miércoles, 9 de julio de 2014

La Xunta tolera que Caballero mantenga en el Concello de Vigo a un interventor sin la categoría exigida.

La Xunta tolera que Caballero mantenga en Vigo a un interventor sin la categoría exigida

Además de funcionario, Luis García fue hace años concejal del PSOE de Nigrán


El varapalo del Tribunal de Cuentas no ha servido por ahora para nada. Un reciente informe de este organismo estatal alertaba de la situación existente en el Concello de Vigo, que lleva más de dos años con un interventor sin la categoría exigida. Entiende que en esta situación no se garantiza la independencia del departamento encargado de fiscalizar la gestión económica de un ayuntamiento con 228 millones de euros de presupuesto.
Dos meses después de este aviso todo sigue igual, con el agravante de que la Dirección Xeral de Administración Local alienta la situación al no responder al recurso presentado por el alcalde vigués, Abel Caballero, contra su negativa inicial a que se le prorrogara en el puesto.
Curiosamente, este parón en su misión de control de los puestos de funcionarios de habilitación nacional se produce tras el pacto presupuestario del PP vigués con el gobierno socialista de Vigo. Este acuerdo ha desactivado el papel del PP como oposición al gobierno vigués.
Lo que nadie discute es que Caballero puede nombrar a quien prefiera como interventor del Concello vigués, con el único requisito de que sea de categoría superior. Lo era el anterior titular del puesto, Juan Ramón González Carnero, pero no lo es Luis García Álvarez, con nivel de entrada y que por tanto solo puede ejercer en municipios de hasta 20.000 habitantes.
El conflicto actual tiene su origen en una decisión adoptada en febrero del 2012, cuando el regidor, haciendo uso de las factades que le confiere la ley de grandes ciudades, decidió cesar al interventor y nombró, provisionalmente por falta de titulación, a Luis García. Transcurrido el primer año de ejercicio, Caballero se lo prorrogó un segundo, el máximo período establecido.
Llegado ese momento la Dirección Xeral de Administración Local le notificó lo irregular de la situación. Además, instó al alcalde a normalizar la situación antes de tres meses, plazo que se cumplió el pasado 8 de mayo.
Pese a ello, en el Concello de Vigo todo ha seguido igual y el interventor cuestionado ejerce su puesto con normalidad. Lo único que hizo Caballero fue presentar un recurso de reposición, que la Xunta no ha resuelto.
Este es un asunto familiar para el conselleiro de Presidencia, Alfonso Rueda, quien profesionalmente es secretario de Administración Local y conoce a la perfección estos mecanismos.
Reacciones
El campanazo del Tribunal de Cuentas alertando de que «se está incumpliendo la normativa aplicable» provocó en su momento reacciones en el Concello vigués. El BNG pidió su cese al igual que Esquerda Unida, que no cuenta con representación municipal. El portavoz del PP sugirió a Caballero que pidiera un informe a los servicios jurídicos.
Por su parte, el alcalde se negó a valorar la situación creada por el informe de Cuentas, lo mismo que el Colegio provincial de Secretarios e Interventores de Pontevedra.

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PRIMERA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


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SEGUNDA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


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