José Manuel Farfán Pérez. Funcionario de Habilitación Nacional de la Subescala de Intervención-Tesorería. Tesorero General de la Diputación de Sevilla y del Organismo Provincial de Recaudación (OPAEF), tiene experiencia docente, ha escrito de forma individual o conjunta varias obras y múltiples artículos sobre finanzas locales. Es Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Sevilla. Ex-Economista del Ayuntamiento de Sevilla. Profesor de la Universidad de Sevilla.
viernes, 19 de julio de 2013
Anchuelo: "La morosidad de las Administraciones ha llevado a la quiebra a pymes y autónomos"
Publicado el 28/05/2013 UPyD ha propuesto hoy en el Congreso que cuando una administración (ayuntamiento, CCAA, etc.) sobrepase el plazo legal de 30 días para pagar las facturas a sus proveedores, las empresas puedan cobrar directamente de la Administración Central del Estado. A su vez, ésta podría después descontar a la administración incumplidora la cantidad adelantada. Así mismo, la iniciativa, que ha sido defendida por el diputado Álvaro Anchuelo en la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas, contempla que la obligatoriedad de que, una vez que el proveedor haya cobrado, pague a su vez a las empresas con las que hubiera subcontratado. Anchuelo ha recordado que el anterior Plan de Pago a Proveedores sirivió para que cobraran muchas grandes empresas, pero no para que lo hicieran muchas pymes que habían realizado parte de los trabajos. El portavoz de economía de UPyD ha recordado que el incumplimiento masivo de las obligaciones de pago por parte de las administraciones ha llevado a la quiebra de innumerables pymes y autónomos. La morosidad pública atenta "contra la seguridad jurídica, perjudica el funcionamiento de la economía y es inaceptable en un Estado de Derecho". Anchuelo ha recordado que su grupo apoyó el anterior Plan de Pago a Proveedores, pero ya advirtió de algunos de sus defectos: una condicionalidad insuficiente, una excesiva quita de intereses y la nula exigencia de responsabilidades a los gestores imprudentes. Esto ya hacía sospechar de que el problema sería recurrente, y de hecho se estima que se ha acumulado de nuevo facturas por 10.000 ó 12.000 millones. Un Real Decreto Ley para la transposición de una directiva europea fijó en 30 días el periodo máximo para el pago a proveedores por las Administraciones Públicas, pero tal plazo no se está cumpliendo ni por asomo. El ministro de Hacienda Cristóbal Montoro ha anunciado un nuevo plan de pago. Por estos motivos, Anchuelo confiaba en que el PP apoyaría la iniciativa de UPyD. Sin embargo, el PP ha votado en contra y, en consecuencia, ha sido rechazada. Intervención de Álvaro Anchuelo, diputado de Unión Progreso y Democracia, sobre el debate y votación de la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario UPyD, sobre la morosidad de las Administraciones Públicas con sus acreedores comerciales. Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas 28/05/2013
Etiquetas: Gestión de Tesorería, Cosital,
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GESTIÓN DE LA TESORERÍA DE LAS ENTIDADES LOCALESL
PRIMERA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ
TESORERIA: CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL f
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La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones.
Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014
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SEGUNDA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ
La Planificación de Tesorería y su relación con la Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera
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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería
El "proyecto de ley orgánica de control de la deuda
comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes
Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):
DOCUMENTO PROYECTO LEY
Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:
incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería.
Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:
a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad.
b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»
GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez
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Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.
La expresión « gestión financiera » hace referencia de forma genérica al “dinero” en sus diversas modalidades. Si a esta primera idea aproximativa se añade la de que es prácticamente el único medio de utilizar los recursos futuros en el presente a través del crédito, se habrán configurado los rasgos fundamentales de esta gestión, al menos desde el punto de vista del responsable financiero de una empresa o entidad pública.
La gestión financiera en un sentido amplio constituye todos los recursos financieros, tanto los provenientes del ciclo de cobro y pagos (tesorería), como los necesarios en el proceso de inversión-financiación (operaciones activas-pasivas). Por ello a la Tesorería Municipal le corresponden todos los recursos financieros, sean fondos valores o créditos de un Municipio.
En el sector público, esa anticipación de recursos se justifica por el hecho de que no solamente se trata de mejorar el presente sino de preparar el futuro.
- 4,99 €
- Disponible en iPad y Mac.
- Categoría: Finanzas
- Publicación: 25/11/2013
- Editorial: JOSE MANUEL FARFÁN PÉREZ
- Páginas impresas: 138 páginas
- Idioma: Español
- Versión: 1.0
- Requisitos: Para ver este libro, debes tener un iPad con iBooks 3 (o posterior) y iOS 5.1 (o posterior), o un Mac con iBooks 1.0 (o posterior) y OS X 10.9 (o posterior).
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