miércoles, 4 de junio de 2014

El Tribunal de Cuentas reprocha a Caballero que su interventor no tenga la categoría exigida

Caballero, en un pleno, junto al interventor municipal. M. MORALEJOGALICIA 
El Tribunal de Cuentas reprocha a Caballero que su interventor no tenga la categoría exigida

El alcalde de Vigo mantiene en el puesto a un funcionario con titulación inferior que fue concejal del PSOE en Nigrán



El Tribunal de Cuentas cree que no está garantizada la independencia del departamento de Intervención del Concello vigués al estar al frente desde hace 28 meses un funcionario sin la categoría legalmente exigida. Así figura en el informe 1.032 de este organismo estatal, aprobado hace unas semanas, en el que se da un sonoro tirón de orejas al alcalde de Vigo.
En concreto, indica que «se ha incumplido la obligación legal de convocar el puesto de intervención», pese a que Caballero puede elegir directamente al nuevo responsable. Y no solo eso, sino que en estas circunstancias «no se ofrecen garantías suficientes para un ejercicio adecuado e independiente de la función de control», algo de la máxima relevancia en una institución con un presupuesto cercano a los 230 millones de euros.
Concurso aparcado
En apariencia, el alcalde de Vigo, el socialista Abel Caballero, quiere tener en el Concello a un interventor de su agrado aunque no reúna los requisitos necesarios para ocupar el puesto en una ciudad de casi 300.000 habitantes. Hace dos años cesó al anterior titular del puesto, Juan Ramón González Carnero, una remoción legal que permite la vigente ley de grandes ciudades.
Sin embargo, en lugar de sacar a concurso la plaza para elegir a otro interventor de categoría superior, obligatoria en Vigo, prefirió dilatar el proceso y nombrar en comisión de servicios a un funcionario de este departamento municipal.
El designado fue Luis García Álvarez, interventor de entrada, una titulación lo que le permite ocupar el puesto en concellos de 5.000 a 20.000 habitantes y que en el Concello de Vigo era jefe de Contabilidad. Un nombramiento de estas características se realiza por un año, supuestamente para tramitar en este tiempo el concurso, y legalmente el tope máximo son dos, que en Vigo se han superado sin que Luis García haya sido removido.
De hecho, el alargamiento ha forzado a la Xunta a intervenir. La Dirección Xeral de Administración Local rechazó hace unos meses un tercer año en esta situación al no haber acreditado el Concello la imposibilidad de nombrar a un interventor de categoría superior.
Normativa incumplida
Y no solo eso, instó al alcalde a hacerlo en un plazo de tres meses que finalizó el 8 de mayo. Sin inmutarse, Caballero ordenó presentar un recurso de reposición que al parecer todavía no se ha resuelto. Mientras tanto, obviamente, Luis García sigue al frente de la Intervención del mayor concello de Galicia.
La denuncia del Tribunal de Cuentas afecta a unos pocos ayuntamientos en toda España, afirmando en el documento citado que en estos se está «incumpliendo la normativa aplicable», por lo que la gestión que se realiza «no ofrece garantías suficientes (...) de control interno de la gestión económica» de estas entidades.
El tribunal expresa su sorpresa porque en el caso de Vigo haya un interventor de entrada en un puesto que no puede ocupar «a pesar de contar con puesto de colaboración con titular y ser estos a los que les corresponde el ejercicio de las funciones ante la vacante del puesto».
«No hay garantías suficientes de control interno de la gestión económica»

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







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«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

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a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

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Gestión de tesoreria municipal


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