martes, 30 de julio de 2013

¿Cómo, cuándo y de qué forma puede actuar el Tesorero municipal ante el incumplimiento de la orden de prelación en los pagos? Emilio FERNÁNDEZ AGÜERO


Caja fuerte estilo modernista 1911-1926 posiblemente diseñada por Josep Maria Jujol que trabajo para Mañach en muchos objetos de decoración para Gaudi.


¿Cómo, cuándo y de qué forma puede actuar el Tesorero municipal ante el incumplimiento de la orden de prelación en los pagos?  

Emilio FERNÁNDEZ AGÜERO


El Consultor de los Ayuntamientos y de los Juzgados, Nº 14, Sección Práctica Local, Quincena del 30 Jul. al 14 Ago. 2011, Ref. 1763/2011, pág. 1763, tomo 2, Editorial LA LEY

Este artículo es fruto de una ponencia más extractada defendida en el foro Cosital celebrado en Madrid, el 11 de mayo de 2011, y debe encuadrarse dentro de las mesas de trabajo que se están llevando a cabo en dicho Foro sobre el Plan de disposición de fondos, en las que se analiza este documento, su contenido, estructura, etc., con la finalidad, una vez llegado al convencimiento de la importancia de su existencia, de formular un modelo genérico básico de plan que pueda servir de orientación y guía para aquellos Ayuntamientos que quieran implantarlo

1. INTRODUCCIÓN
Este artículo es fruto de una ponencia más extractada defendida en el foro Cosital celebrado en Madrid, el 11 de mayo de 2011, y debe encuadrarse dentro de las mesas de trabajo que se están llevando a cabo en dicho Foro sobre el Plan de disposición de fondos, en las que se analiza este documento, su contenido, estructura, etc., con la finalidad, una vez llegado al convencimiento de la importancia de su existencia, de formular un modelo genérico básico de plan que pueda servir de orientación y guía para aquellos Ayuntamientos que quieran implantarlo.
Bajo ese marco, en este análisis se aborda la problemática sobre cómo debe actuar un Tesorero municipal cuando le han ordenado realizar determinados pagos que, o bien incumplen el orden de prelación existente, o bien suponen dar salida a fondos municipales que van a dejar a la Tesorería municipal en una situación tal que a finales de mes pueda no llegar a cubrir los gastos preceptivos legalmente obligatorios.
Sobra decir que esta es una visión personal del firmante, que se expone y somete a crítica con el deseo de que se viertan opiniones para su contraste y enriquecimiento.
La cuestión principal que ahora se avanza es la siguiente: Si en la Tesorería se recibe la instrucción formal (o verbal, aunque poco ortodoxa) de realizar un pago a un proveedor concreto, documento P que ya obra en Tesorería, (haya sido expedido por la Intervención o por la propia Tesorería), y la realización de dicho pago supone una quiebra grave del orden de prelación de pagos (exista o no exista Plan de disposición del fondos), y pone en riesgo la realización de pagos preferentes y obligatorios a fin de mes al no existir suficiente liquidez, ni esperarse según las previsiones, ¿es responsabilidad del Tesorero informar sobre tal extremo? Caso de que sí lo sea: ¿cómo debe de hacerlo?

Para llegar a la propuesta de solución que se propone es necesario realizar previamente este recorrido, tratando, en un primer punto, pero de forma breve y no exhaustiva, pues son objeto de análisis en mayor profundidad en otras ponencias, de algunos aspectos del Plan de disposición de fondos que se han considerado necesarios mencionar.

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PRIMERA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


TESORERIA: CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL f

Para poder visualizar el vídeo con las dos ponencias es necesario registrarse previamente en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/6233403354742469634

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La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

SEGUNDA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


La Planificación de Tesorería y su relación con la Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera 

Para poder visualizar el vídeo con la ponencia de José M. Farfán Pérez es necesario registrarse previamente en este enlace en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/3190806191221010178

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


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Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

La expresión « gestión financiera » hace referencia de forma genérica al “dinero” en sus diversas modalidades. Si a esta primera idea aproximativa se añade la de que es prácticamente el único medio de utilizar los recursos futuros en el presente a través del crédito, se habrán configurado los rasgos fundamentales de esta gestión, al menos desde el punto de vista del responsable financiero de una empresa o entidad pública.


La gestión financiera en un sentido amplio constituye todos los recursos financieros, tanto los provenientes del ciclo de cobro y pagos (tesorería), como los necesarios en el proceso de inversión-financiación (operaciones activas-pasivas). Por ello a la Tesorería Municipal le corresponden todos los recursos financieros, sean fondos valores o créditos de un Municipio. 

En el sector público, esa anticipación de recursos se justifica por el hecho de que no solamente se trata de mejorar el presente sino de preparar el futuro.


  • 4,99 €
  • Disponible en iPad y Mac.
  • Categoría: Finanzas
  • Publicación: 25/11/2013
  • Editorial: JOSE MANUEL FARFÁN PÉREZ
  • Páginas impresas: 138 páginas
  • Idioma: Español
  • Versión: 1.0
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