero algunas normativas especificas determinan la necesidad de aperturar cuentas restringidas y rompen el principio de unidad de caja.




En estos casos, no se pueden aplicar las  disposiciones de fondos (dinero) a fines distintos para los que se concedieron.

Por todo elllo es conveniente tenerlo en cuenta, ponemos a continuación una noticia,

En esta noticia se observa como el propio Tesorero e Interventor advertían de su ilegalidad" indicándose en el primer caso que la normativa "obligaba a depositar los fondos en una cuenta restringida de pagos para la finalidad de dichas subvenciones". Se advirtió claramente, sostiene el Ministerio Público, "que la disposición de fondos que se ordenaba con cargo a dichas cuentas suponía un uso distinto al descrito en el punto anterior".

El no cumplimiento de estas premisas puede dar lugar a un juicio penal en primera Instancia . No obstante la Audiencia sobreseyó el asunto.

Muchas veces ocurre que se puede confundir crédito ( que puede estar afecto a una actuación) con numerario ( donde opera el Principio de Unidad de Caja, que son cosas distintas.

NOTICIA 1

NOTICIA 2

viernes, 5 de febrero de 2016

ELIMINAR LAS CAJAS DE EFECTIVO

Muchos compañeros me preguntan sobre la idoneidad de las Cajas de Efectivo, siempre les contesto que en toda mi experiencia profesional nada más que he visto problemas en ellas y muy pocas ventajas, teniendo a las Entidades Financiera como colaboradoras en la Recaudación que si están especializadas en el servicio de efectivo.

Viene a colación la entrada en el BLOG de Antonio Arias: Los auditores recomiendan eliminar la caja municipal. 

ME PARECE MUY INTERESANTE SU CONTENIDO.

NOTICIAS RECIENTES JUSTIFICAN AUN MÁS LA MEDIDA DE ELIMINAR LAS CAJAS:




martes, 2 de febrero de 2016

CSB 34 Y 19. CÓDIGO BIC

Ayer entro en vigor el nuevo formato XLM del los CSB 19 y 34 (domiciliaciones y pagos). Una de las novedades es la necesidad de incorporar el CODIGO BIC para cada registro





Desde el 1 de febrero de 2016 en aplicación del Reglamento europeo 260/2012 las empresas y emisores de recibos y transferencias por lotes deberán reemplazar los formatos planos de ficheros por la norma ISO 20022 XML cuando intercambien operaciones con su Entidad Bancaria.

Esto afecta los recibos de domiciliaciones (CSB 19) fundamentalmente de Recaudación y ficheros de pagos por transferencias (CSB 34) para nominas y pagos en firmes por transferencias.

El código SWIFT  (también conocido como código BIC) tiene como objetivo único facilitar el tratamiento automático de pagos y cobros transfronterizos. Su formato es el siguiente: AAAABBCCXXX, donde  AAAA es el código asignado al banco, BB es el país, CC es la ciudad (normalmente de la sede central) y XXX, que no se suele usar, corresponde a la oficina bancaria en cuestión.





Para saber cuál es vuestro código Swift/BIC, tan sólo debéis preguntar a vuestra entidad bancaria o usar alguna de las páginas web donde figura el listado completo, como Ibancalculator  EN LA QUE PODRÁS OBTENER EL CODIGO BIC DE CUALQUIER BANCO  este pdf del Banco de España