lunes, 22 de julio de 2013

¿ RESCATE FINANCIERO A MI MUNICIPIO ? NO, GRACIAS.




En días anteriores comentábamos el Título II del  Real Decreto Ley 8/2013, de 28 de Junio, de medidas contra la morosidad de las Administraciones Públicas y de apoyo a Entidades Locales con problemas financieros se “pone a disposición de los municipios que se encuentren en situaciones de especial dificultad un conjunto de medidas extraordinarias y urgentes de apoyo a la liquidez, de carácter temporal y voluntario, que les permita hacer frente a estos problemas, siempre que cumplan con las debidas condiciones fiscales y financieras, tal y como exige la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera”. 

Entre las medidas destacan las relativas a:

- la participación de los tributos del Estado,
- a las deudas generadas con los acreedores públicos,
- al régimen de endeudamiento
- o a la financiación de los remanentes de tesorería negativos.

SON MEDIDAS QUE NO RESUELVEN EL PROBLEMA ESTRUCTURAL DE FINANCIACION, EL DESEQUIILIBRIO PERMANENENTE EXISTENTE, PERO QUE IMPLEMENTANDOLAS  JUNTO A UNA CORRECTA PLANIFICACION FINANCIERA PUEDE QUE EN UN PERIODO RELATIVAMENTE CORTO, SE VUELVA A ALCANZAR LA SENDA DEL EQUILIBRIO FINANCIERO.

POR ELLO EL RD ESTABLECE UNAS MEDIDAS QUE DEBEN DE INCORPORAR DICHOS AYUNTAMIENTOS EN SU PLANES ECONOMICOS:
  Las condiciones MAS RELEVANTES que deben cumplir los municipios del artículo 21 que decidan acogerse a alguna de las Medidas Extraordinarias se CONTEMPLAN EN EL ARTICULO 26.

  Artículo 26. Condiciones aplicables con carácter general a los municipios.
Las condiciones generales de artículo 26 obligan a cumplir un plan de ajuste o revisión del que tuvieran, sometido a una enumeración exhaustiva de medidas concretas de saneamiento, que incluyen entre otras:

 -       Reducir al menos un 5% sus gastos de funcionamiento de capítulos 1 y 2 en el primer ejercicio, no aumentarlos en los dos siguientes y a partir del cuarto podrá crecer en el límite de la tasa de variación aplicable a la regla de gasto.

-   Financiar íntegramente el coste de los servicios: en el primer ejercicio financiar el 50% del coste; segundo ejercicio el 75%; y tercero financiar el 100% del coste.


EXISTEN POR TANTO AYUNTAMIENTOS QUE NECESITAN APLICAR LAS MEDIDAS DEL RESCATE, PERO SE NIEGAN A IMPLEMENTAR LAS MEDIDAS DE REDUCCION DE GASTOS (GASTOS DE PERSONAL)  Y AUMENTO DE LAS TASAS Y PRECIOS DE LOS SERVICIOS.



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PRIMERA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


TESORERIA: CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL f

Para poder visualizar el vídeo con las dos ponencias es necesario registrarse previamente en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/6233403354742469634

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La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

SEGUNDA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


La Planificación de Tesorería y su relación con la Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera 

Para poder visualizar el vídeo con la ponencia de José M. Farfán Pérez es necesario registrarse previamente en este enlace en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/3190806191221010178

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


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Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

La expresión « gestión financiera » hace referencia de forma genérica al “dinero” en sus diversas modalidades. Si a esta primera idea aproximativa se añade la de que es prácticamente el único medio de utilizar los recursos futuros en el presente a través del crédito, se habrán configurado los rasgos fundamentales de esta gestión, al menos desde el punto de vista del responsable financiero de una empresa o entidad pública.


La gestión financiera en un sentido amplio constituye todos los recursos financieros, tanto los provenientes del ciclo de cobro y pagos (tesorería), como los necesarios en el proceso de inversión-financiación (operaciones activas-pasivas). Por ello a la Tesorería Municipal le corresponden todos los recursos financieros, sean fondos valores o créditos de un Municipio. 

En el sector público, esa anticipación de recursos se justifica por el hecho de que no solamente se trata de mejorar el presente sino de preparar el futuro.


  • 4,99 €
  • Disponible en iPad y Mac.
  • Categoría: Finanzas
  • Publicación: 25/11/2013
  • Editorial: JOSE MANUEL FARFÁN PÉREZ
  • Páginas impresas: 138 páginas
  • Idioma: Español
  • Versión: 1.0
  • Requisitos: Para ver este libro, debes tener un iPad con iBooks 3 (o posterior) y iOS 5.1 (o posterior), o un Mac con iBooks 1.0 (o posterior) y OS X 10.9 (o posterior).