miércoles, 3 de julio de 2013

¿QUÉ ES EL SEPA? ¿Cuál es la fecha límite en la que se tiene que haber llevado a cabo la migración a los instrumentos de pago SEPA? Ver video en GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL



NOTICIAS Y PAGINA WEB DEL SEPA

PRINCIPALES IMPACTOS

• LA END DATE: 1-2-2014 a partir de esta fecha será obligatoria la utilización de instrumentos de pago
SEPA sustituyendo a las transferencias y adeudos nacionales.

• En España se han declarado producto nicho los anticipos de crédito (C58) y los recibos que se giran por
C32, en consecuencia se establece una prórroga para su migración hasta el 1-2-2016.

• IBAN obligatorio como identificativo de la cuenta en sustitución del CCC.

• BIC obligatorio en transacciones nacionales hasta 1-2-2014 y en transfronterizas hasta 1-2-2016.

• Eliminación del reporting a Bancos Centrales en las transacciones de pago a partir de 1-2-2016. En
España, los residentes deberán realizar la comunicación directamente al B. de España a partir del 1-1-
2013, contemplándose un periodo de convivencia de un año (hasta enero de 2014).

• Formato Fichero XML obligatorio a partir de 1-2-2016 (excepto microempresas y consumidores).

NOTICIAS Y PAGINA WEB DEL SEPA

¿Qué es SEPA? La zona única de pagos en euros (SEPA por su acrónimo en inglés) es el área en el que ciudadanos, empresas y otros agentes económicos pueden efectuar y recibir pagos en euros en Europa, dentro y fuera de las fronteras nacionales, en las mismas condiciones y con los mismos derechos y obligaciones, independientemente del lugar en que se encuentren.

 ¿Qué beneficios aporta SEPA? SEPA permite que los pagos en euros entre cualquier cuenta ubicada en la zona de aplicación, se realicen de forma tan sencilla como se viene realizando actualmente un pago nacional, lo que facilita el acceso a los nuevos mercados. Los clientes pueden con una única cuenta, una única tarjeta y unos instrumentos de pago con idénticas características, realizar pagos en cualquiera de los 32 países de la zona SEPA.

 ¿A qué países afecta el proyecto SEPA? El ámbito geográfico de la SEPA comprende los 27 estados miembros de la Unión Europea (UE), así como Islandia, Lietchestein, Noruega, Suiza y Mónaco.

 ¿A qué instrumentos de pago afecta el proyecto SEPA? Los instrumentos de pago SEPA son: Transferencias. Contempla: pagos puntuales, masivos, pago de nóminas y pensiones. Adeudos directos (domiciliaciones bancarias). Comprende: pagos periódicos o puntuales. Se utilizan, bien para pagos nacionales como para pagos transfronterizos en cualquiera de los países de su ámbito geográfico. Otro instrumento de pago SEPA son las tarjetas. Las tarjetas válidas en un país de la SEPA ya pueden utilizarse para pagar y disponer de efectivo en todo el área SEPA con la misma facilidad con la que lo hacen actualmente en sus propios países.

 ¿Cuál es la fecha límite en la que se tiene que haber llevado a cabo la migración a los instrumentos de pago SEPA? El Reglamento UE 260/2012 establece como fecha límite el 1 de febrero de 2014. A partir de este momento, los instrumentos de pago nacionales (tanto transferencias como adeudos), serán reemplazados en su totalidad por los nuevos esquemas SEPA. Existen, no obstante, otras fechas relevantes para el mercado español en particular, que pueden consultarse en el “Plan de Acción” (126 KB) de la comunidad bancaria española.

 ¿Cómo se identifica una cuenta en SEPA? El identificador único de cuenta para las operaciones de pago en SEPA es el código IBAN (International Bank Account Number).A su vez el código BIC (Business Identifier Code) identifica la entidad donde se encuentra la cuenta. 

¿Dónde puedo obtener el IBAN de una cuenta? Este dato puede obtenerse en el extracto de cuenta y otras comunicaciones de los bancos, está disponible igualmente en las aplicaciones de banca electrónica de las entidades.

 ¿Existe un plan de migración en la comunidad bancaria española? Con el fin de impulsar la migración de los instrumentos de pago nacionales a los instrumentos SEPA y asegurar el cumplimiento de la normativa de pagos, la comunidad bancaria española ha procedido a la elaboración de un “Plan de acción” (126 KB) con medidas destinadas al fomento de la adopción de los instrumentos de pago SEPA. En este sentido, además de la fecha final del 1 de febrero de 2014, se han establecido unos hitos específicos para el mercado español que se recogen en el siguiente resumen: 11 de junio de 2013 Dejará de ofrecerse el servicio de intercambio para aportaciones de fondos. La comunidad bancaria española adoptará la opción del esquema de adeudos directos con ciclo corto de presentación. 8 de octubre de 2013 No se admitirá el procesamiento de operaciones de adeudos ni de transferencias con CCC erróneo o incompleto. 1 de febrero de 2016 Los proveedores de servicios de pago podrán ofrecer a sus clientes consumidores (de acuerdo a la definición del Reglamento 260/2012) servicios de conversión gratuitos del CCC al IBAN, para operaciones nacionales. Fecha límite para completar la migración de los instrumentos que se han beneficiado de una exención temporal: los denominados “productos nicho”. Estos incluyen los anticipos de crédito (cuaderno 58), así como los recibos procesados por el subsistema de efectos (cuaderno 32). Los usuarios que, no siendo consumidores, envíen o reciban pagos en lotes, podrán utilizar hasta esta fecha otros formatos de mensaje diferentes al XLM ISO20022 en sus comunicaciones con los proveedores de servicios de pago.

 ¿Qué significa que todos las cuentas sean accesibles en SEPA? La accesibilidad hace referencia al hecho de que cualquier cuenta que permita realizar o recibir transferencias y/o adeudos con los instrumentos nacionales, debe poder realizar o recibir transferencias y/o adeudos directos básicos SEPA.

 ¿Necesito cambiar algo en mi cuenta para realizar o recibir operaciones SEPA de transferencias y adeudos directos?

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PRIMERA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


TESORERIA: CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL f

Para poder visualizar el vídeo con las dos ponencias es necesario registrarse previamente en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/6233403354742469634

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La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

SEGUNDA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


La Planificación de Tesorería y su relación con la Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera 

Para poder visualizar el vídeo con la ponencia de José M. Farfán Pérez es necesario registrarse previamente en este enlace en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/3190806191221010178

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


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Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

La expresión « gestión financiera » hace referencia de forma genérica al “dinero” en sus diversas modalidades. Si a esta primera idea aproximativa se añade la de que es prácticamente el único medio de utilizar los recursos futuros en el presente a través del crédito, se habrán configurado los rasgos fundamentales de esta gestión, al menos desde el punto de vista del responsable financiero de una empresa o entidad pública.


La gestión financiera en un sentido amplio constituye todos los recursos financieros, tanto los provenientes del ciclo de cobro y pagos (tesorería), como los necesarios en el proceso de inversión-financiación (operaciones activas-pasivas). Por ello a la Tesorería Municipal le corresponden todos los recursos financieros, sean fondos valores o créditos de un Municipio. 

En el sector público, esa anticipación de recursos se justifica por el hecho de que no solamente se trata de mejorar el presente sino de preparar el futuro.


  • 4,99 €
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  • Categoría: Finanzas
  • Publicación: 25/11/2013
  • Editorial: JOSE MANUEL FARFÁN PÉREZ
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