martes, 19 de noviembre de 2013

Cataluña y Andalucía acaparan el 40% de las empresas públicas municipales.

elEconomista.es

Cataluña y Andalucía acaparan el 40% de las empresas públicas municipales

  • La tarea de podar un entramado tan extenso no terminará antes de 2015

Es una Administración dentro de otra Administración. Las entidades locales (ayuntamientos, diputaciones y mancomunidades) han creado a su alrededor un entramado de 4.001 organismos que de ellas dependen, de acuerdo con el registro más reciente, correspondiente a este año, de que dispone el Ministerio de Hacienda.


Sobre todo, son empresas públicas y sociedades mercantiles de titularidad pública que han florecido incluso en los municipios más pequeños y remotos de España, pero tienen preferencia sobre todo por Cataluña y Andalucía, que concentran el 40%.

Estos entes (y los llamados organismos autónomos, otra especie muy frecuente en el medio ambiente de la Administración local) sirven para todo: desde la prestación de servicios básicos como el suministro de agua, hasta el fomento de la cultura y el deporte, pasando por medios de comunicación (hay radios, teles y periódicos), y terminando en entidades relacionadas con el turismo o con el desarrollo del uso de las lenguas cooficiales, por poner algunos ejemplos.

De hecho, en Cataluña se concentran 746 entes de este tipo, expresado en términos relativos, el 18,6% del total. Con todo, Andalucía, aunque no necesita de políticas lingüísticas particulares, supera los registros catalanes, pues en torno a sus entidades locales giran 828 satélites, el 20,7 por ciento del total, de acuerdo con los registros de Hacienda.

De hecho, en el caso andaluz, son más numerosos que los propios municipios de la comunidad autónoma que preside Susana Díaz (estos últimos ascienden a 795, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística).

Lo que todos estos organismos accesorios tienen en común en el conjunto de España es que constituyen una maraña muy difícil de desbrozar.

Y así lo ha reconocido el Gobierno en la puesta en marcha de una de las iniciativas en las que más esperanzas ha depositado: la reforma de la Administración local aprobada en Consejo de Ministros hace casi un año.

El grueso de la reforma

Precisamente, la parte del león de la mencionada reforma consiste en racionalizar la red de lo que, en lenguaje técnico, se denomina "entidades instrumentales del ámbito local que tengan consideración de Administración Pública"; en otras palabras, el propósito es acabar con todos los entes paralelos que no puedan demostrar que se encuentran financieramente saneados y que son viables.

Pero la tarea es tan grande que el Ejecutivo no tuvo más remedio que, pasado el verano, posponer hasta 2015 la consecución de los principales objetivos en lo que a achicar la red de satélites de los ayuntamientos y las diputaciones se refiere.

Y en este campo de juego es donde se pueden extraer los mayores resultados de esta reforma: el ahorro esperado de aplicar los cambios a la Administración local no pasa de cuatro millones en este año. En 2015 lo que se espera conseguir son no menos de 1.000 millones de euros. Es difícil ofrecer aproximaciones más ajustadas en la medida en que este tipo de entes se cuidan de presentar sus cuentas completas, desglosando sus gastos y su volumen de deuda, en el registro general de Hacienda.

Sea como fuere, para cumplir las expectativas de dentro de dos años, hay que ponerse a podar ya. No en vano el próximo 31 de diciembre se cierra el plazo en el que las entidades locales tienen que presentar al Ejecutivo sus planes de corrección de desequilibrios para los organismos que tienen a su cargo. A partir de entonces, lo que toca es aplicarlos con celeridad, dado que toda entidad que no sea financieramente viable tiene que estar disuelta, como tarde, el 1 de agosto de 2015.

El 25% no se salva

En Cremades & Calvo Sotelo ya han hecho sus previsiones sobre cuáles serán los resultados del examen al que se someterán las entidades locales en poco menos de dos años. Los expertos del reconocido bufete estiman que, como mínimo, "el 25 por ciento de las entidades paralelas no pasarán el examen".

El trabajo de evaluación se prevé todavía más farragoso en el supuesto de que se sumerja todavía más a fondo en la España profunda local y tenga en cuenta también los incontables, y más difíciles de controlar, consorcios y fundaciones sin ánimo de lucro que también han surgido al amparo de municipios, diputaciones y mancomunidades.

Solamente en Andalucía, si se considera también a este tipo de organismos más secundarios, el total de entes locales a los que da cobijo se eleva 2.047, de acuerdo con estimaciones del PP andaluz.
Además, ante la posibilidad de que la Administración local vuelva a hipertrofiarse una vez que la situación económica se normalice, la reforma toma sus precauciones y prevé que ningún ayuntamiento, mancomunidad o diputación podrá mantener su participación en "entidades instrumentales" o constituir otras nuevas, en caso de que estén sujetos a planes de ajuste o económico financieros.

De momento, son pocos los que están en esa situación. De acuerdo con los últimos datos de Hacienda, este año son 113 las entidades locales que han necesitado de la intervención de Hacienda, poco más del 1 por ciento de las más de 8.000 que existen hoy en nuestro país.

Igualmente son tranquilizadoras las cifras que la Administración local arroja en lo que respecta al déficit. De hecho, al contrario que las comunidades autónomas y al igual que el Estado, cumplió con el tope para sus números rojos que el Gobierno le fijó el año pasado.

Más deuda

No obstante, la racionalización de la que es la escala más básica del sector público no puede dejarse de lado, máxime teniendo en cuenta que bajo los buenos resultados globales, se esconden otras realidades no tan positivas.

Así, el endeudamiento de las diputaciones provinciales ha crecido más de un 30% desde el inicio de la crisis hasta la actualidad, sin que estos organismos se hayan visto urgidos a asumir nuevas competencias.

Por otro lado, en lo que a los ayuntamientos concierne, la situación es muy desequilibrada. De hecho el superávit presupuestario que presentan en sus cuentas las seis ciudades que en España tienen empadronados a más de 500.000 habitantes (Barcelona, Madrid, Málaga, Sevilla, Valencia y Zaragoza) es el que permite compensar la situación de déficit en la que se encuentran muchos municipios de mediano y pequeño tamaño. Además, algunas de esas grandes urbes, como es el caso de Madrid, presentan un nivel de endeudamiento muy elevado que hace difícil que sus superávit se puedan usar para fines que no sean amortizar pasivo.

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


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  • Publicación: 25/11/2013
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